Norma Legal Oficial del día 22 de Diciembre del año 2010 (22/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 2010

Que, el numeral 31.1 del Articulo 31° de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante la "Ley"), establece que los Distribuidores de Sistemas Aislados podran convocar a Licitaciones considerando los mismos terminos, plazos, condiciones y obligaciones que se establece el Capitulo MORDAZA de la Ley; Que, adicionalmente en el numeral 31.2 del referido articulo, se establece que OSINERGMIN tendra las mismas responsabilidades en los procesos de Licitacion para Sistemas Aislados, que las establecidas en el Capitulo MORDAZA de la Ley; Que, el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0522007-EM (en adelante el "Reglamento"), dispuso en su Primera Disposicion Complementaria que las disposiciones establecidas en el mismo son aplicables a las Licitaciones que convoquen los Distribuidores de los Sistemas Aislados, en todo aquello que resulte aplicable, y en su unica Disposicion Transitoria, que OSINERGMIN aprobara los procedimientos necesarios para el cumplimiento de su funcion; Que, el numeral 6.2 del Articulo 6° de la Ley establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitacion, modelos de contrato, terminos y condiciones del MORDAZA de licitacion, formulas de actualizacion de precios firmes y supervisar su ejecucion. En este sentido, y con la finalidad de otorgar mayor transparencia y predictibilidad al MORDAZA de aprobacion de bases para licitaciones de suministro de los sistemas aislados, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 004-2010-OS/CD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de enero de 2010, se aprobo la MORDAZA "Procedimientos para Licitaciones de Suministros para los Sistemas Aislados en el MORDAZA de la Ley Nº 28832" (en adelante el "Procedimiento"); Que, el Procedimiento, conforme lo establece su numeral 2.1, es de aplicacion obligatoria a todas las Licitaciones que se efectuen en el MORDAZA del Articulo 31° de la Ley; Que, asimismo, el Articulo 5° del Procedimiento establece los pasos, las responsabilidades, actividades y plazos para el MORDAZA de aprobacion de las Bases de la Licitacion; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 231-2010OS/CD, publicada con fecha 30 de septiembre de 2010 se aprobaron las Bases Integradas para la Licitacion de Largo Plazo de Suministro de Energia Electrica para el Sistema Aislado Iquitos de Electro Oriente S.A. (en adelante "Bases Integradas"); Que, no obstante lo senalado en el considerando anterior, con Resolucion OSINERGMIN Nº 242-2010OS/CD publicada con fecha 20 de octubre de 2010, se declaro la nulidad del acto de MORDAZA de sobres de precalificacion, efectuado en el MORDAZA de Licitacion, disponiendo que el mismo debia retrotraerse hasta despues de la etapa de aprobacion de las Bases Integradas; Que, posteriormente, mediante Resolucion OSINERGMIN N° 258-2010-OS/CD, por los argumentos que se exponen en dicha resolucion, se suspendio el MORDAZA de Licitacion; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 260-2010OS/CD publicada el 10 de noviembre de 2010, se declaro la nulidad de las etapas correspondientes al MORDAZA de licitacion, realizadas con posterioridad a la convocatoria, retrotrayendo dicho MORDAZA hasta inmediatamente despues de realizada la convocatoria; Que, asimismo se dispuso en la Resolucion OSINERGMIN Nº 260-2010-OS/CD, que Electro Oriente S.A. debera proponer un MORDAZA cronograma el cual debera tener la conformidad del Comite Permanente del OSINERGMIN designado mediante Resolucion OSINERGMIN N° 078-2010-OS/CD, considerando como limite los plazos maximos establecidos en la MORDAZA "Procedimientos para Licitaciones de Suministro para Sistemas Aislados en el MORDAZA de la Ley N° 28832" aprobada por Resolucion OSINERGMIN N° 004-2010-OS/ CD; Que, Electro Oriente S.A., mediante Carta G-14052010 de fecha 11 de noviembre de 2010, solicito al Comite Permanente la conformidad del MORDAZA cronograma del MORDAZA de licitacion, siendo esta respondido afirmativamente a traves del Oficio N° 0771-2010-GART; Que, de acuerdo con el MORDAZA cronograma, y vencido el plazo para la recepcion de las opiniones y sugerencias de

los Adquirientes de Bases, Electro Oriente S.A. remitio el 09 de diciembre de 2010 la Carta G-1526-2010, mediante la cual presenta una nueva Propuesta de Bases Integradas para la licitacion, junto con su propuesta de software a utilizar durante la adjudicacion; Que, finalmente, se han emitido el Informe N° 04432010-GART de la Division de Generacion y Transmision Electrica y el Informe N° 444-2010-GART de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de OSINERGMIN en cuanto a la propuesta de Bases Integradas, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4, de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; en el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2007-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la MORDAZA "Procedimientos para Licitaciones de Suministros para los Sistemas Aislados en el MORDAZA de la Ley N° 28832", aprobada mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 004-2010-OS/CD. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Bases Integradas para la Licitacion de Largo Plazo de Suministro de Energia Electrica para el Sistema Aislado Iquitos de Electro Oriente S.A., de la Licitacion ELECTRO ORIENTE, las mismas que como Anexo forman parte de la presente Resolucion. Articulo 2°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, conjuntamente con su Anexo, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

580695-1

Aprueban Bases Ajustadas para la Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion Electro Dunas S.A.A. Licitacion ELD-01-2010
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 281-2010-OS/CD
MORDAZA, 21 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.1 del Articulo 5° de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica (en adelante la "Ley 28832"), establece que es obligacion del Distribuidor iniciar un MORDAZA de Licitacion con una anticipacion minima de tres (3) anos, a fin de evitar que la demanda de sus Usuarios Regulados quede sin cobertura de contratos; Que, complementariamente, el 14 de octubre de 2007 se publico el Decreto Supremo N° 052-2007-EM que aprobo el Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad (en adelante el "Reglamento"). El Reglamento establecio, en su Disposicion Transitoria Unica, que OSINERGMIN aprobara los procedimientos necesarios para el cumplimiento de su funcion; Que, el numeral 6.2 del Articulo 6° de la Ley Nº 28832 establece la responsabilidad de OSINERGMIN de aprobar las Bases de Licitacion, modelos de contrato, terminos y condiciones del MORDAZA de licitacion, formulas de actualizacion de precios firmes y supervisar su ejecucion. En este sentido, y con la finalidad de otorgar mayor transparencia y predictibilidad al MORDAZA de aprobacion de bases para licitaciones de suministro, mediante Resolucion

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