Norma Legal Oficial del día 02 de Febrero del año 2010 (02/02/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 46

412624

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 2 de febrero de 2010

De las 44 municipalidades declaradas con viabilidad tecnica y funcional mediante Resolucion Viceministerial Nº 0046-2008-ED9, 37 fueron acreditadas por la Secretaria de Descentralizacion para la transferencia presupuestal y, mediante el Decreto de Urgencia Nº 044-200910 y los Decretos Supremos N° 130 y 201-2009-EF11 solo se efectivizo la transferencia presupuestal respecto de 35 de estas municipalidades. De la transferencia presupuestal efectuada corresponde, aproximadamente 96%, al rubro de personal y gastos sociales, y 3% al rubro de bienes y servicios, el cual, en algunos casos, no se adecua a la realidad y a las necesidades de las municipalidades, lo cual podria dificultar el cumplimiento de sus obligaciones, como el control de la asistencia y permanencia docente, especialmente en aquellas municipalidades con reducido presupuesto, numerosas IE en su jurisdiccion, y dificil acceso a estas. De la revision de los Informes Situacionales emitidos por 33 municipalidades en el MORDAZA del MORDAZA de acreditacion, se advirtio que todas las municipalidades se declararon "aptas" para su acreditacion y transferencia presupuestal. Sin embargo, en visitas de supervision posteriores, la Defensoria del Pueblo constato que, al 30 de septiembre del 2009, aun no se instalaban los programas informaticos para el manejo de personal y elaboracion de las planillas de pago, como son el Sistema Unico de Planillas (SUP) y el Sistema de Control y Administracion de Plazas (NEXUS), considerados como requisitos especificos para la transferencia presupuestal. Asi, las municipalidades se declararon "aptas" y fueron acreditadas sin cumplir con las condiciones minimas para la ejecucion del presupuesto transferido que, en su mayor parte, esta vinculado al pago de planillas. En la practica, las 35 municipalidades con transferencia presupuestal cuentan con el presupuesto, sin embargo, las UGEL continuan elaborando las planillas y a cargo de la gestion del personal docente y administrativo, en algunos casos mediante la suscripcion de convenios de cooperacion con las municipalidades y, en otros casos, solo sobre la base de un acuerdo verbal con estas. Al 30 de noviembre de 2009, se observo que aun no concluia la transferencia de los estados contables ni del acervo documentario correspondiente a las instituciones educativas que forman parte del Plan Piloto. Debido a ello, algunas municipalidades establecieron mecanismos para dar continuidad a los tramites de personal. Asi, por ejemplo, en el caso de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA (Lima), las resoluciones de personal son emitidas por las UGEL y ratificadas por la municipalidad. La falta de instalacion de los programas informaticos, asi como la demora en la transferencia de los estados contables y del acervo documentario, o su transferencia parcial, genera dificultades en la administracion del personal en las municipalidades del Plan Piloto, lo cual afecta directamente los derechos del personal docente y administrativo y, consecuentemente, podria afectar la prestacion del servicio educativo y el derecho a la educacion de los ninos, ninas y adolescentes. Considerando que el Ministerio de Educacion priorizo la transferencia administrativa, las actividades de capacitacion realizadas por las diferentes areas del ministerio se circunscribieron a la gestion administrativa. Sin embargo, teniendo en cuenta que la gestion educativa implica tanto el aspecto administrativo como el pedagogico, es importante que en la implementacion del Plan Piloto, ademas de la participacion del Vice Ministerio de Gestion Institucional, se incluya al Vice Ministerio de Gestion Pedagogica pues la mejora de la calidad de la educacion depende de la participacion conjunta de MORDAZA instancias pertenecientes al Ministerio de Educacion. Asimismo, esta pendiente dotar de mayor precision y orden en lo referente a la transferencia de competencias y funciones a las municipalidades en el MORDAZA del Plan Piloto. Esto se expresa principalmente en los siguientes aspectos: b.1 En las resoluciones de acreditacion de la Secretaria de Descentralizacion no se define con claridad a que funcion especifica del articulo 82º de la Ley Organica de Municipalidades se vincula la transferencia presupuestal, sobre todo considerando que esta se encuentra relacionada con la gestion administrativa y que, de acuerdo con la Ley General de Educacion, esta recae en los gobiernos regionales, a traves de las UGEL, y no en las municipalidades.

