Norma Legal Oficial del día 12 de Febrero del año 2010 (12/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de febrero de 2010

· Por vencimiento del plazo · Por mutuo acuerdo · Por incumplimiento de la Sociedad Operadora · Por incumplimiento de ESSALUD · Por Fuerza Mayor caso Fortuito. · Por resolucion unilateral de ESSALUD. Asimismo, el contrato establecera formulas de compensacion a la Sociedad Operadora por las causales de resolucion por incumplimiento de ESSALUD o en caso de resolucion unilateral de ESSALUD. Esta formula de compensacion debera contemplar, el resarcimiento de los danos y perjuicios a la Sociedad Operadora, asi como el reconocimiento de las inversiones no canceladas, los costos de financiamiento y servicio de la deuda, entre otros. En los demas casos se realizara la liquidacion correspondiente debiendose cumplir con el reconocimiento de las inversiones no canceladas y otros correspondientes a la prestacion de los servicios. 24. Resolucion de Controversias El Contrato debera contemplar un mecanismo por el cual se establezca un periodo de trato directo en el cual las partes deberan poner sus esfuerzos para dirimir las controversias que surjan en la ejecucion del contrato, y de no ser esto viable, un mecanismo arbitral para dirimir las controversias tecnicas y no tecnicas que se susciten. El Arbitraje sera conducido en la MORDAZA de MORDAZA, bajo las leyes del Peru. 25. Supervision y Control del Contrato Se contratara Supervision Especializada para el Contrato y las Operaciones asi como para la Construccion de Obras y Equipamiento a efectos de realizar el control del cumplimiento del Contrato. Adicionalmente ESSALUD a traves de la Oficina de Seguimiento del Contrato podra realizar los controles correspondientes de acuerdo a lo previsto en el Contrato. XI. Garantias de Fiel obligaciones contractuales. cumplimiento de las

por dos (2) tipos de Empresas: a. Operador Asistencial y, b. Operador Administrativo. El Consorcio tambien podra estar integrado por una Empresa Constructora o un Consorcio Constructor, o alternativamente presentar un Compromiso de Contratacion con una Empresa Constructora o un Consorcio Constructor. En caso que la presente Iniciativa privada, sea materia de concurso publico, los postores deberan cumplir como minimo con los siguientes requisitos: 12.1 De la capacidad tecnica La Empresa, el Consorcio o cualquiera de sus integrantes deberan acreditar: - Anos de experiencia: Cualquier postor interesado debera demostrar contar con mas de 5 anos de experiencia en el sector salud en el Peru y/o internacionalmente. Experiencia que contemple la atencion de pacientes de medicina general y/o especialidades relevantes ya sea de manera ambulatoria o con hospitalizacion. - Volumen de clientes: Sustentar experiencia en la administracion de poblaciones que superen los 200 mil clientes/usuarios. - Consultorios en centros de salud administrados: Experiencia en administracion de centros de salud, requiriendo al menos 200 consultorios en su totalidad a la fecha de MORDAZA de la expresion de interes. - Actos medicos administrados anualmente: Experiencia de al menos 1 millon de actos medicos al ano, realizados en Clinicas, Hospitales u Centros Medicos computado desde el ano 2005. - Consultorios bajo administracion: Acreditar experiencia medica concebida a traves de la administracion hospitalaria, comprobada por tener mas de 200 consultorios bajo administracion como sumatoria de los diversos Hospitales que se cuente bajo administracion a la fecha de la MORDAZA de la expresion de interes. 12.2 De la capacidad financiera La Empresa, el Consorcio o cualquiera de sus integrantes deberan contar con un patrimonio no menor a US$. 15'000,000 (Quince millones y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) pudiendo acreditarse la suma de los patrimonios de dichos integrantes. 12.4 Del domicilio

A fin de garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones establecidas en el Contrato, la Sociedad Operadora debera contratar y mantener vigente como minimo las siguientes garantias: a. Garantias de fiel cumplimiento de obras y equipamiento Para garantizar la correcta ejecucion de las obras, del equipamiento, posible pago de penalidades y/o posibles indemnizaciones referidas a estas etapas; la Sociedad Operadora entregara a ESSALUD una Garantia de Fiel Cumplimiento de Obras y Equipamiento por un monto equivalente al diez por ciento (10%) de la Inversion Proyectada Referencial remanente, vigente hasta la terminacion de esta etapa. b. Garantia de fiel cumplimiento del servicios A fin de garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones a cargo de la Sociedad Operadora derivadas de la celebracion del Contrato distintas a las de obras y equipamiento, la Sociedad Operadora, MORDAZA de iniciar con la prestacion de los Servicios Obligatorios debe contar con una Garantia de Fiel Cumplimiento del Servicio, emitida a favor de ESSALUD, la misma que debera permanecer vigente hasta seis (06) meses posteriores al cumplimiento del plazo del Contrato y en poder de ESSALUD. Dicha garantia debera ser otorgada por periodos anuales y por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del RPMO referencial anual Ademas, el Contrato establecera un regimen de seguros cuando corresponda. XII. Requisitos de Precalificacion del Concurso de Proyectos Integrales Los interesados en participar podran hacerlo como persona juridica o conformar un Consorcio (en adelante, el "Operador Estrategico"), que estara integrado al menos

El Tercero interesado debera tener domicilio legal propio o de su representante dentro de la MORDAZA de Lima. XIII. Factor de Competencia. Para la determinacion del factor de competencia, se tomara en consideracion el monto base para el RPI y el RPMO respectivamente. Asimismo, se considerara el tarifario por servicios adicionales. Retribucion por Inversion (RPI): Corresponde a la suma de las siguientes componentes: A. RPI-Infraestructura B. RPI-Equipamiento Retribucion por Operaciones (RPMO): Corresponde a la suma de las siguientes componentes: C. RPMO-CE D. RPMO-U E. RPMO-PE F. RPMO-RQ G. RPMO-LP El mecanismo y procedimiento del factor de competencia sera definido en las Bases del Concurso. XIV. Sede Central donde atendera los requerimientos del privado, referente a estudios existentes y de otra informacion disponible (Previamente se suscribira un acuerdo de Confidencialidad). Los interesados podran acercarse a la Sede Central de EsSalud, sito en MORDAZA MORDAZA MORDAZA N° 120, MORDAZA Maria.

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