Norma Legal Oficial del día 07 de Diciembre del año 2010 (07/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 7 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

430479

Que, la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de los acuerdos comerciales de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion Suprema; De conformidad con la citada Ley N° 29465, el Decreto de Urgencia N° 001-2010, la Ley N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica, de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Colan, Asesora Legal del Viceministerio de Comercio Exterior, del 12 al 23 de diciembre de 2010, y de las senoritas MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Li Carmelino, quienes prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, del 11 al 23 de diciembre de 2010, para que en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participen en la reunion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, estaran a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Colan (Del 12 al 23 de diciembre de 2010): Pasajes : US $ 2 904,08 Viaticos (US $ 260,00 x 12 dias) : US $ 3 120,00 Tarifa CORPAC : US $ 31,00 Srtas. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Del 11 al 23 de diciembre de 2010): Pasajes (US $ 2 904,08 x 2) : US $ 5 808,16 Viaticos (US $ 260,00 x 12 dias x 2) : US $ 6 240,00 Tarifa CORPAC (US $ 31,00 x 2) : US $ 62,00 Srta. MORDAZA MORDAZA Li Carmelino (Del 11 al 23 de diciembre de 2010): Pasajes : US $ 2 939,78 Viaticos (US $ 260,00 x 12 dias) : US $ 3 120,00 Tarifa CORPAC : US $ 31,00

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, debera presentar al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunion a la que asistiran; asimismo, presentaran la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 574946-7

ECONOMIA Y FINANZAS
Dictan disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Navidad, y otras disposiciones
DECRETO SUPREMO Nº 248-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Que, el literal a) del numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, fija el Aguinaldo por Navidad hasta la suma de S/. 300,00 (TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), el cual debe incluirse en la planilla de pagos correspondiente al mes de diciembre del presente ano, a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el regimen del Decreto Legislativo Nº 276; obreros permanentes y eventuales del Sector Publico; el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru; y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regimenes de la Ley Nº 15117, Decreto Ley Nº 19846, el cual incluye a los pensionistas de la MORDAZA de Pensiones Militar-Policial, Decreto Ley Nº 20530, Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091, en el MORDAZA del numeral 2 de la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2010, se han consignado recursos en los presupuestos institucionales de las entidades publicas para el financiamiento de un monto de S/. 200,00 (DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), por el concepto de aguinaldo, resultando necesario realizar una transferencia de recursos con cargo a la Reserva de Contingencia, a favor de diversas entidades publicas del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con el objeto de completar el financiamiento del monto fijado en el literal a) del numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley N° 29465; Que, para la determinacion del universo de beneficiarios y el gasto total del concepto referido en los considerandos precedentes se ha utilizado la informacion registrada por las entidades publicas en la base de datos del "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico", regulado por la Directiva Nº 001-2009EF/76.01 "Directiva para el uso del Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de Recursos Humanos del Sector Publico"; Que, de otro lado, mediante Decretos Supremos Nºs. 001, 105 y 147-2010-EF, se autorizaron transferencias de partidas para atender el financiamiento de los beneficios otorgados en el MORDAZA de lo dispuesto en los incisos a) y b) del numeral 7.1 del articulo 7º e inciso a) del numeral 8.1 del articulo 8º de la Ley N° 29465, sobre la base de la informacion registrada por los Ministerios de Defensa e Interior en el "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico"; Que, el Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior requieren una mayor dotacion de recursos para la atencion del gasto respectivo, en razon a que la informacion consignada en el "Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico", no se encontraba actualizada por dichas entidades; Que, es necesario modificar el Anexo 1 a que hace referencia el articulo 12º del Decreto Supremo Nº 0012010-EF, a fin de adecuar los montos consignados en dicho anexo conforme a los Pliegos que efectuan el gasto con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, conforme a la normatividad vigente; Que, se debe disponer que los Creditos Presupuestarios autorizados en el Decreto Supremo Nº 152-2010-EF al Ministerio de Defensa, para el pago del Aguinaldo por MORDAZA Patrias de los pensionistas de la MORDAZA de Pensiones Militar - Policial y que no han sido utilizados, se destinen a la atencion del aguinaldo por Navidad de los pensionistas de la MORDAZA de Pensiones Militar - Policial del Ministerio de Defensa; Que, asimismo, a efectos de realizar el pago del Aguinaldo por Navidad, es necesario modificar la Prevision Presupuestaria Trimestral Mensualizada del MORDAZA Trimestre del ano fiscal 2010, para los pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, a nivel de Categoria del Gasto; De conformidad con lo establecido por el articulo 118° numeral 8 de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 8° numeral 2 inciso e) de la Ley N° 29158 -Ley Organica del Poder Ejecutivo, el articulo 45° y el numeral 2 de la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley N° 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el literal a) del numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010;

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