Norma Legal Oficial del día 16 de Enero del año 2010 (16/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

411329

2009, en estricto cumplimiento de la Medida Cautelar y bajo responsabilidad del MORDAZA Juzgado Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, segun lo ordenado a traves de la Resolucion Numero UNO de fecha 01 de octubre de 2009, se resolvio admitir a tramite el expediente presentado con fecha 21 de enero del 2003 via la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA, y como consecuencia de la evaluacion del mismo, otorgar permiso de pesca provisional a favor del senor MORDAZA MORDAZA URCIA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA MORDAZA 2 de matricula Nº PL-4332-PM y 109.70 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta para consumo humano indirecto, utilizando para ello redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante Oficio N° 1353-2009-PRODUCE/OGTIEOe de fecha 29 de diciembre de 2009, la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, senala que, a la embarcacion MORDAZA MORDAZA 2 de matricula Nº PL-4332-PM se le otorga un permiso de pesca via judicial considerandose como una embarcacion nueva ya que no cuenta con captura historica, asimismo, remite el calculo del Porcentaje MORDAZA de Captura por Embarcacion (PMCE) y el Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE) correspondiente a la citada embarcacion pesquera para las Zonas Norte ­ Centro y Sur; Que, en tal virtud y atendiendo a que, el permiso de pesca provisional a favor del senor MORDAZA MORDAZA URCIA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2 de matricula Nº PL-4332-PM y 109.70 m3 de capacidad de bodega, ha sido otorgado en fecha posterior a las Resoluciones Directorales N°s. 843-2008 y 872-2009-PRODUCE/DGEPP, que aprueban los Listados de Asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion y los Limites Maximos de Captura por Embarcacion para la MORDAZA Norte-Centro, respectivamente, y a las Resoluciones Directorales N°s. 376 y 451-2009-PRODUCE/DGEPP, que aprueban los Listados de Asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion y los Limites Maximos de Captura por Embarcacion para la MORDAZA Sur, respectivamente, por lo que se considera viable proceder a la incorporacion en los Listados de Asignacion de PMCE y LMCE correspondientes; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 13792009-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Oficio N° 1353-2009PRODUCE/OGTIE-Oe y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE y sus normas modificatorias y ampliatorias; Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y sus Reglamentos, aprobados por los Decretos Supremos N°s. 021-2008 y 009-2009PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE MORDAZA Norte-Centro, aprobado por Resolucion Directoral N° 8432008-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera "AURORA MORDAZA 2" de matricula Nº PL-4332-PM, con un PMCE de 0,07339% para la MORDAZA Norte-Centro. Articulo 2°.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE MORDAZA Norte-Centro, aprobado por Resolucion Directoral N° 8722009-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera "AURORA MORDAZA 2" de matricula Nº PL-4332-PM, con un LMCE de 1 467,80 TM. Articulo 3°.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE MORDAZA

Sur, aprobado por Resolucion Directoral N° 3762009-PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera "AURORA MORDAZA 2" de matricula Nº PL-4332-PM, con un PMCE de 0,053001% para la MORDAZA Sur. Articulo 4°.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion Directoral Nº 451-2009PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion "AURORA MORDAZA 2" de matricula Nº PL-4332-PM, con un LMCE de 265,005 TM. Articulo 5°.- La incorporacion de la embarcacion pesquera "AURORA MORDAZA 2" de matricula Nº PL-4332-PM, al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE MORDAZA Norte Centro, aprobado por Resolucion Directoral N° 8432008-PRODUCE/DGEPP, y al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE MORDAZA Norte-Centro, aprobado por Resolucion Directoral N° 872-2009-PRODUCE/DGEPP, referidas en los Articulos 1° y 2º, no modifica los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones. Articulo 6°.- La incorporacion de la embarcacion pesquera "AURORA MORDAZA 2" de matricula Nº PL-4332-PM, al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion Directoral N° 376-2009-PRODUCE/ DGEPP, y al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­ LMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion Directoral Nº 451-2009-PRODUCE/DGEPP, referidas en los Articulos 3° y 4º, no modifica los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 445462-7

Dejan sin efecto la R.D. N° 031-2003PRE/P-LL en cumplimiento de mandato judicial
RESOLUCION DIRECTORAL N° 008-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 6 de enero del 2010 Vista la Resolucion Numero TREINTISIETE de fecha 14 de octubre de 2009, expedida por la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 031-2003PRE/P-LL, de fecha 28 de febrero del 2003, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la empresa Pesquera las Mellizas E.I.R.L., para operar la embarcacion de MORDAZA denominada MORDAZA de matricula PL-20294CM, con Arqueo Neto de 24.00 equivalente a 100.00 m3 de capacidad de bodega en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), y 1½ pulgadas (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos anchoveta y sardina, y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 027-2008-GRLL-GGR/GP de fecha 23 de MORDAZA del 2008 se declara nula y sin efecto legal la Resolucion Directoral Nº 031-2003PRE/P-LL, de fecha 28 de febrero del 2003, emitida por la ex Direccion Regional de Pesqueria (hoy Gerencia de la Produccion) del Gobierno Regional de La MORDAZA, que resuelve otorgar permiso de pesca a plazo determinado a la empresa Pesquera Las Mellizas E.I.R.L., para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA de matricula PL-20294-CM;

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