Norma Legal Oficial del día 08 de Enero del año 2010 (08/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de enero de 2010

NORMAS LEGALES
IX. REGISTROS

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responsable designada en la resolucion que declaro la MORDAZA primaria, durante las 24 horas del dia, incluidos los dias no laborables. La recepcion sera consignada en el formato de Traslado y Recepcion de Mercancias al Recinto Ferial, el mismo que sera archivado en el area de oficiales de aduana de la intendencia de aduana de Ingreso. f) Seguidamente las mercancias seran ubicadas por los expositores en los stands donde seran exhibidas. B.2 DE LA REGULARIZACION 1. Dentro del plazo de ciento veinte (120) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la clausura del evento, las mercancias admitidas bajo el regimen especial, deberan ser nacionalizadas, reexportadas, solicitadas al regimen de Deposito Aduanero o al regimen de Admision Temporal para Reexportacion en el Mismo Estado. 2. El tramite que debera seguirse de acuerdo a la opcion elegida por el beneficiario, se sujetara al procedimiento del regimen respectivo que se encuentra descrito en los procedimientos vigentes. 3. La regularizacion mediante la nacionalizacion se efectuara a traves de la numeracion de una Liquidacion de Cobranza (L/C). Para la regularizacion del regimen especial mediante nacionalizacion con L/C no aplican los intereses compensatorios. 4. Cuando las mercancias MORDAZA destinadas al regimen de Admision Temporal para Reexportacion en el Mismo Estado, este no podra exceder los cuatro (4) meses, previa MORDAZA de garantia equivalente a los derechos arancelarios y demas impuestos aplicables a la importacion para el consumo y recargos de corresponder, mas un interes compensatorio sobre dicha suma, igual al promedio diario de la TAMEX por dia proyectado desde la fecha de numeracion de la declaracion hasta la fecha de vencimiento del plazo del regimen, a fin de responder por la deuda existente al momento de la nacionalizacion. La mercancia internada al MORDAZA de este regimen solo podra ser utilizada en demostraciones. Al momento de transmitir la declaracion de admision temporal para reexportacion en el mismo estado, debera consignarse el codigo "20" como regimen de precedencia, indicandose en el casillero 7.20 el codigo "7" correspondiente a "Provenientes de Ferias". 5. De haberse elegido esta posibilidad y optarse luego por la nacionalizacion de la mercancia, debera procederse a la cancelacion de los intereses compensatorios respectivos, los mismos que se computaran a partir de la numeracion de la declaracion de admision temporal para reexportacion en el mismo estado que MORDAZA regularizado el regimen especial. 6. Vencido el termino senalado en el numeral 1 del literal B2 de la Seccion VII, sin que se lleve a cabo la regularizacion de la mercancia, esta caera en abandono legal. 7. En el caso de los recintos feriales permanentes la persona responsable de la recepcion y custodia de la mercancia en el recinto ferial esta obligado a comunicar a la intendencia de aduana por donde se numero la declaracion, en el termino de tres dias habiles de vencido el plazo del regimen, la relacion de mercancias que se encuentren en situacion de abandono legal, poniendolas a disposicion de la SUNAT. La intendencia de aduana respectiva designara al funcionario aduanero encargado de verificar el traslado de la mercancia a los almacenes de aduana en el caso que el evento se MORDAZA realizado en provincias o al almacen de MORDAZA MORDAZA en el caso que el evento se MORDAZA realizado en MORDAZA Metropolitana. 8. En el caso de recintos de caracter multiproposito, en un plazo MORDAZA de veinticuatro (24) horas contados a partir del dia siguiente de culminada la feria o exposicion internacional, el responsable designado en la resolucion que declaro la MORDAZA primaria solicita ante la oficina de oficiales de aduana la designacion del personal para que se realice el traslado de la mercancia y su ingreso a un almacen aduanero, en donde podra permanecer la mercancia hasta completar el plazo de ciento veinte (120) dias calendario autorizado para su regularizacion. VIII. SANCIONES Es aplicable lo dispuesto en la Ley General de Aduanas aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053, su Tabla de Sanciones aprobada por Decreto Supremo Nº 031-2009EF, la Ley de Delitos Aduaneros aprobada por la Ley Nº 28008 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 121-2003-EF y otras normas aplicables.

- Resoluciones de Intendencia Nacional o de Intendencia de Aduana que declaren MORDAZA Primaria al recinto ferial Codigo : RC-01-INTA-PG.15 Tiempo de conservacion : cinco anos MORDAZA de almacenamiento : fisico Ubicacion : archivo de la INTA o de intendencia de aduana operativa, segun corresponda Responsable : INTA o intendencia de aduana operativa - Declaraciones Aduaneras de Ferias o Exposiciones Internacionales numeradas Codigo : RC-02-INTA-PG.15 Tiempo de conservacion : permanente MORDAZA de almacenamiento : electronico Ubicacion : SIGAD Responsable : intendencia de aduana operativa - Declaraciones Aduaneras de Ferias o Exposiciones Internacionales no regularizadas Codigo : RC-03-INTA-PG.15 Tiempo de conservacion : permanente MORDAZA de almacenamiento : electronico Ubicacion : SIGAD Responsable : intendencia de aduana operativa - Declaraciones Aduaneras de Ferias o Exposiciones Internacionales regularizadas Codigo : RC-04-INTA-PG.15 Tiempo de conservacion : permanente MORDAZA de almacenamiento : electronico Ubicacion : SIGAD Responsable : intendencia de aduana operativa - Resoluciones de multas Codigo Tiempo de conservacion MORDAZA de almacenamiento Ubicacion Responsable : RC-05-INTA-PG.15 : cinco anos : fisico : archivo intendencia de aduana operativa : intendencia de aduana operativa

X. FLUJOGRAMA Publicado en el MORDAZA web de la SUNAT (www.sunat. gob.pe) Articulo 2º.- Dejase sin efecto el procedimiento de "Destino Especial de Exposiciones o Ferias Internacionales" INTA-PG.15 (version 1) aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 000123 publicada el 26.4.1999. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas

443338-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban adjudicacion en venta directa a favor de la Universidad Catolica Sedes Sapientiae de predio ubicado en el distrito de Ancon, provincia de MORDAZA
RESOLUCION Nº 167-2009/SBN
MORDAZA, 30 de diciembre de 2009

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