Norma Legal Oficial del día 19 de Diciembre del año 2010 (19/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de diciembre de 2010

Autorizan viaje de Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Venezuela y encargan su Despacho a Ministro de la Produccion
RESOLUCION SUPREMA Nº 335-2010-PCM MORDAZA, 18 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, senor MORDAZA FERREYROS KUPPERS, viajara a la MORDAZA de Caracas, Republica Bolivariana de Venezuela, para participar en una reunion de coordinacion Peru-Venezuela sobre la extension de preferencias arancelarias y el pago a los exportadores peruanos a traves de la Comision Administradora de Divisas ­ CADIVI de dicho MORDAZA, que se llevara a cabo los dias 20 y 21 de diciembre de 2010; Que, es necesario otorgar al Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo la autorizacion de viaje correspondiente y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure su ausencia; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, la Ley N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR y el Decreto Supremo N° 0472002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA FERREYROS KUPPERS, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA de Caracas, Republica Bolivariana de Venezuela, del 20 al 21 de diciembre de 2010, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 1 685,88 Viaticos : US $ 600,00 Tarifa Corpac : US $ 31,00 Articulo 3°.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al senor MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA, Ministro de la Produccion, a partir del 20 de diciembre de 2010 y en tanto dure la ausencia del Titular. Articulo 4°.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion MORDAZA VILLASANTE MORDAZA Ministro de la Produccion Encargado del Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo 579995-3

ENERGIA Y MINAS
Otorgan autorizacion a Esco Compania de Servicios de Energia S.A.C. para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica La Gringa III
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 541-2010-MEM/DM MORDAZA, 14 de diciembre de 2010 VISTO: El Expediente Nº 33267310, organizado por ESCO COMPANIA DE SERVICIOS DE ENERGIA S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11870905 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, ESCO COMPANIA DE SERVICIOS DE ENERGIA S.A.C., mediante documento con registro Nº 2045403, de fecha 23 de noviembre de 2010, ha solicitado autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Termica La Gringa III, con una potencia instalada de 2 980 kW, ubicada en el distrito de Lurin, provincia y departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y, en el articulo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00993-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la peticionaria ha presentado Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 2362010-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas, y el item AE01 del Anexo Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido a favor de ESCO COMPANIA DE SERVICIOS DE ENERGIA S.A.C., que se identificara con codigo Nº 33267310, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica La Gringa III, con una potencia instalada de 2 980 kW, ubicada en el distrito de Lurin, provincia de MORDAZA y departamento de Lima. Articulo 3º.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion, asi como, al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05)

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