Norma Legal Oficial del día 16 de Enero del año 2010 (16/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de enero de 2010

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE R.A. Nº 008-2010-MPL.- Designan funcionario responsable de elaborar y actualizar el MORDAZA de transparencia de la Municipalidad 411403 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA Ordenanza Nº 001-2010-MDLP.- Otorgan Beneficios Tributarios respecto al pago de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y de Serenazgo para el ejercicio 2010 411404 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA Ordenanza Nº 176-2009-MPO.- Aprueban Plano de Nomenclatura Vial, Areas de Recreacion Publica y

Numeracion de Fincas del casco MORDAZA de la MORDAZA de Oxapampa 411405 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA CHIMBOTE R.A. Nº 002-2010-MDNCH.- Delegan facultades al Gerente Municipal en materia presupuestal en el nivel funcional programatico 411406 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARAMONGA Ordenanza Nº 001-2009-C/MDP.- Fijan Tasa de Interes Moratoria - TIM, aplicable a deudas tributarias en la Municipalidad Distrital de Paramonga 411406 Ordenanza Nº 014-2009-C/MDP.- Aprueban Reglamento de los Cabildos Abiertos en el distrito de Paramonga 411407

PROYECTO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Res. Nº 001-2010--CD/OSIPTEL.- Proyecto de Resolucion que establece el MORDAZA Sistema de Tarifas para Llamadas Locales desde Telefonos Fijos de Abonado a Redes de cualquier titulo, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas que se trate; Que, el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que los requisitos fito y zoosanitarios se publican en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 28º del Decreto Supremo Nº 0082005-AG ­ Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria establece que la Direccion de Sanidad Animal tiene entre sus funciones el establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervision zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios; Que, el Articulo 21º de la Decision 515 de la Comunidad MORDAZA refiere que "un MORDAZA Miembro que realice importaciones desde terceros paises se aseguraran que las medidas sanitarias y fitosanitarias que se exijan a tales importaciones no impliquen un nivel de proteccion inferior al determinado por los requisitos que se establezca en las normas comunitarias"; Que, la Resolucion 1130 de la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA establece los requisitos sanitarios que se deben cumplir para el comercio o la movilizacion intrasubregional y con terceros paises de bovinos y sus productos; Que, el Informe Nº 857-2009-AG-SENASA-SCA-DSA recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importacion de "carne con hueso", "carne deshuesada" y "despojos comestibles" de la especie bovina, siendo su origen y procedencia Canada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Decision 515 de la CAN, la Resolucion 1130 de la Secretaria General de la CAN; y con la visacion del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer los requisitos sanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de "carne con hueso", "carne deshuesada" y "despojos comestibles" de la especie bovina, teniendo como origen y procedencia Canada; de acuerdo a los Anexos I, II y III que forman partes integrantes de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer la emision de los Permisos Zoosanitarios de Importacion a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion.

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Establecen requisitos sanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de "carne con hueso", "carne deshuesada" y "despojos comestibles" de la especie bovina, de origen y procedencia Canada
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 001-2010-AG-SENASA-DSA La MORDAZA, 12 de enero de 2010 VISTOS: El Informe Nº 857-2009-AG-SENASA-SCA-DSA el cual recomienda se publiquen los requisitos sanitarios para la importacion de "carne con hueso", "carne deshuesada" y "despojos comestibles" de la especie bovina, siendo su origen y procedencia Canada; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059 Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, expresa que el ingreso al MORDAZA, como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos beneficos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se sujetaran a las disposiciones que establezca en el ambito de su competencia el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA; Que, asi tambien el articulo 9º de la referida MORDAZA establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA dictara las medidas fito y zoosanitarias para la prevencion, el control o la erradicacion de plagas y enfermedades. Dichas medidas seran de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo

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