Norma Legal Oficial del día 05 de Febrero del año 2010 (05/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 5 de febrero de 2010

4. Para efecto de lo dispuesto en el presente articulo, el concesionario presentara una Declaracion de Impacto Ambiental. Articulo 2°.- Supervision de las instalaciones Las obras que se ejecuten conforme a la presente MORDAZA seran supervisadas por OSINERGMIN, en una primera etapa conforme al programa de construccion. Sin perjuicio de lo indicado, luego de concluirse las obras de construccion OSINERGMIN debera verificar el cumplimiento de todas las exigencias de las normas aplicables en cada sub sector y las relacionadas con la conservacion y proteccion del ambiente, las exigencias contempladas en el respectivo contrato de concesion o autorizacion y las demas normas que correspondan. Articulo 3°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de febrero del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 454691-2

Aprueban modificacion del Contrato de Concesion N° 109-97
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 057-2010-MEM/DM MORDAZA, 29 de enero de 2010 VISTO: El Expediente N° 18178309, organizado por Sociedad Minera MORDAZA S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11377593 del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA, sobre modificacion de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Huanchor; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema N° 150-97-EM, de fecha 05 de diciembre de 1997, se otorgo a favor de Compania Minera MORDAZA MORDAZA S.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Huanchor, con una potencia instalada de 16,2 MW, ubicada en el departamento de MORDAZA, en la MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente N° 11076797, aprobandose asimismo el Contrato de Concesion N° 109-97; Que, la concesion a que se hace referencia en el considerando que antecede fue transferida a favor de Huanchor Hydro S.A. en virtud de la Resolucion Suprema N° 096-98-EM, publicada el 23 de setiembre de 1998, asumiendo los derechos y obligaciones que emanan del Contrato de Concesion N° 109-97; Que, mediante la Resolucion Suprema N° 163-2001-EM, publicada el 25 de octubre de 2001, se aprobo la transferencia de la concesion definitiva para realizar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Huanchor a favor de Sociedad Minera MORDAZA S.A.; Que, el 19 de agosto de 2009, mediante el documento con registro de ingreso Nº 1915524, Sociedad Minera MORDAZA S.A. solicito la modificacion de su concesion definitiva para incorporar a los bienes de dicha concesion un tunel de drenaje, necesario para el regular funcionamiento de la Central Hidroelectrica Huanchor; Que, el 02 de MORDAZA de 2008, fue publicado el Decreto Legislativo Nº 1002, en cuyo articulo 3° se establecio que la generacion hidraulica, es calificada como Recurso Energetico Renovable, siempre que la capacidad instalada no sobrepase los 20 MW, para cuyo efecto la Primera Disposicion Modificatoria del citado Decreto modifico los articulos 3°, 4° y 38° de la Ley de Concesiones Electricas en los siguientes aspectos: a) se incorporo el derecho electrico de concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables, con potencia instalada mayor de 500 kW, b) se elimino del articulo

4° la autorizacion para centrales hidroelectricas, y c) el tramite de aprobacion de una concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables con capacidad de 500 kW a 20 MW, quedo sujeto al procedimiento correspondiente al de una autorizacion; Que, tomando en consideracion los cambios sufridos en la normatividad electrica y la solicitud de Sociedad Minera MORDAZA S.A. para adecuar su concesion a dichos cambios, la Direccion General de Electricidad ha procedido a encauzar su solicitud de modificacion de concesion dentro del procedimiento correspondiente al de una concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables para la Central Hidroelectrica Huanchor, con una potencia instalada de 16,2 MW, asignandole como MORDAZA codigo de Expediente el N° 18178309; Que, la peticionaria ha presentado una Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38° de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en los articulos 3° y 38º del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, concordado con el articulo 66° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, ha emitido el Informe N° 305-2009-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas, y el articulo 66° de su Reglamento, y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1002; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la modificacion del Contrato de Concesion N° 109-97, el mismo que queda sustituido por un contrato de concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica Huanchor, que consta de 19 Clausulas y 5 Anexos. Articulo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, la Minuta de modificacion al Contrato de Concesion N° 109-97, aprobada en el articulo precedente, y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 3°.- La Central Hidroelectrica Huanchor entro en operacion comercial MORDAZA del 03 de MORDAZA de 2008. Articulo 4°.- El texto de la presente Resolucion Ministerial debera insertarse en la Escritura Publica que origine la modificacion al Contrato de Concesion N° 10997, en cumplimiento del articulo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5°.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion; y, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 452648-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la PNP en retiro a MORDAZA para ser sometido a tratamiento medico quirurgico especializado
RESOLUCION SUPREMA Nº 015-2010-IN MORDAZA, 4 de febrero de 2010

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