Norma Legal Oficial del día 22 de Diciembre del año 2010 (22/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

431300

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 2010

Ranking en el sistema fiscal y medico legal: Al interior de cada grupo, se ordenan las dependencias que la conforman de acuerdo al puntaje promedio, multiplicado por un factor de ajuste, que se denota f, que representa la produccion por trabajador relativa a aquella unidad que tiene mayor produccion por trabajador. f tiene un valor entre 0 y 1 y se calcula de la siguiente manera:

Articulo 8°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

f=

Prod Prodmax

Donde Prod es la produccion por trabajador de denuncias resueltas, expedientes dictaminados o servicios ejecutados, dependiendo de los indicadores que esten siendo tomados en cuenta para evaluar el desempeno de la dependencia, y se calcula de la siguiente manera:

581169-2

Prod =

i=1

numerador (IGi)

Nº personal de la dependencia

- i hace referencia al indicador (IG) que es aplicable a la dependencia evaluada. i puede ser i = 1, 2, 3 o 4, dependiendo del indicador o indicadores que son aplicables a la dependencia. - Cuando la dependencia evaluada es aquella que tiene mayor produccion por trabajador, Prod toma su valor MORDAZA y se denota Prodmax por lo que f = fmax = 1. Por consecuencia, las restantes dependencias tendran un valor de f menor a 1. En el ranking ocupa el primer lugar aquella unidad que tenga el mayor puntaje promedio multiplicado por el factor de ajuste f. Por ejemplo, en un grupo conformado por 57 dependencias:

Aceptan Cooperacion Tecnica No Reembolsable a ser otorgada por el BID para financiar parcialmente el "Programa de Apoyo al Fortalecimiento de Capacidades Regionales en la Gestion del Cambio Climatico"
RESOLUCION SUPREMA Nº 131-2010-EF
MORDAZA, 21 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID ­ otorgara una Cooperacion Tecnica No Reembolsable a la Republica del Peru hasta por la suma de US$ 400 000,00 (CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente el "Programa de Apoyo al Fortalecimiento de Capacidades Regionales en la Gestion del Cambio Climatico", cuya ejecucion estara a cargo del Ministerio del Ambiente; Que, la aludida Cooperacion Tecnica No Reembolsable tiene como objetivo financiar el citado Programa con la finalidad de generar capacidades regionales y contribuir al fortalecimiento de las mismas para abordar el cambio climatico a traves del diseno y formulacion de herramientas de gestion que permitan orientar la toma de decisiones en el MORDAZA de la Agenda de Desarrollo Regional y Local; Que, resulta necesario formalizar la aceptacion de la referida Cooperacion Tecnica No Reembolsable y autorizar la suscripcion del Convenio que la implementa; De conformidad con lo dispuesto en la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la Cooperacion Tecnica No Reembolsable a ser otorgada por el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, hasta por US$ 400 000,00 (CUATROCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente el "Programa de Apoyo al Fortalecimiento de Capacidades Regionales en la Gestion del Cambio Climatico", cuya ejecucion estara a cargo del Ministerio del Ambiente, quien contara con el apoyo del Fondo Nacional del Ambiente (FONAM). Articulo 2º.- Autorizar al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir el Convenio que implemente la Cooperacion Tecnica No Reembolsable referida en el articulo 1° de la presente resolucion; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico a suscribir los documentos que se requieran para implementar el citado convenio. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

Cuadro 2.1 Grupo X Ranking de dependencias Nº 1 2 3 4 5 . . . . 57
(...) f) Seleccion de dependencias beneficiadas: Se va declarando a las dependencias ganadoras al interior de cada Grupo, empezando por la Dependencia A del Cuadro 2 y la dependencia AA del Cuadro 2.1, y determinando como beneficiarios del MORDAZA por Desempeno a todo su personal que cumpla con los requisitos senalados en el Reglamento. Por ejemplo, para el personal del Cuadro 2, se determina los beneficiados de la siguiente manera: (...)" Articulo 6°.- MORDAZA plazo para la entrega de informe de evaluacion Establecer el 23 de diciembre de 2010 como MORDAZA plazo de vencimiento para la entrega del informe de evaluacion a que se refere el literal c) del articulo 8º de los Reglamentos aprobados por los Decretos Supremos Nº 209-2010-EF, Nº 210-2010-EF y Nº 211-2010-EF. Articulo 7°.- De las Directivas Para la evaluacion de los indicadores a que se refiere el articulo 8º de los Reglamentos aprobados mediante los Decretos Supremos Nº 209-2010-EF, 210-2010-EF y 211-2010-EF, se considera lo dispuesto en las directivas emitidas para dicho efecto por el Poder Judicial, Ministerio Publico y Policia Nacional del Peru, publicadas hasta la fecha de vigencia del presente Decreto Supremo, en todas aquellas disposiciones que cumplan con lo establecido en los mencionados Reglamentos.

Dependencia Dependencia AA

Dependencia NNN

pp*f 86.5 85.1 83.0 78.0 68.0

Dependencia ZZ

18

Nota: pp significa puntaje promedio

581169-7

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