Norma Legal Oficial del día 11 de Enero del año 2010 (11/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 11 de enero de 2010

extractiva el titular del permiso de pesca. No procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 022-2000CTAR-ANCASH/DRP-CH de fecha 30 de noviembre del 2000, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada MORDAZA 2 de matricula CE-3046-CM, de 35.27 m3 de volumen de bodega y de 8.16 de Arqueo Neto, con hielo a granel como preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de recursos anchoveta y sardina, con destino al consumo humano indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (05) millas de costa; Que, mediante el Escrito de Registro Nº 00064067 de fecha 13 de agosto del 2009, la empresa PESQUERA GUISSEPPE E.I.R.L., solicito cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA 2 de matricula CE-3046-CM; Que, segun informacion proporcionada por la Oficina de Ejecucion Coactiva mediante Oficio Nº 0672-2009PRODUCE/OGA/OEC de fecha 17 de agosto del 2009, esta comunico que la embarcacion pesquera MORDAZA 2 de matricula CE-3046-CM, registra deuda cuya ejecucion se esta tramitando en dicha oficina; ademas de que de la verificacion de la Partida Registral Nº 50000231 el dominio de la referida embarcacion ha sido transferida a los Sres. MORDAZA NORITH MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLANOS; Que, mediante el Oficio Nº 5833-2009-PRODUCE/ DGEPP-Dchi (notificado el 24 de septiembre del 2009), se le concedio a la empresa PESQUERA GUISSEPPE E.I.R.L. el plazo de diez (10) dias habiles para que subsane las siguientes observaciones: (i) que el dominio de la embarcacion pesquera MORDAZA 2 de matricula CE-3046-CM fue transferido a los Sres. MORDAZA NORITH MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, (ii) que en torno a la embarcacion pesquera MORDAZA 2 de matricula CE-3046-CM se registra deuda cuya ejecucion se esta tramitando a la fecha, por lo que se requiere el pago de la misma; Que, el 28 de septiembre del 2009, mediante el escrito de registro Nº 00064067-1, la empresa PESQUERA GUISSEPPE E.I.R.L. senalo que por motivos personales transfirio la embarcacion pesquera MORDAZA 2 de matricula CE-3046-CM a los senores MORDAZA NORITH MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLANOS. Sin embargo, en virtud del Tracto Sucesivo (Articulo 2015 del Codigo Civil) debe realizarse la transferencia del permiso de pesca a su favor, dado que en su oportunidad lo MORDAZA MORDAZA la nueva titular; Que, la legitimacion ordinaria o propia es la que corresponde al titular de la situacion juridica sustancial que se deduce en juicio; solo el puede pedir y obtener la tutela juridica demandada, (...)1". De acuerdo con Guasp, la legitimacion "es la consideracion especial que tiene la ley, dentro de cada MORDAZA, a las personas que se hallan en una determinada relacion con el objeto en litigio2"; Que, en ese sentido, la empresa PESQUERA GUISSEPPE E.I.R.L. no ha acreditado que tiene legitimidad para obrar (presupuesto procesal). En efecto, al no acreditar la propiedad ni la posesion de la embarcacion pesquera MORDAZA 2 de matricula CE-3046CM, su solicitud de transferencia del permiso de pesca carece de legitimidad para obrar; Que, en tal virtud, la empresa PESQUERA GUISSEPPE E.I.R.L., no ha cumplido con subsanar la observacion anotada en el Oficio Nº 5833-2009-PRODUCE/DGEPPDchi, careciendo de legitimidad para obrar, ademas, no ha acreditado el pago de la deuda pendiente visto el Oficio Nº 0672-2009-PRODUCE/OGA/OEC de fecha 19 de noviembre del 2009, en tal sentido, la administrada no cumple con los requisitos del Procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que deviene en declarar improcedente el cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado;

Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 9602009-PRODUCE/DGEPP-Dchi y Informe Nº 1270-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi (Complementario), y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA 2 de matricula CE-3046CM, presentada por la empresa PESQUERA GUISSEPPE E.I.R.L., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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Cordon MORDAZA, Faustino: Sobre la legitimacion en el derecho procesal. En Revista Chilena de Derecho. Vol. 25. Nº 22. 1988. P. 358-359. Tulian MORDAZA, Carlos: Funciones e interrelaciones de la legitimacion ad causam y el interes para obrar en la teoria de los presupuestos procesales. En Revista de Estudios Procesal. Ano III. Nº 10. MORDAZA, 1971.

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Otorgan a MORDAZA Tower I Corp permiso de pesca para operar embarcacion pesquera de bandera panamena en la extraccion de atun y especies afines
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1005-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 29 de diciembre del 2009 Visto el escrito con Registro Nº 00095119-2009, del 30 de noviembre del 2009, y el escrito con Registro Nº 00093771-2009-1 y 2 del 02 y 15 de diciembre del 2009, presentado por Don MORDAZA BILL MORDAZA BALTA, en representacion de la empresa MORDAZA TOWER I CORP. CONSIDERANDO: Que, el inciso c), del Articulo 43° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el Articulo 47° de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuaran sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y

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