Norma Legal Oficial del día 12 de Febrero del año 2010 (12/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

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publico del predio de propiedad del Estado de 201.42 m², ubicado en el Pueblo Joven MORDAZA MORDAZA, Lote TOP1, Grupo Residencial 1, distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29151 se creo el Sistema Nacional de Bienes Estatales como el conjunto de organismos, garantias y normas que regulan, de manera integral y coherente, los bienes estatales, en sus niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, a fin de lograr una administracion ordenada, simplificada y eficiente de los bienes del Estado; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, en aplicacion de lo dispuesto en la Ley N° 29151, el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA modificado por Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y el Ente Rector responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion estan a su cargo, y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social. Que, el Estado es propietario del predio de 201.42 m², ubicado en el Pueblo Joven MORDAZA MORDAZA, Lote TOP1, Grupo Residencial 1, distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº P03144387 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP N° 3014, correspondiente al departamento de Lima; Que, el citado predio es un lote destinado al Sector Salud, por lo que de conformidad con el literal a) numeral 2.2 del articulo 2° del Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA, constituye un bien de dominio publico; Que, mediante titulo de afectacion en uso de fecha 19 de junio de 1999, la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal (hoy Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI) afecto en uso un area de mayor extension de 566.00 m², a favor del Ministerio de Salud, para que lo destine al desarrollo especifico de sus funciones: Topico Nº 1; Que, mediante Resolucion Nº 140-2008/SBN-GOJAR, de fecha 20 de agosto de 2008, se dispone la inscripcion de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN y se declara la extincion de la afectacion en uso, respecto del area MORDAZA referida, por incumplimiento y/o desnaturalizacion de su finalidad; Que, el articulo 43° del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectacion de un bien de dominio publico, procedera cuando MORDAZA perdido la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico y debera ser aprobada por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, excepcionalmente, a solicitud de la entidad previo informe sustentatorio, la SBN procedera a aprobar la desafectacion de los predios de dominio publico; Que, de acuerdo a la inspeccion tecnica de fecha 03 de febrero de 2010, efectuada por personal de esta Superintendencia, se ha verificado que en un area aproximada de 20.00 m², se encuentra ocupada por terceros, dedicados a la venta de lubricantes, en un puesto con muros de ladrillo; asimismo, el resto del predio se encuentra libre de edificaciones con material liviano desmontable, por lo que podemos concluir que no cumple un uso publico o se encuentra destinado al servicio publico; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal l) del articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado mediante Resolucion N° 315-2001/ SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente; Que, estando a los fundamentos senalados en el Informe Tecnico Legal N° 0052-2010/SBN-GO-JAD de fecha 04 de febrero de 2010, corresponde declarar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio MORDAZA descrito; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29151 y su reglamento Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA,

Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Resolucion Nº 315-2001/SBN y Resolucion N° 066-2009/SBN; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio de propiedad del Estado de 201.42 m², ubicado en el Pueblo Joven MORDAZA MORDAZA, Lote TOP1, Grupo Residencial 1, distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº P03144387 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP N° 3014, correspondiente al departamento de MORDAZA, a fin que se incorpore al dominio privado del Estado. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion procedera a inscribir lo resuelto en el Articulo primero y segundo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adjudicaciones Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 456326-1

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Aceptan renuncia de Gerente General de OSITRAN
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 006-2010-PD-OSITRAN MORDAZA, 2 de febrero de 2010 VISTO: La Carta de fecha 1 de febrero del 2010, presentada por la Gerencia General, la cual contiene la renuncia formulada por el Gerente General Senor economista MORDAZA MORDAZA Cordova. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Nº 041-2008-PDOSITRAN-, del 09 de diciembre del 2008, se designo al Senor economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Gerente General del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico ­ OSITRAN; Que, con fecha 1 de febrero de 2010, el mencionado funcionario ha formulado su renuncia irrevocable al cargo que venia desempenando; Que, en consecuencia resulta conveniente aceptar la renuncia formulada; Que, el literal g) del articulo 56º del Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nº 057-2006-PCM y 046-2007-PCM, establece que corresponde al Presidente del OSITRAN, nombrar y remover al Gerente General, asi como aprobar a propuesta de este la contratacion de los gerentes, su promocion, suspension y remocion, informando de dichas acciones al Consejo Directivo; Que, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y remocion de funcionarios publicos, senala que mediante Resolucion del Titular de la Entidad se acepta la renuncia de los funcionarios con cargos de confianza;

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