Norma Legal Oficial del día 08 de Enero del año 2010 (08/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de enero de 2010

funciones que debe desempenar un servidor dentro de su entidad, segun el nivel de MORDAZA, grupo ocupacional y especialidad alcanzados, siendo que la primera asignacion se produce al momento del ingreso a la MORDAZA administrativa, mientras que las posteriores se efectuan al aprobarse, via Resolucion, el desplazamiento del servidor, el cual se lleva a cabo, entre otros, a traves del destaque, y que se formaliza con Resolucion del Titular de la Entidad de origen o del funcionario autorizado por delegacion, segun lo consignado en el numeral 3.4.1 del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP "Desplazamiento de Personal", aprobado por Resolucion Directoral Nº 01392-INAP/DNP; Que, con la finalidad de garantizar una adecuada gestion en materia presupuestal, en las contrataciones de bienes, servicios y obras, asi como en la gestion de los recursos humanos que permitan al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social cumplir tanto con las funciones previstas en su Ley de Organizacion y Funciones como con la programacion de las metas institucionales para el ejercicio 2010, es necesario delegar determinadas funciones asignadas a la Titular del Pliego; Que, el numeral 17.1 del articulo 17 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad puede disponer en el mismo acto que este tenga eficacia anticipada a su emision; Con la visacion de la Secretaria General, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, la Oficina General de Administracion, la Oficina General de Recursos Humanos y la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 ­ Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29465 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, el Decreto Legislativo Nº 1017 ­ Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y la Ley Nº 27793 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegacion de facultades a la Secretaria General. Delegar en el funcionario a cargo de la Secretaria General del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, a partir del 1 de enero de 2010, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES: a) Aprobar y suscribir convenios interinstitucionales, asi como disponer su exclusion o ampliacion; b) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de adquisicion y contratacion que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE, la Central de Compras Publicas ­ PERU COMPRAS y la Contraloria General de la Republica, asi como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal, y los pedidos de informacion y consulta que resulten necesarios formular ante otras entidades, en materia de contratacion estatal; c) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, previo informe favorable de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; d) Aprobar el Calendario de Compromisos Institucional ­ CCI y sus modificaciones, de conformidad con la Directiva Nº 005-2009-EF/76.01 "Directiva para la Ejecucion Presupuestaria", previo informe favorable de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; e) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones ­ PAC y sus modificaciones correspondientes al ejercicio fiscal 2010, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; y f) Suscribir los contratos administrativos de servicios con los Directores Ejecutivos de las Unidades Ejecutoras 002: Programa Nacional Wawa Wasi ­ PNWW, 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF y 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS, con cargo a sus respectivos presupuestos.

Lo dispuesto en los incisos c) y d) es de aplicacion a las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Articulo 2º.- Delegacion de facultades a la Oficina General de Administracion. Delegar en el funcionario a cargo de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, a partir del 1 de enero de 2010, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES. a) Aprobar los expedientes de contratacion a que se refiere el articulo 10 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, a excepcion de los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, cuyos expedientes seran aprobados por el funcionario a cargo de la Oficina de Logistica; b) Aprobar las Bases de los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, Adjudicacion Directa, Concurso Publico y Licitacion Publica; c) Aprobar las prestaciones adicionales, excepto en el caso de obras, las reducciones y las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos suscritos por el MIMDES, las que deberan regirse por el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; d) Suscribir los contratos con los postores adjudicatarios de la buena pro de los procesos de seleccion que convoque el MIMDES, y las modificaciones posteriores que se incluyera en estos, asi como resolver los contratos por las causales reguladas en el ordenamiento juridico en materia de contrataciones publicas; e) Suscribir convenios y/o contratos con entidades publicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de inmuebles de propiedad o posesion estatal; f) Proponer a la Secretaria General las modificaciones al Plan Anual de Contrataciones ­ PAC del MIMDES; g) Aprobar y efectuar la asignacion a que se refiere el articulo 76 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; h) Aprobar y suscribir contratos y/o convenios con entidades publicas y/o privadas, o personas naturales que involucren las funciones de la Oficina General de Administracion, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2010; i) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comites especiales de los procesos de seleccion que convoque el MIMDES, dentro de los parametros establecidos en el ordenamiento juridico sobre contrataciones publicas; y j) Aprobar la estandarizacion de los bienes o servicios a ser contratados por la Entidad, de conformidad con la Directiva Nº 010-2009-OSCE/CD "Lineamientos para la Contratacion en la que se hace referencia a determinada MORDAZA o MORDAZA particular", aprobada por Resolucion Nº 3582009-OSCE/PRE. Articulo 3º.- Delegacion de facultades a la Oficina General de Recursos Humanos. Delegar en el funcionario a cargo de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, a partir del 1 de enero de 2010, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, las facultades y atribuciones para tramitar, autorizar y resolver las acciones de personal respecto de las renovaciones de contratos del personal comprendido tanto en el regimen del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, como en el regimen laboral de la actividad privada, regulado por el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR, asi como los destaques del personal comprendido en el regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276. Articulo 4º.- De la observancia de los requisitos legales. La delegacion de facultades, asi como la asignacion de responsabilidades a que se refiere la presente Resolucion, comprende igualmente las atribuciones de pronunciarse

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