Norma Legal Oficial del día 16 de Enero del año 2010 (16/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de enero de 2010

NORMAS LEGALES
· MORDAZA competitiva

411307

Contagiosa, Fiebre del MORDAZA del Rift, Septicemia Hemorragica, Perineumonia Contagiosa Bovina, Peste Bovina, Teileriosis (T parva, T mutans, Tbuffeli, T taurotragui, T orientalis, T annulata), Dermatofilosis, Encefalitis Japonesa, Lengua MORDAZA, Estomatitis Vesicular. 2. Los bovinos nacieron y se criaron en Canada. 3. Los bovinos han nacido a partir del primero (1º) de enero de 2008. 4. En Canada se encuentra prohibido la alimentacion de rumiantes con harinas de carne y huesos, o con chicharrones derivados de rumiantes ni con alimentos para animales (concentrados, balanceados, alimentos completos) que contengan proteinas de rumiantes. 5. En Canada se mantiene y se vigila la prohibicion de elaborar e importar alimentos con proteinas de rumiantes para uso en bovinos; y estas cumplen las medidas destinadas a evitar la contaminacion cruzada de los alimentos para animales. 6. En Canada se mantiene un sistema de vigilancia y seguimiento continuo para la Encefalopatia Espongiforme Bovina, segun lo determina el Codigo Sanitario de los Animales Terrestres de la Organizacion Mundial de Sanidad Animal. 7. Los bovinos han sido identificados previamente, mediante un sistema que asegura la permanecian de la identificacion, la edad y permita la localizacion del establecimiento y lugar de origen. 8. La explotacion de origen de los bovinos no esta ni estuvo bajo cuarentena por un caso diagnosticado de Encefalopatia Espongiforme Bovina (EEB), y estos animales han nacido y permanecido durante toda su MORDAZA en un rebano donde no se han diagnosticado casos de EEB. 9. El establecimiento de cuarentena se encuentran registrado y aprobado por la Autoridad Oficial Competente de Canada y habilitado por el SENASA-Peru. 10. La cuarentena se realizara durante por lo menos los treinta (30) dias previos al embarque, en la cual los bovinos no han presentado MORDAZA clinicos de enfermedades transmisibles; y esta se realizo bajo la observacion de un Medico Veterinario de la Autoridad Oficial Competente de Canada o acreditado por este. 11. El establecimiento de origen y al menos en un area de 10 Km a su alrededor, no estuvo bajo cuarentena o restriccion de la movilizacion en el momento de la cuarentena, al menos durante los sesenta (60) dias previos al embarque, por enfermedades bajo control del CFIA. 12. Los bovinos a exportar no han sido descartados o desechados en Canada, como consecuencia de una enfermedad bovina transmisible. 13. El establecimiento de origen (tachese la opcion que no corresponda): a. No mantiene otras especies de animales; o b. Mantiene otras especies de animales donde no se ha registrado: Peste de los Pequenos rumiantes, Viruela Ovina y Caprina, Brucelosis Caprina y Ovina, Fiebre Catarral Maligna y Brucelosis porcina segun sea el caso. 14. LEPTOSPIROSIS Los bovinos han recibido un tratamiento con un antimicrobiano de accion especifica contra Leptospira, aprobado por Canada (indicar el nombre del antimicrobiano, la dosis usada, frecuencia del tratamiento y via de administracion). 15. RABIA MORDAZA a. Los bovinos han permanecido durante los seis (6) meses anteriores al embarque en una explotacion en la que no fue registrado ningun caso de Rabia durante por lo menos, los doce (12) meses anteriores al embarque; y b. Los bovinos han sido vacunados no mas de seis (6) meses MORDAZA de ingresar a la cuarentena y revacunados durante la cuarentena, con productos autorizaos por la Autoridad Oficial Competente de Canada. 16. BRUCELOSIS BOVINA Los bovinos han permanecido en un rebano libre de Brucelosis bovina segun lo define el Codigo de los Animales Terrestres de la OIE vigente, y resultaron negativos a: · Dos (02) pruebas de Antigeno tamponado, o

Efectuadas con intervalos de quince (15) dias, durante los treinta (30) dias anteriores al embarque (estas pruebas no se consideraran validas cuando se haga en hembras que hayan parido durante los catorce (14) dias MORDAZA de su ejecucion). 17. RINOTRAQUEITIS INFECCIOSA BOVINA/ VULVOVAGINITIS PUSTULAR ( tachese la opcion que no corresponda) a. Los bovinos han sido vacunados con una vacuna inactivada, no menos de un mes y no mas de seis meses, MORDAZA del embarque; o b. Los bovinos no han sido vacunados y resultaron negativos durante la cuarentena a una prueba de: · Neutralizacion de virus; o · MORDAZA de bloqueo efectuada a partir de una muestra sanguinea tomada durante la cuarentena. 18. CAMPILOBACTERIOSIS GENITAL BOVINA a. Los bovinos machos que se han utilizado para monta natural y aquellos que hayan montado a hembras no virgenes, resultaron negativos a una prueba de: · Aislamiento o identificacion del agente en medios de cultivo, o · Inmunofluorescencia directa de muestras prepuciales y de semen. Y b. Los bovinos hembras fueron sometidas con resultado negativo a las pruebas de: · Aislamiento o identificacion del agente en medios de cultivo; · Inmunofluorescencia directa de muestras de moco vaginal o cervicovaginal. 19. TRICOMONIASIS a. Los bovinos machos que se han utilizado para monta natural y aquellos que hayan montado a hembras no virgenes, resultaron negativos al examen microscopico directo y el cultivo de muestras prepuciales. Y b. Los bovinos hembras que hayan sido montadas resultaron negativas al examen microscopico directo y el cultivo de mucus vaginal. 20. TUBERCULOSIS (tachese la opcion que no corresponda) a. Los bovinos fueron aislados durante los tres (3) meses anteriores al embarque y resultaron negativos a dos pruebas de tuberculina bovina PPD, en la tabla del cuello con tuberculina bovina, efectuadas con no menos de sesenta (60) dias de intervalo (Diferencia < o = a 2 mm entre dos lecturas hechas con intervalos de sesenta y dos horas); o b. Los bovinos proceden de un predio oficialmente libre y dieron resultados negativos (Diferencia < o = a 2 mm entre dos lecturas hechas con intervalos de sesenta y dos horas) a una prueba de tuberculina en la tabla del cuello con tuberculina bovina PPD, efectuada durante los treinta (30) dias previos al embarque. 21. LEUCOSIS BOVINA a. Los bovinos permanecieron en un rebano en el que ningun animal presento signos de Leucosis Bovina Enzootica en los examenes clinicos, las necropsias o las pruebas de diagnostico para la deteccion de la enfermedad, durante los ultimos dos anos previos al embarque; y b. Todos los animales mayores de 24 meses resultaron negativos a dos pruebas de diagnostico efectuadas a partir de muestras sanguineas que se tomaron con un intervalo minimo de cuatro (4) meses durante los doce (12) meses; o fueron introducidas en una unidad de aislamiento

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