Norma Legal Oficial del día 12 de Febrero del año 2010 (12/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de febrero de 2010

Constituyen la Mancomunidad Regional Amazonas - San MORDAZA - La MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 249 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional de la Region Amazonas, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru del 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria, Ley Nº 27902 y demas normas complementarias; en Sesion Ordinaria de fecha 20 de Enero del 2010, ha aprobado por unanimidad la presente Ordenanza Regional: VISTO: La Propuesta para Constituir la Mancomunidad Regional Amazonas - San MORDAZA ­ La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 190º de la Constitucion Politica del Peru, establece que dos o mas Gobierno Regionales podran crear mecanismos de coordinacion entre si y que la Ley determinara esos mecanismos; que el literal f) del Articulo 9º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala que son competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales "Dictar normas inherentes a la Gestion Regional" y que las Ordenanzas Regionales tienen caracter de ley y MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion, la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, la Ley Nº. 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion en el Articulo 4º, de los principios, senala que la descentralizacion "constituye una politica permanente de Estado (...)"; asimismo en el Articulo 28º define: "Las regiones son unidades territoriales geoeconomicas, con diversidad de recursos naturales, sociales e institucionales; integradas historica, economica, administrativa, ambiental y culturalmente; que comparten distintas circunscripciones se constituyen y organizan en Gobiernos Regionales"; y que en su Articulo 30º, inciso 30.2, entre otros, se senala: "La regionalizacion se orienta a la constitucion de regiones sostenidas en base a un sistema de cuencas y corredores economicos naturales, articulacion espacial, infraestructura y servicios basicos" (...)". Que, el articulo 18º, numeral 18.3 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la planificacion y promocion del desarrollo debe proponer y optimizar las inversiones con iniciativa privada, la inversion publica con participacion de la comunidad y la competitividad a todo nivel; Que, el Articulo 34º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales, crean mecanismos para promover la inversion privada nacional y extranjera, dirigidos a lograr un crecimiento economico regional conforme a Ley. Este mismo dispositivo legal. En el articulo 45º, literal b), numeral 4, senala que los Gobiernos Regionales ejercen funciones en materia de promocion de inversiones, incentivando y apoyando las actividades del sector privado nacional y extranjero, orientada a impulsar el desarrollo de los recursos regionales y creando los instrumentos necesarios para tal fin. Que, los Departamentos de Amazonas, San MORDAZA y La MORDAZA mantienen una relacion de amistad y hermandad, asi como de integracion historica, cultural y economica, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion y modernizacion del Estado. Que, sin embargo la gran extension territorial de nuestras regiones carentes de integracion, articulacion, por razones geograficas y por una evidente ausencia de decision en el tiempo por parte de las autoridades, no permiten descentralizar estos procesos y por ende la

optimizacion de recursos en todo sentido, lo cual sumado a la falda de participacion, asi como el desconocimiento y sensibilizacion sobre la inexistencia de normas que permitan la asociatividad regional, la misma que al no ser regulada no permite una administracion plena que fomente la conformacion de Mancomunidades Regionales. Que, la autonomia politica, administrativa y economica que tiene cada Gobierno Regional, no implica que este desarticulado, aislado y/o disperso, sin redes ni propuestas concretas de Integracion para asumir mancomunadamente problematicas similares, algunas afrontando problemas de gestion por carecer de recursos suficientes para atender la creciente demanda social y otras por no contar con administraciones solidas que le permita afrontar adecuadamente los nuevos requerimientos del MORDAZA descentralizador. Que, en la Declaracion de Chachapoyas, suscrita por los Consejeros Regionales de Amazonas San MORDAZA, del 22 de Agosto del 2009, con la participacion de los Consejeros Regionales de La MORDAZA, acordaron constituir, a partir de la fecha la Mancomunidad Regional conformada por los Gobiernos Regionales de Amazonas y San MORDAZA, y con la integracion posterior del Gobierno Regional de la MORDAZA, formalizada en la MORDAZA de Trujillo. Que, en Acta del II Encuentro Interregional de Presidentes y Consejeros Regionales de fecha 2 de setiembre del 2009, en la MORDAZA de Moyabamba del Departamento de San MORDAZA, se acordo realizar la Primera Asamblea de la Mancomunidad Regional Amazonas ­ San MORDAZA ­ La MORDAZA, en la MORDAZA de Trujillo. Que, asimismo mediante Acuerdo Interregional de fecha 22 de octubre suscrito en la MORDAZA de MORDAZA por los Presidentes y Consejeros Regionales de los Gobiernos Regionales de Amazonas ­ San MORDAZA y La MORDAZA, se declaro la voluntad de constituir la Mancomunidad Regional Amazonas ­ San MORDAZA y La MORDAZA, para impulsar el MORDAZA de integracion bajo la modalidad de Mancomunidad, la cual se institucionalizara mediante MORDAZA Legal y estructurara la Organizacion del trabajo mancomunado para dinamizar la labor. Que, la Mancomunidad Regional, tiene como finalidad asociar a los Gobiernos Regionales a traves del acuerdo voluntario de dos o mas Gobiernos Regionales, lo cual implica la integracion para la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras promoviendo el desarrollo interregional, buscando el mejoramiento cualitativo, vialidad, energia, comercio e integracion, medio ambiente y construccion de capital social necesario para el desarrollo, orientada a fortalecer el actual MORDAZA juridico de la descentralizacion para consolidar estas nuevas formas de integracion regional. Que, corresponde a nuestros Gobiernos Regionales la iniciativa de Constituir la Mancomunidad Regional AMAZONAS ­SAN MORDAZA ­ LA MORDAZA, contando con acuerdos regionales en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion que reafirman su voluntad politica de integracion. De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, de los articulos 9º y 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 y Nº 29053, concordante con el Art. 38º del acotado cuerpo normativo y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Amazonas, estando a lo aprobado en Sesion Ordinaria Nº 002, de fecha 20 de Enero del 2010, mediante Acuerdo Nº 018-2010-GRA/CR-SO, en concordancia con el Art. 38º de la acotada Ley Organica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- CONSTITUIR, La Mancomunidad Regional Amazonas ­ San MORDAZA ­ La MORDAZA, como un mecanismo de asociatividad de los Gobiernos Regionales a traves del acuerdo voluntario de los Gobiernos Regionales en mencion. Articulo Segundo.- PRINCIPIOS. La Mancomunidad Regional constituida se regira por los principios de integracion, pluralismo, concertacion, desarrollo regional, autonomia, equidad, eficiencia, solidaridad, subsidiariedad y sostenibilidad; para la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras promoviendo el desarrollo interregional. Articulo Tercero.- CONFORMAR, una Comision Especial Interregional Amazonas ­ San MORDAZA ­ La MORDAZA para que gestione ante el Congreso de la Republica la

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