Norma Legal Oficial del día 17 de Diciembre del año 2010 (17/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

431079

Ministerial Nº 262-97-PE, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera nacional denominadas "TIGRE 1" con matricula Nº SE-4298-PM, "MANTARO 1" con matricula Nº IO-0961-PM y TIGRE 5 con matricula Nº MO5475-PM, a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. ­ COPEINCA, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 612-95PE del 31 de octubre de 1995, se otorgo entre otros a PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda., permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "MERO" con matricula N° CE-6330-PM, de 202 m3 de capacidad de bodega en aplicacion del Decreto Supremo Nº 01-97-PE, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) de longitud minima de abertura de malla para la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que, mediante Resolucion Directoral N° 124-99-PE/ DNE del 24 de MORDAZA de 1999, confirmada por Resolucion Vice-Ministerial N° 047-99-PE del 21 de setiembre de 1999, la Direccion Nacional de Extraccion se inhibio de seguir conociendo el procedimiento administrativo de cambio de nombre de titular del permiso de pesca para operar la indicada embarcacion pesquera MERO con matricula N° CE-6330-PM, iniciado mediante los escritos del visto que corresponden a PESCA, CONSERVAS Y DERIVADOS S.A., en tanto el Poder Judicial resuelva las cuestiones litigiosas suscitadas entre el BANCO EXTERIOR DE LOS ANDES, PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.Ltda. y la recurrente; Que, mediante Resolucion Directoral N° 227-2000-PE/ DNE del 27 de septiembre del 2000, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial N° 612-95-PE, para operar la embarcacion pesquera PACHACUTEC 3 (ex MERO) de matricula CE6330-PM, de 202 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones, a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 041-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de enero del 2008, se modifico las Resoluciones Autoritativas con las que se otorgo los permisos de pesca a favor de CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. para operar, entre otros, la embarcacion pesquera PACHACUTEC 3 de matricula CE6330-PM, unicamente en el extremo referido a la variacion societaria de la citada empresa; debiendose entender que a la fecha la referida empresa se denomina CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C.; Que, mediante Resolucion Directoral N° 394-98-PE/ DNE de fecha 31 de diciembre de 1998, se modifica la denominacion con la que fue consignada la embarcacion INJEPASA IV otorgada por Resolucion Ministerial N° 41197-PE por la de RIBAR XIV. Asimismo, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera RIBAR XIV (ex INJEPASA IV) de matricula N° CE-11569-PM con una capacidad de bodega de 409.70 m3, a favor de CORPORACION PESQUERA RIBAR S.A., entre otras embarcaciones; Que, mediante Resolucion Directoral N° 596-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 02 de octubre de 2008, se autorizo a la empresa CORPORACION PESQUERA RIBAR S.A., la ampliacion del permiso de pesca de la embarcacion RIBAR XIV de matricula N° CE-11569-PM, entre otras embarcaciones, para la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, con el uso de sistema de preservacion a bordo RSW, utilizando red de cerco con tamano minimo de malla de 1 ½ pulgadas (38 mm) en el ambito del litoral peruano y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante Resolucion Directoral N° 290-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 02 de octubre de 2009, se otorgo a favor de CORPORACION PESOUERA MORDAZA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera RIBAR XIV de matricula CE-11569-PM, y 409.70 rn3 de capacidad de bodega, en virtud del Contrato de Fideicomiso en Garantia, elevado a Escritura Publica con fecha 19 de junio de 2007, por el Notario Dr. MORDAZA Laos de MORDAZA y las sucesivas Addendas, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolucion Ministerial N° 411-97PE, modificado a traves de las Resoluciones Directorales Nºs. 394-98-PE/DNE y 596-2008-PRODUCE/DGEPP;

Que, mediante Resolucion Directoral N° 843-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobo el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE (Centro Norte), cuyo Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2009PRODUCE, se aprobo el Reglamento para la aplicacion del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del MORDAZA, asimismo, a traves de su articulo 2°, se aprobo la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur (PMCE ­ Sur), como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del pais. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 376-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 25 de MORDAZA del 2009, se aprobo el Listado de Asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA sur ­ PMCE-SUR; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 167-2009PRODUCE de fecha 06 de MORDAZA de 2010, se autorizo el inicio de la MORDAZA Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en la MORDAZA comprendida entre los 16º00´00" Latitud Sur y el extremo sur del dominio maritimo del Peru, correspondiente al periodo Agosto ­ Diciembre 2010; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 499-2010PRODUCE/DGEPP, de fecha 30 de MORDAZA del 2010, se aprobo el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA sur ­ LMCE-SUR del recurso anchoveta, correspondiente a la MORDAZA temporada de pesca Agosto ­ Diciembre de 2010 de la citada zona; cuyos Anexos fueron publicados en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2009PRODUCE, se adiciono un parrafo al articulo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008PRODUCE, senalando que, en caso de los calculos de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) y de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE), el Ministerio de la Produccion considera una reserva de contingencia, la misma que sera utilizada para dar atencion a lo senalado en el numeral 3 del citado articulo 11º que indica: "Cuando lo disponga una resolucion administrativa o judicial firme que implique (i) la modificacion de los PMCE asignados por el Ministerio; (ii) el otorgamiento de un permiso de pesca que se encontraba en tramite por sustitucion de igual capacidad de bodega; (iii) el reconocimiento de un derecho de incremento de flota por sustitucion de igual capacidad de bodega, saldos o cualquier otro derecho otorgado con posterioridad a la aprobacion del Listado de PMCE; o, (iv) la modificacion de un permiso de pesca"; Que, mediante Resolucion Directoral N° 708-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de noviembre de 2010, se aprobo el Listado de Asignacion de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE, correspondiente a la MORDAZA temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) del 2010, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16°00' Latitud Sur, el mismo que en Anexo forma parte integrante de dicha Resolucion Directoral; Que, mediante el escrito del visto, la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., solicita asociacion o incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) de las embarcaciones pesqueras TIGRE 5 de matricula MO5475-PM y PACHACUTEC 3 de matricula CE-6330-PM a la embarcacion pesquera RIBAR XIV de matricula CE11569-PM; Que, de la evaluacion a los documentos presentados, se ha podido determinar que la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., a fin de dar cumplimiento al requisito N° 2 del MORDAZA, presenta Certificados de Deposito emitidos por la empresa ALMACENERA DEL PERU S.A.,

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