Norma Legal Oficial del día 21 de Enero del año 2010 (21/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de enero de 2010

5. Concluido el acto de destruccion, los participantes suscriben el acta elaborada por el Notario o por el Juez de Paz, el cual debe contener como minimo la siguiente informacion: lugar, fecha, hora de inicio y termino del acto de destruccion, el numero de resolucion que la autoriza y la cual contiene la relacion de mercancias a destruir, el peso al ser retiradas del almacen, el peso al ingresar al lugar de destruccion, siempre y cuando dicho lugar cuente con balanza; asi como las incidencias que se hubieran presentado. La Comision de Destruccion adjunta MORDAZA fotograficas de los aspectos resaltantes del acto, salvo que en los lugares en que se ejecuta dicho acto existan restricciones al respecto. 6. Los residuos de las mercancias inutilizadas son entregados al Area Responsable para su disposicion conforme a lo establecido en el articulo 180º de la Ley General de Aduanas, estas mercancias mantienen la situacion legal de las mercancias que fueron destruidas originalmente. 7. Todos los actuados que sustentan el acto de destruccion son derivados al Area Responsable a fin que actualicen la informacion del MCA. 8. En el caso de mercancias en situacion de abandono legal o abandono voluntario con destinacion aduanera, el Area Responsable comunica al area competente sobre la ejecucion de la destruccion de dichas mercancias, a fin que con respecto a ellas se determine la extincion de la obligacion tributaria aduanera en aplicacion del articulo 154° de la Ley General de Aduanas. Dicha comunicacion se realiza dentro del plazo de tres (03) dias habiles siguientes a la ejecucion del acto de destruccion. 9. El jefe del Area Responsable remite a la Oficina de Control Interno, via memorandum electronico del SIGED, MORDAZA escaneada del acta que elaboro el Notario, Juez de Paz o la Comision de Destruccion, segun corresponda. Dicha remision se realiza dentro del plazo de tres (03) dias habiles siguientes de recibida el acta. E. DEL ACTO DE DESTRUCCION DE MERCANCIAS EN LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SOLIDOS DE GESTION NO MUNICIPAL DE LA SUNAT 1. No se requerira la presencia del Notario Publico en el acto de destruccion de ropa y calzado deteriorados, de alimentos no aptos para su consumo y de mercancias que se prevea que el acto de destruccion supere las ocho (08) horas de ejecucion en las Plantas de Tratamiento de Residuos Solidos de Gestion No Municipal con que cuenta la SUNAT. 2. Para la destruccion de las mercancias a que se refiere el numeral anterior, la Comision de Destruccion realiza las siguientes acciones, sin perjuicio de las demas disposiciones que debe cumplir de acuerdo con el presente procedimiento: a) Comunica al encargado del manejo de la Planta de Tratamiento de Residuos Solidos de Gestion No Municipal la cantidad, descripcion y peso de las mercancias a destruir, a fin que gestione el apoyo logistico necesario para la ejecucion del acto de destruccion. b) Uno o mas de los integrantes de la Comision de Destruccion:

- Recibe del Area Responsable las mercancias que estimen destruir en el dia y las entrega al encargado del manejo de la Planta de Tratamiento de Residuos Solidos de Gestion No Municipal. - Supervisa el acto de destruccion, para ello lleva un registro diario de dichas operaciones. c) Elabora el Acta Final de Destruccion de Mercancias el cual debe contener como minimo la informacion siguiente: lugar, fecha, hora de inicio y termino del acto de destruccion, el numero de resolucion que autoriza dicho acto y la cual contiene la relacion de mercancias a destruir, el peso al ser retiradas del almacen, el peso de ingreso al lugar de destruccion, numero de bultos, peso del material residual resultante y las incidencias que se hubieran presentado. El acta debe ser suscrita por los integrantes de la comision y los participantes en el acto de destruccion. 3. El jefe del Area Responsable remite a la Oficina de Control Interno, via memorandum electronico del SIGED, MORDAZA escaneada del Acta Final de Destruccion de Mercancias. Dicha remision se realiza dentro del plazo de tres (03) dias habiles siguientes de recibida el acta. 4. Siempre que corresponda, seran de aplicacion las demas disposiciones del presente procedimiento en todo lo no regulado para la destruccion de mercancias en la planta de tratamiento de residuos solidos de gestion no municipal de la SUNAT. F. DEL PAGO DEL VALOR DE LAS MERCANCIAS DESTRUIDAS 1. Cuando corresponda, el Intendente de Aduana o el Intendente Nacional de Administracion mediante resolucion autorizan: - El pago del valor del avaluo de las mercancias destruidas mas los intereses legales, en aplicacion del MORDAZA parrafo del articulo 180° de la Ley General de Aduanas, o - El pago del monto de la tasacion del avaluo y los intereses devengados, en aplicacion del articulo 27° de la Ley de los Delitos Aduaneros. 2. La Resolucion que autoriza el pago contiene como minimo la informacion siguiente: - Nombre del propietario de la mercancia; - Valor de las mercancias; - Tasa de Interes Legal en moneda extranjera aplicable; - Calculo de los intereses devengados; - MORDAZA de Cambio aplicable a la fecha de emision del informe que sustenta el calculo efectuado para el pago de avaluo e intereses devengados; y, - Valor total en nuevos soles, a ser pagado al propietario de las mercancias dispuestas. 3. La Resolucion que autoriza el pago debe ser notificada directamente a la Direccion Nacional de Tesoro Publico a efectos de su atencion, remitiendo MORDAZA de la misma a la Division de Contabilidad General de la Intendencia Nacional de Administracion para el registro contable respectivo.

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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