Norma Legal Oficial del día 11 de Febrero del año 2010 (11/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES
DECRETA:

413617

comentarios de la ciudadania en general por un plazo de treinta (30) dias calendario; Que, el Decreto de Urgencia Nº 121-2009 prioriza la promocion de la inversion privada de diversos proyectos, de asociaciones publico privadas y concesiones de obras publicas de infraestructura y de servicios publicos en el ano 2010, dentro de los cuales se ha considerado en el numeral 19. del articulo 1 al Puerto de Yurimaguas; Que, mediante Informe Nº 014-2010-MTC/13 de fecha 27 de enero de 2010, la Direccion General de Transporte Acuatico senalo que durante el plazo de publicacion dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 800-2009MTC/01, ha sido observada el area de desarrollo portuario de la MORDAZA de San MORDAZA de Marcona, no habiendo sido levantada aun dicha observacion; Que, mediante Oficio V. 200-0441, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA comunico al Director General de Transporte Acuatico que dicha Institucion Armada considera inviable la desafectacion como areas reservadas para la Defensa Nacional de algunas de las areas propuestas debido a las discrepancias y consecuencias futuras que se pueden ocasionar, ya que se trata de MORDAZA extensiones que encierran por completo, en algunos casos, bahias, salvo que se precise la desafectacion de areas puntuales que no hayan sido concesionadas y/o reservadas con anterioridad, no habiendo formulado observacion respecto de Nueva Reforma por cuanto la misma no cuenta con afectacion alguna; Que, por lo anteriormente expuesto, mediante Informe Nº 016-2010-MTC/13, de fecha 08 de febrero de 2010, la Direccion General de Transporte Acuatico ha recomendado la modificacion del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, incluyendo unicamente a la localidad de Nueva Reforma, ubicada en el distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 24) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, en la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional, modificada por Decreto Legislativo Nº 1022, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y modificado por los Decretos Supremos Nº 041-2007-MTC y 027-2008MTC; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

Articulo 1º.- Modificacion del Plan Nacional de Desarrollo Portuario Incorporese al numeral 4.2.1.1 del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2005-MTC, y modificado con los Decretos Supremos Nº 011-2008-MTC, Nº 014-2008-MTC, Nº 0462008-MTC, Nº 004-2009-MTC, Nº 018-2009-MTC, Nº 0192009-MTC, Nº 021-2009-MTC, Nº 040-2009-MTC y Nº 007-2010-MTC, el area de desarrollo portuario ubicada en C. Localidad de Nueva Reforma ­ distrito de Yurimaguas ­ provincia de Alto Amazonas ­ departamento de MORDAZA, segun lo senalado en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Publicacion La modificacion al Plan Nacional de Desarrollo Portuario, contenida en el presente Decreto Supremo, debera ser publicada en el MORDAZA institucional de la Autoridad Portuaria Nacional y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 14 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y modificado por los Decretos Supremos Nºs. 041-2007-MTC y 027-2008-MTC. Articulo 3º.- Derogatoria Deroguense todas las disposiciones del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2005-MTC, y modificado con los Decretos Supremos Nº 011-2008-MTC, Nº 014-2008-MTC, Nº 046-2008-MTC, Nº 004-2009-MTC, Nº 018-2009-MTC, Nº 019-2009-MTC, Nº 021-2009-MTC, Nº 040-2009-MTC y Nº 007-2010MTC, en lo que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de febrero del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO 4.2.1.1 Calificacion y delimitaciones de areas de desarrollo portuario en el territorio nacional

C. Localidad de Nueva Reforma, distrito de Yurimaguas, provincia del Alto Amazonas, departamento de Loreto:

AREA DE DESARROLLO PORTUARIO EN NUEVA REFORMA COORDENADAS DATUM WGS84 Vertices A B C D E F G H I UTM MORDAZA 18 Sur ESTE (X) 370172.8345 371172.0185 371701.0408 372516.7892 372821.2494 372664.5210 371472.6028 370943.5805 369816.6131 NORTE (Y) 9354337.1817 9353449.7782 9353207.8616 9352756.8244 9352695.3240 9352305.6749 9352708.3141 9352950.2306 9353912.9319 GEOGRAFICAS LATITUD SUR 05º50'24.31722" 05º50'53.27874" 05º51'01.19118" 05º51'15.93169" 05º51'17.95446" 05º51'30.63111" 05º51'17.44120" 05º51'09.52868" 05º50'38.10662" LONGITUD OESTE 76º10'21.68313" 76º09'49.25618" 76º09'32.07193" 76º09'05.57883" 76º08'55.68364" 76º09'0.80550" 76º09'39.53289" 76º09'56.71723" 76º10'33.29381" OBSERVACIONES El tramo AB es linea recta El tramo BC es linea recta El tramo CD es linea recta El tramo DE es linea recta El tramo EF es linea recta El tramo FG es linea recta El tramo GH es linea recta El tramo HI es linea recta El tramo IA es linea recta

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