Norma Legal Oficial del día 16 de Enero del año 2010 (16/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de enero de 2010

NORMAS LEGALES
PARAGRAFO

411303

Articulo 3º.- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­SENASA, a traves de la Direccion de Sanidad Animal, podra adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. GIEN F. HALZE MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

I. El certificado debera ser emitido en idioma espanol. II. A su llegada al Peru, el producto podra ser sometido a los controles y examenes que determine el SENASA. Los gastos de los cuales seran a cargo de los usuarios. III. Los presentes requisitos no exime del cumplimiento de las exigencias solicitadas por otras Instituciones competentes del Peru. ESTOS REQUISITOS SANITARIOS, DEBEN SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN CANADA, A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS SANITARIOS EMITIDOS POR LOS SERVICIOS VETERINARIOS INCLUYAN LAS EXIGENCIAS MORDAZA DESCRITAS DE NO COINCIDIR LA CERTIFICACION CON ESTOS REQUISITOS, LA MERCANCIA SERA DEVUELTA AL MORDAZA DE ORIGEN, SIN LUGAR A RECLAMO.

ANEXO I REQUISITOS SANITARIOS PARA LA IMPORTACION DE MORDAZA O MEDIAS MORDAZA O CARNE CON HUESO EN CORTES REFRIGERADA O CONGELADA DE LA ESPECIE BOVINA, PROCEDENTE DE CANADA El producto (Carne con hueso) estara amparado por un certificado sanitario expedido por la Autoridad Oficial Competente de Canada, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos: Que: 1. Canada es oficialmente libre de Peste Bovina, Fiebre del MORDAZA del Rift, Fiebre Aftosa sin vacunacion y Perineumonia Contagiosa Bovina. 2. Canada tiene implementado un programa de vigilancia activa de Encefalopatia Espongiforme Bovina (EEB) el cual cumple los estandares internacionales establecidos por la Organizacion Mundial de Sanidad Animal (OIE). 3. En Canada se encuentra prohibida la alimentacion de rumiantes con harinas de carne y hueso, y chicharrones de origen rumiante. 4. El producto procede de bovinos que no fueron aturdidos MORDAZA de ser sacrificados mediante inyeccion de aire o gas comprimido en la boveda craneana ni mediante corte de medula. 5. El producto procede de bovinos que han nacido y han sido criados en Canada; y estos han convivido con otros animales sin ninguna restriccion sanitaria. 6. El producto procede de animales nacidos despues del primero (1º) de enero de 2008. 7. El producto fue manipulado de manera tal que se asegura que no contienen y no han sido contaminados con los siguientes materiales: encefalo, craneo, ojos, ganglio trigemino, cordon MORDAZA, columna vertebral y ganglios de la raiz dorsal, amigdalas, intestinos desde el ileon hasta el recto y los mesenterios de bovinos de cualquier edad. 8. El producto fue manipulado de manera tal que no contiene y no ha sido contaminado con carne mecanicamente separada del craneo y de la columna vertebral de animales mayores a 30 meses de edad. 9. El producto procede de una planta de beneficio o procesamiento que tiene implementado el Sistema de Analisis de Peligros y Puntos Criticos de Control (HACCP) y esta oficialmente autorizado para la exportacion por la Autoridad Oficial Competente de Canada; y habilitado por el SENASA-Peru. 10. El establecimiento de donde deriva la carne y al menos en un area de 10 Km. a su alrededor, no esta ubicado en una MORDAZA bajo cuarentena o restriccion de la movilizacion de bovinos durante los sesenta (60) dias previos al embarque, por enfermedades bajo control del CFIA. 11. Los bovinos origen de la carne, fueron sometidos a inspeccion ante-mortem y post-mortem a cargo de un Inspector Federal de la Agencia Canadiense de Inspeccion de Alimentos, quien ademas ha comprobado que no han presentado signos ni lesiones compatibles con Fiebre Aftosa y Tuberculosis Bovina al momento de la inspeccion. 12. El producto deriva de bovinos que no han sido desechados o descartados en Canada, como consecuencia de un programa de erradicacion de una enfermedad bovina transmisible. 13. El producto es apto para el consumo humano, y se comercializa libremente en Canada. 14. El embarque fue sometido a inspeccion o verificacion por el Medico Veterinario Oficial Competente de Canada en el puerto de salida del pais.

ANEXO II REQUISITOS SANITARIOS PARA LA IMPORTACION DE CARNE DESHUESADA REFRIGERADA O CONGELADA DE LA ESPECIE BOVINA, PROCEDENTE DE CANADA El producto (Carne deshuesada) estara amparado por un certificado sanitario expedido por la Autoridad Oficial Competente de Canada, en el que conste el cumplimiento de los siguientes requisitos: Que: 1. Canada es oficialmente libre de Peste Bovina, Fiebre del MORDAZA del Rift, Fiebre Aftosa sin vacunacion y Perineumonia Contagiosa Bovina. 2. Canada tiene implementado un programa de vigilancia activa de Encefalopatia Espongiforme Bovina (EEB) el cual cumple los estandares internacionales establecidos por la Organizacion Mundial de Sanidad Animal (OIE). 3. En Canada se encuentra prohibida la alimentacion de rumiantes con harinas de carne y hueso, y chicharrones de origen rumiante. 4. El producto procede de bovinos que no fueron aturdidos MORDAZA de ser sacrificados mediante inyeccion de aire o gas comprimido en la boveda craneana ni mediante corte de medula. 5. El producto procede de bovinos que han nacido y han sido criados en Canada; y estos han convivido con otros animales sin ninguna restriccion sanitaria. 6. El producto fue manipulado de manera tal que se asegura que no contienen y no han sido contaminados con los siguientes materiales: encefalo, craneo, ojos, ganglio trigemino, cordon MORDAZA, columna vertebral y ganglios de la raiz dorsal, amigdalas, intestinos desde el ileon hasta el recto y los mesenterios de bovinos de cualquier edad. 7. El producto fue manipulado de manera tal que no contiene y no ha sido contaminado con carne mecanicamente separada del craneo y de la columna vertebral de animales mayores a 30 meses de edad. 8. El producto procede de una planta de beneficio o procesamiento que tiene implementado el Sistema de Analisis de Peligros y Puntos Criticos de Control (HACCP) y esta oficialmente autorizado para la exportacion por la Autoridad Oficial Competente de Canada; y habilitado por el SENASA-Peru. 9. El establecimiento de donde deriva la carne y al menos en un area de 10 Km. a su alrededor, no esta ubicado en una MORDAZA bajo cuarentena o restriccion de la movilizacion de bovinos durante los sesenta (60) dias previos al embarque, por enfermedades bajo control del CFIA. 10. Los bovinos origen de la carne, fueron sometidos a inspeccion ante-mortem y post-mortem a cargo de un Inspector Federal de la Agencia Canadiense de Inspeccion de Alimentos, quien ademas ha comprobado que no han presentado signos ni lesiones compatibles con Fiebre Aftosa y Tuberculosis Bovina al momento de la inspeccion. 11. El producto deriva de bovinos que no han sido desechados o descartados en Canada, como

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