Norma Legal Oficial del día 11 de Enero del año 2010 (11/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de enero de 2010

la condicion de aptitud psicosomatica, orientada al logro del equilibrio emocional y fisico requerido para enfrentar y vencer las exigencias de la MORDAZA militar, de acuerdo a un Programa de Entrenamiento de Esfuerzo Fisico progresivo, elaborado por el Departamento de Formacion Psicofisica o su equivalente, con la participacion de profesionales en salud y preparacion fisica. Articulo 75º.- De la aptitud psicosomatica Es la condicion de salud adecuada, para cumplir los requerimientos establecidos en los Centros de Formacion de las FFAA, con la finalidad de alcanzar el perfil psicologico y fisico, determinado por las Instituciones Armadas, y debe ser determinada por una Evaluacion de la Capacidad Psicosomatica de Control. Articulo 76º.- De la Evaluacion de la Capacidad Psicosomatica de Control Los Cadetes y Alumnos seran sometidos obligatoriamente a una Evaluacion de la Capacidad Psicosomatica de Control una vez al ano y cuando sea requerido por el Centro de Formacion; debiendose confeccionar para cada Cadete y Alumno una ficha de salud por duplicado, que sera archivada en su Legajo Medico Sanitario en la Direccion de Salud correspondiente con MORDAZA en el archivo de la Jefatura de la Seccion de Sanidad del Centro de Formacion. Esta Evaluacion de capacidad psicosomatica determinara la aptitud o inaptitud del Cadete o Alumno para el Servicio. La evaluacion medica de los Cadetes y Alumnos se efectuara en la forma siguiente: a) Somatico. b) Oftalmologia. c) Rayos X. d) Laboratorio. (1) Hemograma completo. (2) Orina completo. (3) Prueba serologica, HIV (4) Test Toxicologico. (5) Test de Embarazo. e) Evaluacion nutricional. f) Dental. g) Psiquiatria. h) Otorrinolaringologia. i) Cardiologia. j) Neumologia. Articulo 77º.- De la prevencion para la aptitud psicosomatica La Jefatura de la Seccion de Sanidad del Centro de Formacion recomendara acciones de prevencion para preservar la aptitud psicosomatica de los Cadetes y Alumnos, dictando medidas sobre el control de alimentacion, potabilidad del agua, vacunacion, examenes dentales, conferencias de caracter profilactico, control de enfermedades infectocontagiosas, y un adecuado Programa de Entrenamiento de Esfuerzo Fisico. Articulo 78º.- Del Control de Alimentacion La Jefatura de la Seccion de Sanidad del Centro de Formacion controlara el MORDAZA y la preparacion de la alimentacion de los Cadetes y Alumnos, tanto en cantidad, como en calidad y numero de calorias requeridas, respetando el requerimiento diario de vitaminas, minerales y oligoelementos en cantidad suficiente, bajo el control de un profesional en nutricion en base a las exigencias de la rutina diaria. Articulo 79º.- Del Control de la Potabilidad del agua La Jefatura de la Seccion de Sanidad controlara mensualmente el grado de potabilidad del agua de consumo del Centro de Formacion y supervisara periodicamente la limpieza de los tanques, cisternas y depositos de agua. Articulo 80º.- De la Vacunacion Todos los Cadetes y Alumnos recibiran obligatoriamente las vacunas que la Direccion de Salud de cada Institucion Armada considere necesario, asi como las que recomiende la Seccion de Sanidad del Centro de Formacion.

Articulo 81º.- De los Examenes Dentales Los examenes dentales tendran las siguientes funciones: a) Funcion Preventiva. Se llevara a cabo, realizando examenes semestrales a los Cadetes y Alumnos, confeccionando sus respectivos odontogramas. b) Funcion Curativa. A los Cadetes y Alumnos se les abrira su Ficha Dental Individual. De acuerdo con los resultados de la revista dental, se programara el plan de trabajo progresivo que deba realizarse. c) Funcion Restaurativa. A los Cadetes y Alumnos se les restituira las piezas dentales ausentes por medio de aparatos protesicos, para lo cual la Seccion de Sanidad del centro de formacion debera contar con un gabinete de protesis dental. Articulo 82º.- De las Conferencias de caracter profilactico La Jefatura de la Seccion de Sanidad del Centro de Formacion dictara a los Cadetes y Alumnos, conferencias sobre higiene, profilaxis y prevencion de enfermedades infectocontagiosas, de acuerdo a un rol preestablecido. Articulo 83º.- Del Control de vectores de Enfermedades infectocontagiosas (Casos de Epidemias) Con el fin de evitar epidemias, la Seccion de Sanidad de los Centros de Formacion organizara y conducira campanas periodicas de erradicacion de vectores (cocinas, banos, cuadras, panoles, rompeolas, etc.), como en las zonas aledanas, solicitando para ello el apoyo de la Oficina de Salud Publica del Ministerio de Salud y otros organismos que se considere conveniente solicitar. Articulo 84º.- De la Comunicacion de Enfermedades Infecto-Contagiosas Los padres, tutores o apoderados tienen la obligacion de dar aviso al Centro de Formacion cuando un miembro de su familia sufra alguna enfermedad infecto-contagiosa, a fin de evitar que el Cadete o Alumno visite su domicilio mientras dure esta circunstancia. Articulo 85º.- Del Programa de Entrenamiento Fisico El programa de entrenamiento fisico de los Centros de Formacion de las FFAA, contiene los niveles de exigencia basico, intermedio y avanzado, necesarios para desarrollar en el Cadete o Alumno, aptitudes orientadas a lograr el optimo desempeno en las diversas actividades y condiciones que impone el servicio, considerando el desarrollo del entrenamiento fisico militar, disciplinas deportivas y actividades recreativas. Articulo 86º.- Del Entrenamiento Fisico Militar Es la preparacion fisica orientada al desarrollo de aptitudes, destrezas y tecnicas, propias de la MORDAZA militar, considerando entre otros carreras y gimnasia basica con o sin armamento, pruebas de riesgo diversas, pasaje de pista de cuerdas, pista de combate, buceo, piscina con obstaculos, combate a la bayoneta, defensa personal, etc., y su ejecucion sera durante el dia o la noche segun su programacion. Articulo 87º.- De las Disciplinas Deportivas Son desarrolladas en cada Centro de Formacion, con el objetivo de cultivar y mantener las cualidades fisicas de los Cadetes y Alumnos. Las Disciplinas Deportivas devienen en competencias nacionales e internacionales con la participacion de los equipos representativos de los Centros de Formacion. Articulo 88º.- De las Actividades Recreativas Son aquellas actividades que desarrollan los Cadetes y Alumnos que por su naturaleza contribuyen en su formacion integral. Se consideran como actividades recreativas las siguientes competencias: a) Olimpiadas Inter-Anos/Companias b) Olimpiadas de la Federacion Deportiva Militar c) Otras que el Departamento de Formacion Psicofisica o su equivalente disponga. Articulo 89º.- Del Nivel Basico Las actividades fisicas del Nivel Basico se realizaran en forma dirigida y controlada, y su objetivo es desarrollar

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