Norma Legal Oficial del día 08 de Enero del año 2010 (08/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de enero de 2010

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

410641

un convenio suscrito el 23 de MORDAZA de 1992 con el Banco Continental, el Banco de la Nacion, esta Superintendencia y la Mutual. El Banco Continental se encargo del pago directo a los ahorristas hasta por un monto de S/.4 300,00 y los depositos menores a S/.5,00 estuvieron a cargo de la propia Mutual; Que, en el transcurso de su MORDAZA liquidatorio, la Mutual, ha logrado realizar sus activos y obtener ingresos, expresados en MORDAZA de soles, equivalentes a la suma de S/. 18 328 mil (Dieciocho millones trescientos veintiocho mil nuevos soles), con lo que procedio a pagar a sus acreedores reconocidos; Que, la Mutual ha logrado pagar sus acreencias hasta el orden de prelacion "k" correspondiente al Tesoro Publico, a quien se ha pagado en forma parcial, debido al agotamiento de sus activos, habiendose amortizado con fecha 21 de junio de 2000 un importe ascendente a S/. 166 288,80 (Ciento sesenta y seis mil dos cientos ochenta y ocho y 80/100 nuevos soles); posteriormente, con fecha 31 de MORDAZA de 2003, se realizo una transferencia de inmuebles y cesion de derechos, bajo la forma de Dacion en Pago por un importe de S/. 4 079 770,20 (Cuatro millones setenta y nueve mil setecientos setenta y 20/100 nuevos soles), quedando pendiente al 31 de marzo de 2009, fecha de agotamiento de los activos de la Mutual, un saldo por pagar de S/.10 853 941,00 (Diez millones ochocientos cincuenta y tres mil novecientos cuarenta y uno y 00/100 nuevos soles); Que, el Balance General de Cierre de la Mutual al 31 de marzo de 2009, publicado en el Diario La Republica con fecha 11 de MORDAZA de 2009, refleja Activos igual a S/. 0,00 (Cero nuevos soles), Pasivos por S/. 20 958 mil (Veinte millones novecientos cincuenta y ocho mil nuevos soles) y Patrimonio igual a una perdida de S/. 20 958 mil (Veinte millones novecientos cincuenta y ocho mil nuevos soles), con lo que se evidencia el agotamiento de activos, situacion que se comunico al Banco Central de Reserva del Peru (BCRP) mediante Carta N° 132-2009/MPL del 13 de MORDAZA de 2009, asi como al Ministerio de Economia y Finanzas, con Carta N° 133-2009/MPL de fecha 13 de MORDAZA de 2009; Que, a la fecha se encuentra en giro un MORDAZA laboral contra la Mutual, iniciado en el 5° Juzgado Laboral Transitorio. Al respecto, la Mutual, con fecha 18 de MORDAZA de 2009, ha procedido a consignar a favor de la demandante la suma de S/. 1 312,75 (Mil trescientos doce y 75/100 nuevos soles) por concepto de reintegro de beneficios sociales e intereses, informando a dicho Juzgado sobre la publicacion de su Balance de Cierre y el agotamiento de sus activos. Existen tambien tres procesos civiles en su contra, en el 11° Juzgado Civil de MORDAZA por "Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta", en el 43° Juzgado Civil de MORDAZA por "Anulabilidad de Acto Juridico", y en el 14° Juzgado Civil de MORDAZA por "Otorgamiento de Escritura Publica", los cuales aun no cuentan con sentencia firme, siendo el primer caso ­ ante una eventual sentencia contraria ­ de imposible ejecucion, por haberse agotado los activos, el MORDAZA caso se ha archivado de manera definitiva, en tanto que el tercer caso, se trata de una obligacion de hacer que puede ser ejecutada por el juez de la causa; por lo que los procesos MORDAZA citados no representan contingencia alguna para la Mutual, ni impiden que esta Superintendencia de por culminado el MORDAZA liquidatorio; Que, la Mutual, oportunamente procedio a la clasificacion y ordenamiento de archivos, conforme a las pautas del Archivo General de la Nacion; Organismo que, luego de verificar y dar su conformidad, el 31 de marzo de 2006 MORDAZA el Acta de Transferencia, entregandose 379 MORDAZA conteniendo la mayor parte del acervo documentario. Complementando el envio de documentos anteriormente efectuado, con fecha 14 de octubre de 2009, mediante Carta N° 275-2009/MPL, se ha comunicado al Jefe del Archivo General de la Nacion, que se esta procediendo al envio de las 49 ultimas MORDAZA, conteniendo el acervo documentario para su conservacion; Que, en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 114° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley N° 26702 y modificatorias, corresponde a la Superintendencia dar por concluido el MORDAZA liquidatorio de la Mutual; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y Asesoria Juridica; y, en uso de las facultades que le confiere la citada Ley General;

