Norma Legal Oficial del día 14 de Diciembre del año 2010 (14/12/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

430928

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 14 de diciembre de 2010

enriqueciendose y validandose dicho documento con dichos aportes. El Sistema Regional de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual en MORDAZA cuenta con el aval y conformidad de parte de las Autoridades Regionales del primer nivel, que se encuentra expresado en la suscripcion del Acta de Acuerdo Regional de fecha 15 de setiembre de 2010, el cual impulsa la creacion del referido Sistema; El enfoque de sistemas se constituye en un importante referente para la Lucha Contra la Violencia Familiar y Sexual en Ayacucho. La violencia familiar y sexual, siendo multicausal, se sustenta en ideas, valores y practicas personales, familiares, sociales y culturales, cuya erradicacion no es posible desde un trabajo individual, en el corto plazo y sectorizado. Por lo que se necesita de una estrategia de intervencion integral y sistemica, que articule verticalmente a los tres niveles de Gobierno, (Gobiernos Nacional, Regional y Locales) y horizontalmente a todas las instituciones sectoriales. Es necesario que el sistema articule el Poder Ejecutivo con el Poder Judicial y Organismos Autonomos, para que el estado y la Sociedad Civil, impulsen procesos amplios y participativos de acciones concertadas, con la participacion efectiva de las autoridades del mas alto nivel de dichas instituciones; Que, conforme lo establece el literal a) del Articulo 15º, de la Ley 27867, el Consejo Regional tiene las atribuciones para aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia; Que, los literales a) y b) del articulo 4º de la Ley Nº 27902, Ley que modifica el articulo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establecen la concordancia de politicas y funciones del Gobierno Regional y politicas sectoriales, asimismo senala las funciones del Gobierno Regional se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico, establecido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de Descentralizacion y demas leyes de la Republica; asimismo, senala que es funcion normativa y reguladora del Gobierno Regional la elaboracion y aprobacion de normas de alcance regional y regulando los servicios de su competencia; Que, en el Articulo 60º de la Ley 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establece que son funciones especifica de los Gobiernos Regionales en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, formular politicas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevencion de, familiar y sexual; Que, es necesario que el Estado proteja a las ninas, ninos, adolescentes, mujeres, hombres y adultos mayores, frente a la violencia familiar y sexual, garantizandoles una MORDAZA MORDAZA, libre de violencia, con relaciones de igualdad entre mujeres y varones, y una plena vigencia de sus derechos; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros, aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- Aprobar la CREACION, del Sistema Regional de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual de MORDAZA ­ SIREPAVFS, que tiene como finalidad, Coordinar, Concertar y Conducir, de manera eficiente y eficaz, la accion del Gobierno Regional, Gobiernos Locales, asi como de las instancias representativas del Poder Judicial y de los Organismos Constitucionalmente Autonomos, para garantizar una MORDAZA libre de violencia familiar y sexual; documento que consta de VI Capitulos, dieciocho (18) Articulos y dos (02) Disposiciones Transitorias Finales que anexados forma parte de la presente Ordenanza Regional. Son instancias del Sistema Regional de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual los siguientes: A. Consejo Regional de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual

B. Comites Provinciales de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual C. Comites Distritales de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual. Articulo Segundo.- CONSTITUIR, el Consejo Regional de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual de MORDAZA ­ COREPAVFS en el MORDAZA del Sistema Regional de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual de MORDAZA ­ SIREPAVFS, como la MORDAZA instancia, encargada de Concertar, Formular, Conducir y Evaluar, las politicas, programas y acciones, para hacer frente a la violencia familiar y sexual. El Consejo Regional de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual (COREPAVFS), esta integrado por: · Presidente Regional, quien lo presidira · Gobernador Regional. · Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, · Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, · Director de la IX DITERPOL de MORDAZA, · Gerente Regional de Desarrollo Social de MORDAZA, quien actuara como SecretarioTecnico, · Director Regional de Salud de MORDAZA, · Director Regional de Educacion de MORDAZA, · Un Representante Regional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social MIMDES, · Un Representante del Instituto Regional de la Mujer Ayacuchana (IRMA) · Un Representante de la Federacion Departamental del Club de Madres de MORDAZA (FEDECMA), · El Defensor del Pueblo de MORDAZA (miembro adherente) Articulo Tercero.- DISPONER, que el Consejo Regional de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual (COREPAVFS) elabore su Reglamento en un plazo de 30 dias de publicado la presente Ordenanza Regional, el cual sera aprobado mediante Decreto Regional. Articulo Cuarto.- REMITIR, la presente Ordenanza Regional, a la Gobernacion Regional, al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social-MIMDES, Ministerio del InteriorMININTER, Ministerio de Salud-MINSA, Ministerio de Educacion-MINEDU, Ministerio Publico, Poder Judicial, Defensoria del Pueblo, Instituto Regional de la Mujer Ayacuchana; y la Federacion Departamental del Club de Madres de MORDAZA, para conocimiento y demas fines. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los de noviembre del ano dos mil diez. ZONIA MORDAZA DE MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 22 dias del mes de noviembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 576946-1 22 dias del mes

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.