Norma Legal Oficial del día 02 de Febrero del año 2010 (02/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, martes 2 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

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Articulo 7.- Atributos personales Los atributos personales que se consideraran para la evaluacion de los postulantes seran los siguientes: i) No tener antecedentes penales ni policiales, para lo cual se debera adjuntar los certificados respectivos. ii) Contar con las condiciones fisicas y mentales requeridas para el ejercicio de las labores a ser encomendadas. La verificacion de la competencia en lo referente a las condiciones fisicas y mentales se realizara mediante entrevista u otros metodos de evaluacion que permitan determinar si el postulante cuenta con los atributos requeridos para elaborar Planes de Contingencia y Estudios de Riesgo en las Actividades de Hidrocarburos. Articulo 8.- Conocimientos en las Actividades de Hidrocarburos Para las categorias A y B establecidas en el articulo 4º de la presente MORDAZA, los postulantes deberan contar, como minimo, con los siguientes conocimientos basicos, segun corresponda: a) Exploracion b) Perforacion y Produccion c) Transportes y Almacenamiento d) Procesamiento y Refinacion e) Distribucion de Hidrocarburos f) Medio Ambiente Articulo 9.- Conocimientos en Seguridad Industrial Para las categorias A y B establecidas en el articulo 4º de la presente MORDAZA, los postulantes deberan contar, como minimo, con los siguientes conocimientos basicos, segun corresponda: a) Aspectos generales del diseno y funcionamiento de las plantas b) Riesgos fisicos, quimicos, biologicos, radiologicos, etc. c) Equipo de proteccion personal (EPP) d) Entornos de riesgo especiales e) Seguimiento de accidentes y enfermedades Articulo 10.- Conocimientos en Evaluacion de Riesgos Para las categorias A y B establecidas en el articulo 4º de la presente MORDAZA, los postulantes deberan contar, como minimo, con los siguientes conocimientos basicos, segun corresponda: a) La identificacion de peligros b) Estimacion de los peligros c) Metodologias de Analisis de Riesgos d) Evaluacion de riesgos de accidentes e) Evaluacion de los riesgos ambientales y los derivados de la organizacion del trabajo. Articulo 11.- Naturaleza de los requerimientos Los listados enunciados en los articulos 8º, 9º y 10º de la presente MORDAZA, vinculados a los conocimientos requeridos a los postulantes, no tienen caracter taxativo y constituyen los requerimientos minimos que para cada actividad deberan cumplir los postulantes. De estimarlo pertinente, el Organismo de Certificacion de Personas se encuentra facultado a ampliar los requerimientos minimos MORDAZA mencionados. CAPITULO II PROCEDIMIENTO Articulo 12.- Aspectos Generales Los Organismos de Certificacion de Personas deberan publicar en uno de los diarios de mayor circulacion en el territorio nacional o en su pagina web cuando corresponda, las etapas del procedimiento de evaluacion, el plazo de duracion de las mismas, asi como el plazo MORDAZA en que deberan ser atendidas las solicitudes de los postulantes. El procedimiento de evaluacion comprende las etapas de admision, evaluacion de solicitudes, publicacion de resultados y la de emision de Certificados de Competencia Tecnica.

Articulo 13.- Procedimiento de Evaluacion Una vez presentada la solicitud, conforme el modelo contemplado en el Anexo A del presente procedimiento, el Organismo de Certificacion de Personas debera evaluar los criterios senalados en los numerales i) y ii) del articulo 5º de la presente norma; y, pronunciarse sobre la aptitud del postulante. De encontrarse el postulante apto, el Organismo de Certificacion de Personas debera proceder a la evaluacion de conocimientos; y, de aprobar la referida evaluacion, el postulante pasara a una entrevista personal luego de la cual el Organismo de Certificacion de Personas debera emitir un Informe pronunciandose sobre la procedencia de la solicitud presentada. Sobre la base del Informe MORDAZA mencionado el Organismo de Certificacion de Personas debera emitir un Certificado de Competencia Tecnica, documento con el cual los profesionales competentes podran solicitar su inscripcion en el Registro de Profesionales Expertos en elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para Actividades de Hidrocarburos. Articulo 14.- Certificado de Competencia Tecnica El Certificado de Competencia Tecnica, emitido siguiendo el modelo establecido en el Anexo B del presente procedimiento, tendra una vigencia de dos (2) anos. Dicho documento se otorgara para algunas o todas las actividades de hidrocarburos correspondientes a las categorias A, B y C del Anexo A del Procedimiento de Inscripcion en el Registro de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia para Actividades de Hidrocarburos, aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 667-2008-OS/CD. ANEXO A SOLICITUD
La informacion y documentacion aqui solicitada sera utilizada en el procedimiento de evaluacion de los profesionales y sera tratada de manera confidencial por el Organismo de Certificacion de la Competencia Tecnica de Profesionales Expertos en Elaborar Estudios de Riesgos y Planes de Contingencia1. 1. DATOS PERSONALES 1.1 Nombre completo: 1.2 Fecha de nacimiento: 1.3 Nacionalidad: 1.4 Domicilio: -Codigo postal: -Pais: -Telefono: -Fax (*): -Correo electronico: 1.5 Empleo actual: -Nombre de la empresa: -Direccion: -Telefono: -Fax (*): -Correo electronico: 1.6 Idioma: 1.7 Categoria a la que postula: CATEGORIA A CATEGORIA B

Nota: (*): Colocar una linea en el espacio si no cuenta con esta informacion 2. FORMACION 2.1 Formacion profesional (educacion tecnica/universitaria/postgrado). Describa claramente su formacion profesional y grado y/o titulo (s) obtenido (s).

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