Norma Legal Oficial del día 16 de Enero del año 2010 (16/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de enero de 2010

aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 106-2009/SUNAT, a traves de cual se ha institucionalizado un sistema de control y lucha contra la corrupcion; Que en ese sentido, se ha estimado pertinente modificar el Articulo 46º del Reglamento Interno de Trabajo de la SUNAT, agregandose como criterio de atenuacion en la aplicacion de la sancion disciplinaria, la colaboracion prestada por el trabajador investigado que tenga como efecto evitar o disminuir las consecuencias de los hechos o conductas irregulares; De conformidad con lo establecido en los incisos d) y u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.Sustituyase el Articulo 46º del Reglamento Interno de Trabajo, con el siguiente texto: "Articulo 46º.- APLICACION DE LA SANCION DISCIPLINARIA La sancion disciplinaria sera determinada con criterio de justicia y se aplicara en forma proporcional a la naturaleza y gravedad de la falta cometida. Su aplicacion tendra en cuenta los antecedentes disciplinarios del trabajador. La falta sera tanto mas grave cuando mayor sea la jerarquia o nivel del trabajador. Tratandose de la comision de una misma falta por varios trabajadores, la SUNAT podra imponer sanciones diversas a todos ellos, en atencion a las circunstancias senaladas en el presente articulo y otros coadyuvantes. Se considera como un criterio de atenuacion en la aplicacion de la sancion a la colaboracion prestada por el trabajador investigado que tenga como efecto evitar o disminuir las consecuencias de los hechos o conductas irregulares. Los alcances del procedimiento de colaboracion deben ser regulados por el titular mediante Resolucion de Superintendencia. Las sanciones podran originarse, ademas, como resultado de la responsabilidad funcional del trabajador establecida por el Organo de Control Interno. La aplicacion de sanciones disciplinarias sera decidida por el Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos o el Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas para el personal que, de acuerdo con el organigrama de la Institucion, dependa de ellos, pudiendo desconcentrarse esta atribucion en el Intendente Nacional de Recursos Humanos. Tratandose de trabajadores que no dependen de ninguna de las Superintendencias Nacionales Adjuntas y que no son miembros del Comite de Alta Direccion, la Sancion disciplinaria a aplicar sera decidida por el Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos, pudiendo desconcentrarse esta atribucion en el Intendente Nacional de Recursos Humanos. Tratandose del personal miembro del Comite de Alta Direccion, la sancion disciplinaria a aplicar sera decidida por el Superintendente Nacional de Administracion Tributaria." Articulo 2º.- De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 039-91-TR, comuniquese a la Autoridad Administrativa de Trabajo la modificacion del Reglamento Interno de Trabajo para efectos de su aprobacion, y notifiquese a los trabajadores de acuerdo a ley. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e) 446509-1

Que, el articulo 114º del Texto Ordenado de Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13599-EF, establece los requisitos que debera reunir los trabajadores para acceder el cargo de Auxiliar Coactivo; Que, al culminar el vinculo laboral por renuncia del Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo, designada mediante Resolucion de Intendencia N° 1453N0000/2009-000186 (30.06.2009), se hace necesario dejar sin efecto su designacion y designar a MORDAZA Auxiliar Coactivo, para garantizar el normal funcionamiento de la Cobranza Coactiva; Que, el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que, la Decimo Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingreso mediante Concurso Publico; Que, el articulo 4º de la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004-SUNAT de fecha 23.09.2004, ha facultado al Intendente de Aduana Maritima del Callao, Intendente de Aduana Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendentes de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales, la facultad de designar a los Auxiliares Coactivos que ejerceran sus funciones en la Dependencia a la cual han sido designados; En uso de las facultades conferidas mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 226-2009/SUNAT de fecha 28.10.2009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la designacion como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo a la servidora que se indica a continuacion: MARITA LIZETH MORDAZA OJEDA. Articulo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo, al servidor que se indica a continuacion: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MENDOZA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Intendencia de Aduana de Mollendo 445736-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban "Procedimiento para la Supervision de la Calidad de Atencion Telefonica de las Empresas de Distribucion Electrica"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 305-2009-OS/CD MORDAZA, 28 de diciembre de 2009 VISTO: El Memorando Nº GFE-1580-2009 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo

Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo
RESOLUCION DE INTENDENCIA N° 145-3N0000/2010-000004 Mollendo, 11 de enero del 2010

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