b.2 Mediante Resolucion Nº 050-2009-PCM/SD12, la Secretaria de Descentralizacion MORDAZA el MORDAZA de transferencia de competencias, funciones y recursos a las municipalidades que se incorporen en el Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa. Sin embargo, esta resolucion no contempla el caso de las 37 municipalidades que solo fueron acreditadas para la transferencia de la gestion administrativa y no para la gestion pedagogica e institucional. b.3 En la regulacion de la Secretaria de Descentralizacion no se ha tomado en consideracion que muchas de las funciones a ser transferidas a las municipalidades corresponden a las Direcciones Regionales de Educacion (DRE) y a las UGEL, instancias de los gobiernos regionales. Por lo tanto, corresponderia a los gobiernos regionales cumplir un rol protagonico en la transferencia de competencias y funciones. Con la finalidad de contribuir a una armonica y adecuada implementacion del Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa, que garantice la mejora de la calidad de la educacion. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Informe Defensorial N° 148, denominado "Primera supervision del Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa: aportes para su implementacion", elaborado por el Programa de Descentralizacion y Buen Gobierno de la Adjuntia para la Administracion Estatal de la Defensoria del Pueblo. Articulo Segundo.- Respecto a la distribucion de competencias y funciones en materia de educacion entre los tres niveles de gobierno. 1. RECOMENDAR al Ministerio de Educacion presentar a la brevedad posible su proyecto de Ley de Organizacion y Funciones, precisando las funciones compartidas que le corresponde asumir, para su aprobacion por el Congreso de la Republica. 2. RECOMENDAR al Ministerio de Educacion la elaboracion de la Matriz de Delimitacion de Competencias y Distribucion de Funciones, tomando en consideracion las normas sectoriales en concordancia con la Ley Organica de Gobiernos Regionales y la Ley Organica de Municipalidades, asi como su aprobacion, previa consulta con los gobiernos regionales y locales, conforme con lo regulado en el Decreto Supremo Nº 049-2009-PCM. Articulo Tercero.- Respecto al Plan Municipalizacion de la Gestion Educativa. de

3. EXHORTAR a la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros promover mayor concertacion entre el Ministerio de Educacion, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para la implementacion del Plan de Municipalizacion de la Gestion Educativa. 4. RECOMENDAR al Ministerio de Educacion y a la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros que al elaborar los lineamientos para la etapa de expansion, conforme a lo regulado en el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, se MORDAZA como punto de partida una evaluacion integral de la etapa inicial (Plan Piloto) sobre criterios e indicadores que permitan identificar los resultados y las dificultades iniciales, a fin de superarlas y perfeccionar progresivamente el Plan de Municipalizacion. 5. RECOMENDAR al Ministerio de Educacion definir, en coordinacion con los gobiernos locales, el rol del CEM en las municipalidades, tomando en consideracion lo regulado en la Ley Organica de Municipalidades. Asimismo, definir el mecanismo para su conformacion, garantizando la representatividad de todas las instituciones educativas de la jurisdiccion.

9 10

11

12

Resolucion Viceministerial Nº 0049-2008-ED de fecha 18 de MORDAZA de 2008. Decreto de Urgencia Nº 044-2009, publicado en el diario oficial El Peruano el 9 de MORDAZA de 2009. Decreto Supremo Nº 130-2009-EF, publicado en el diario oficial El Peruano el 10 de junio de 2009, y Decreto Supremo Nº 201-2009-ED, publicado en el diario oficial El Peruano el 17 de septiembre de 2009. Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 050-2009-PCM/SD publicada en el diario oficial El Peruano el 4 de noviembre de 2009.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.