Norma Legal Oficial del día 11 de Enero del año 2010 (11/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de enero de 2010

Articulo 103º.- Conformacion El Consejo Academico estara conformado, por tres (3) o cinco (5) titulares y un (01) suplente, quienes seran integrantes del referido Consejo de acuerdo a la organizacion de cada Centro de Formacion. Seran presididos por el Jefe del Departamento de Formacion Academico o su equivalente en el Centro de Formacion. Articulo 104º.- Competencia El Consejo Academico tendra competencia para lo siguiente: a) Investigar las situaciones de bajo rendimiento academico de cadetes o alumnos. b) Recomendar al Director del Centro de Formacion el sometimiento al Consejo Superior en los casos que considere la DEFICIENCIA ACADEMICA. SECCION III DEL CONSEJO ESPECIAL Articulo 105º.- Del Consejo Especial El Consejo Especial es designado por el Director del Centro de Formacion mediante Resolucion Directoral, siendo el organo permanente encargado de investigar, evaluar y determinar los casos de desaprobacion de estos cursos y que originan la inaptitud para la MORDAZA militar de los cadetes o Alumnos, recomendando al Centro de Formacion correspondiente las acciones pertinentes. Articulo 106º.- Conformacion El Consejo Especial estara conformado, por tres (3) o cinco (5) integrantes de acuerdo a la organizacion de cada Unidad Especializada. Seran presididos por el Sub-Director o MORDAZA Comandante de la Unidad, debiendo ser integrado necesariamente por el Jefe de Operaciones o Evaluacion y el Oficial de planta encargado de la instruccion y/o entrenamiento, asi como personal especialista de ser necesario. Articulo 107º.- Competencia El Consejo Especial tendra competencia para lo siguiente: a) Recomendar la accion a que hubiera lugar para los casos de desaprobacion Cursos Militares. b) Recomendar al Director del Centro de Formacion el sometimiento al Consejo Superior en los casos que considere la INAPTITUD PARA LA MORDAZA MILITAR. SECCION IV MORDAZA ACADEMICOS Y TITULOS Articulo 108º.- De la obtencion de MORDAZA academicos. Los procedimientos para la obtencion de MORDAZA academicos seran los especificados en el respectivo reglamento de MORDAZA y titulos de oficiales de las Instituciones Armadas, de acuerdo a la normatividad vigente. El egresado del Centro de Formacion de Oficiales respectivo, debera haber concluido satisfactoriamente los planes de estudios correspondientes a diez (10) semestres academicos, para la obtencion automatica del grado academico de bachiller. El egresado del Centro de Formacion de Suboficiales respectivo, debera haber concluido satisfactoriamente los planes de estudios correspondientes a seis (06) semestres academicos, para la obtencion automatica del grado academico correspondiente. Articulo 109º.- De la obtencion del MORDAZA academico para los cadetes o alumnos en mision de estudios en el extranjero. Los cadetes o alumnos nombrados en mision de estudios en el extranjero, se graduaran con su promocion de ingreso, obteniendo los beneficios que ello implica, debiendo el Centro de Formacion correspondiente, convalidar las notas para otorgar el grado academico y la obtencion del orden de merito al finalizar sus estudios, sin ser considerado (a) para distincion de MORDAZA de Honor o su equivalente en los centros de Formacion de Suboficiales.

Articulo 110º.- De la obtencion del titulo profesional. El egresado de las escuelas de formacion de oficiales para ser aspirante al titulo profesional, debera poseer el grado academico de bachiller, y poder optar por una de las siguientes modalidades de titulacion profesional: a) Sustentacion de tesis. b) Examen de titulacion. c) Curso de titulacion. d) Titulacion por experiencia profesional (si el bachiller se ha desempenado en funciones propias de su MORDAZA por un periodo minimo de tres (3) anos). e) Cualquier otra modalidad dispuesta por la escuela de formacion respectiva. Los procedimientos para la obtencion del titulo profesional, seran los estipulados en los respectivos reglamentos de MORDAZA y titulos de oficiales de las instituciones armadas. Articulo 111º.- De la obtencion del titulo profesional tecnico. Para ser egresado de los Centros de Formacion del personal subalterno debera aprobar los planes de estudios correspondientes a seis (6) semestres academicos y la practica profesional. Para la obtencion del titulo profesional tecnico debera seguir los procedimientos estipulados en el reglamento de titulos de los Centros de Formacion de Suboficiales y Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, pudiendo optar por cualquiera de las siguientes modalidades: a) MORDAZA de un trabajo de investigacion relacionado con la MORDAZA profesional tecnica. b) Examen de titulacion. CAPITULO II DEL REGIMEN PSICOFISICO SECCION I SANIDAD Articulo 112º.- Control Somatico Con el fin de controlar el desarrollo somatico de los Cadetes y Alumnos, la Jefatura de la Seccion de Sanidad de los Centros de Formacion gestionara y llevara un control trimestral, donde se muestre la curva de peso del Cadete o Alumno. Para tal efecto, seran pesados y tallados en la Sanidad de los Centros de Formacion durante el ano. Articulo 113º.- Hospitalizacion de cadetes y alumnos En caso de enfermedad y necesidad de hospitalizacion, los Cadetes y Alumnos seran internados en el Centro Hospitalario correspondiente al Centro de Formacion y cuando a criterio del medico se requiera tratamiento especializado, se procedera al internamiento en el Hospital correspondiente a la Institucion Armada. Articulo 114º.- Papeleta de hospitalizacion Los Cadetes y Alumnos para ser internados en los Hospitales MORDAZA mencionados, deberan portar la respectiva Papeleta de Hospitalizacion, firmada por el Medico tratante y con el visto MORDAZA del Jefe de la Seccion de Sanidad del Centro de Formacion. Se exceptuan los casos de urgencia en los que la papeleta podra ser remitida despues de ser internado el enfermo. Articulo 115º.- Parte de Sanidad El Parte de Sanidad sera confeccionado diariamente por la Seccion de Sanidad y remitido al Director del Centro de Formacion con la informacion referida a las siguientes condiciones: a) Hospitalizados b) En Enfermeria/ Topico c) Descanso Medico d) Excepciones Copias de este parte se remitira a: a) Sub-Director de los Centros de Formacion; b) Jefatura del Departamento de Formacion Academico;

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