Norma Legal Oficial del día 08 de Diciembre del año 2010 (08/12/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

430568

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de diciembre de 2010

c. Canje.- Pago de la deuda que desea ser canjeada con ejecucion de obra e. Solicitud.- Escrito presentado por el deudor o deudores tributarios f. Obra.- Construccion, reconstruccion, remodelacion, demolicion, renovacion y habilitacion de bienes inmuebles, que requieren direccion tecnica, expediente tecnico, mano de obra, materiales y equipos. Articulo 4º.- Requisitos a. Solicitud dirigida al senor MORDAZA suscrita por el interesado y/o representante legal del deudor, ante la Mesa de Partes. b. Reconocimiento expreso de la deuda determinada por la Municipalidad en el Estado de Cuenta a la fecha de MORDAZA de la solicitud. c. MORDAZA del Testimonio de la Escritura Publica de Constitucion tratandose de personas juridicas y vigencia de poder del representante. Articulo 5º.- Declaracion de la viabilidad La declaracion de la viabilidad y procedencia de la obra proyectada estara a cargo de la Oficina de Programacion de Inversiones (OPI), con el informe favorable de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Articulo 6º.- Del Procedimiento y Tramite del Canje: 1. La solicitud sera presentada adjuntando el expediente tecnico y el estado de cuenta actualizado del contribuyente deudor. 2. La viabilidad del proyecto a ejecutarse sera aprobada mediante Resolucion de Alcaldia, previa evaluacion de la OPI. 3. La ejecucion de la obra sera supervisada por la Gerencia de Desarrollo Urbano. 4. Culminada la obra, se requiere el Informe de conformidad de la misma por parte de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 5. Para la recepcion de la obra, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA procedera a la liquidacion tecnica y financiera de la misma, con las pruebas correspondientes respecto a la calidad de la misma. 6. De encontrarse conforme, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remitira el informe correspondiente, con la valorizacion actualizada de la obra, adicionando el Estado de Cuenta actualizado a la fecha de MORDAZA del informe. 7. La Gerencia de Administracion Tributaria y los otros organos que tengan competencia sobre obligaciones a compensar, elevaran a la Gerencia Municipal los informes respectivos y esta remitira a la Secretaria General todo lo actuado, con el consolidado de la deuda, para se proyecte la correspondiente Resolucion. 8. Mediante Resolucion de Alcaldia se aceptara el pago de las obligaciones tributarias y no tributarias pendientes de pago por parte del contribuyente, con la obra ejecutada, en el monto que aparezca en el informe de valorizacion emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano. 9. De ser el caso, en la resolucion se precisara el remanente pendiente de pago de la obligacion. Articulo 7º.- Extincion de la deuda Una vez emitida la Resolucion de Alcaldia, el Organo correspondiente MORDAZA por extinguida la deuda materia del canje, en el monto establecido en la valorizacion. Articulo 8º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 9º.- Dispensa de tramite Dispensese del tramite de lectura y aprobacion del Acta para que la presente Ordenanza, sea publicada de inmediato. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 574526-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban celebracion de convenio de cooperacion y aceptan donacion que sera utilizada en el mejoramiento del ornato en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014 San MORDAZA de Lurigancho, 22 de MORDAZA del 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO, el Memorandum Nº 299-2010-GM/MDSJL de fecha 16/04/2010 de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 121-2010-GAJ/MSJL de fecha 15/04/2010 de la Gerencia de Asesoria Juridica y el documento con Registro Nº 16310H1-2010 presentado por HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. mediante el cual senala la disposicion de concretar un donativo pecuniario a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, ascendente a S/. 45,000.00 (Cuarenta y cinco mil y 00/100 Nuevos Soles) con la finalidad de ser utilizado en el mejoramiento del ornato en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; y el proyecto de convenio de cooperacion que regula el procedimiento, condiciones y terminos para la donacion en referencia; CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 9º, numeral 26), de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que es atribucion del concejo municipal aprobar la celebracion de convenios de cooperacion nacional e internacional y convenios interinstitucionales; Que, corresponde al Concejo Municipal la atribucion de aceptar donaciones, conforme lo dispone el numeral 20) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante documento con Registro Nº 16310-H12010 de fecha 30/03/2010 HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. senala la disposicion de concretar un donativo pecuniario a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, ascendente a S/.45,000.00 (Cuarenta y cinco mil y 00/100 Nuevos Soles) con la finalidad de ser utilizado en el mejoramiento del ornato en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; Que, HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. precisa que el donativo dinerario ascendente a la suma de S/. 45,000.00 (Cuarenta y cinco mil y 00/100 Nuevos Soles) seran entregados previa aprobacion del Acuerdo de Concejo que establezca la aceptacion de la referida donacion, asimismo que el indicado donativo se formalizara a traves de la suscripcion de un Convenio de Cooperacion en el que se establezca de manera conjunta las condiciones y terminos del aporte dinerario; Que, mediante Informe Nº 121-2010-GAJ/MDSJL de fecha 15/04/2010 la Gerencia de Asesoria Juridica luego del analisis pertinente senala que resulta procedente legalmente y beneficioso para la Entidad asi como para la poblacion en general la suscripcion del Convenio materia de analisis asi como tambien la aceptacion de la donacion pecuniaria anteriormente senalada; Estando a lo expuesto y a lo establecido en el Art. 9º numeral 20) y 26) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la celebracion de un Convenio de Cooperacion entre la Municipalidad de San

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.