Norma Legal Oficial del día 08 de Enero del año 2010 (08/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de enero de 2010

el analisis de la solicitud de transferencia del permiso de pesca "Comprende la cadena sucesoria desde el propietario original", el ejercicio del derecho concesional esta supeditado a que cualquiera de los titulares de la cadena sucesoria no tenga multa pendiente de pago; por tanto la MORDAZA obliga a identificar si alguien tiene una obligacion personal en torno al ejercicio del permiso de pesca, para luego segun las circunstancias limitar la transferencia del permiso de pesca; Que, de ese modo, este extremo de la solicitud incumple la disposicion contenida en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca y sus modificatorias, que establece que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada y por otro lado, no ha cumplido con presentar adecuadamente el Certificado Compendioso de Dominio por cuanto en el mismo no indica las caracteristicas de la embarcacion; por lo que deviene en IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "NUESTRA SENORA DE MORDAZA 2"; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 1255-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Literal d), del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas a traves del Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "NUESTRA SENORA DE MORDAZA 2" con matricula PL-17411CM, presentado por los senores MORDAZA MORDAZA LLONTOP y MORDAZA YOVANA MORDAZA BERNAL; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion :www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Que, la "Enmienda Nº 1 al Convenio Tecnico entre el Ministro de Defensa de la Republica del Peru y el Ministro de Defensa de la Republica Francesa para la Cooperacion en el MORDAZA de los materiales para la Defensa", fue suscrita el 16 de junio de 2009, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica Francesa y aprobada mediante Resolucion Legislativa Nº 29480 de 15 de diciembre de 2009; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 56º y 118º inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2º de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo Unico.- Ratificase la "Enmienda Nº 1 al Convenio Tecnico entre el Ministro de Defensa de la Republica del Peru y el Ministro de Defensa de la Republica Francesa para la Cooperacion en el MORDAZA de los materiales para la Defensa", suscrita el 16 de junio de 2009, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica Francesa y aprobada mediante Resolucion Legislativa Nº 29480 de 15 de diciembre de 2009. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de enero del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

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Autorizan a la Biblioteca Nacional del Peru a efectuar el pago de cuota del ano 2009 al CERLALC
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2010-RE
MORDAZA, 7 de enero de 2010 VISTO: El Oficio Nº 169-2009-BNP/DN, de 17 de diciembre de 2009, de la Biblioteca Nacional del Peru, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota del ano 2009, al Centro Regional para el Fomento del Libro en MORDAZA Latina, el Caribe, Espana y MORDAZA (CERLALC); CONSIDERANDO: Que, el articulo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Publico a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del ano 2009 al Centro Regional para el Fomento del Libro en MORDAZA Latina, el Caribe, Espana y MORDAZA (CERLALC), con cargo al presupuesto de la Biblioteca Nacional del Peru; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Biblioteca Nacional del Peru a efectuar el pago de US$ 7,800.00 (Siete mil ochocientos y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America) al Centro Regional para el Fomento del Libro en MORDAZA Latina, el Caribe, Espana y MORDAZA (CERLALC), correspondiente al pago de la cuota del ano 2009.

441409-8

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican la "Enmienda Nº 1 al Convenio Tecnico entre el Ministro de Defensa de la Republica del Peru y el Ministro de Defensa de la Republica Francesa para la Cooperacion en el MORDAZA de los materiales para la Defensa"
DECRETO SUPREMO Nº 002-2010-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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