Articulo Primero.- Dar por concluido el MORDAZA liquidatorio de la Mutual de Vivienda Peru en Liquidacion, y en consecuencia declarar la extincion de la personeria juridica de la sociedad; disponiendo el traslado del acervo documental remanente al Archivo General de la Nacion. Articulo Segundo.- Dar por terminado el encargo efectuado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la representacion y administracion de la Mutual de Vivienda Peru en Liquidacion y, en consecuencia, revocar los poderes otorgados en este sentido, correspondiendo realizar los tramites pertinentes ante los Registros Publicos a fin de inscribir la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y transcribase a los Registros Publicos para su correspondiente inscripcion. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

442396-1

Dan por concluido MORDAZA liquidatorio de PERUINVEST Compania de Fomento e Inversiones S.A. en Liquidacion
RESOLUCION SBS Nº 16156-2009
MORDAZA, 30 de diciembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: El Informe de Cierre del MORDAZA Liquidatorio de PERUINVEST Compania de Fomento e Inversiones S.A. en Liquidacion, en adelante solo PERUINVEST en Liquidacion, presentado y complementado con Cartas Nº L-179/2009, L-200/2009 y L-223/2009 por su Liquidadora, senora MORDAZA Patino Marca; y el Informe Nº 137-2009DACEL del 30 de diciembre de 2009, en el que se verifica que PERUINVEST se encuentra expedido para dar por concluido su MORDAZA liquidatorio; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 460-92 de fecha 04 de MORDAZA de 1992 se declaro en disolucion PERUINVEST, para la liquidacion definitiva de sus bienes y negocios; Que, al inicio del MORDAZA liquidatorio de PERUINVEST en Liquidacion, el Balance General al 05 de MORDAZA de 1992 registraba Activos por S/. 36 756 673,00 (Treinta y Seis Millones Setecientos Cincuenta y Seis Mil Seiscientos Setenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles), Pasivos ascendentes a S/. 34 521 898,00 (Treinta y Cuatro Millones Quinientos Veintiun Mil Ochocientos Noventa y Ocho y 00/100 Nuevos Soles) y Patrimonio Neto de S/. 2 234 775,00 (Dos Millones Doscientos Treinta y Cuatro Mil Setecientos Setenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles); Que, durante la vigencia del MORDAZA liquidatorio de PERUINVEST en Liquidacion se pagaron todas las acreencias reconocidas en la Tercera Lista de Acreedores, con saldos al 04 de MORDAZA de 1992, aprobada de conformidad con el articulo 228º del Decreto Legislativo Nº 770, asimismo, se obtuvieron ingresos ascendentes a S/. 64 759 713,01 (Sesenta y Cuatro Millones Setecientos Cincuenta y Nueve Mil Setecientos Trece y 01/100 Nuevos Soles) y se efectuaron gastos operativos por la suma de S/. 11 936 746,87 (Once Millones Novecientos Treinta y Seis Mil Setecientos Cuarenta y Seis y 87/100 Nuevos Soles); Que, los saldos de los depositos de ahorros y de la Compensacion por Tiempo de Servicios no reclamados por sus titulares, ascendentes a S/. 522 101,72 (Quinientos Veintidos Mil Ciento Uno y 72/100 Nuevos Soles) y US$ 188 853,78 (Ciento Ochenta y Ocho Mil Ochocientos Cincuenta y Tres y 78/100 Dolares Americanos), fueron objeto del MORDAZA de Ofrecimiento y Consignacion Judicial seguido ante el Veintiun Juzgado Civil de MORDAZA, expediente numero

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