Norma Legal Oficial del día 22 de Febrero del año 2010 (22/02/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, lunes 22 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

414421

MORDAZA y de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE. Articulo Septimo.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese y publiquese En MORDAZA, 11 de febrero de 2010 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 459898-1

Autorizan paradero de transporte publico en la Av. MORDAZA MORDAZA con el MORDAZA MORDAZA Arredondo, Cercado de MORDAZA
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 216-2010-MML/GTU-SRT MORDAZA, 28 de enero de 2010 VISTOS.- El Expediente de Registro Nº 71286-09, de fecha 11 de junio de 2009, el Documento simple Nº 103186-09, de fecha 21 de agosto de 2009; El Informe N° 1513-09-MML/GTU-SETT de fecha 22 de setiembre de 2009 de la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte; y CONSIDERANDO: Que, el acapite 7.1 del inciso 07 del articulo 161° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que: "La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene las siguientes competencias y funciones metropolitanas especiales: 7.1) Planificar, regular y gestionar el transporte publico"; Que, la Ordenanza N° 341-MML, en su articulo 7° establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, mantenimiento, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vias del Cercado de Lima; Que, la Ordenanza N° 104-MML, en su articulo 54° establece que en todas las rutas los vehiculos se detendran o dejaran pasajeros, unicamente en los paraderos autorizados y senalizados por la autoridad administrativa; Que, la Ordenanza N° 131-MML en los articulos 2° y 3°, menciona que es politica de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en materia de transporte terrestre, la promocion de la consolidacion, eficiencia, modernizacion, desarrollo y expansion del servicio de transporte terrestre y de la infraestructura necesaria que se requiera, asi como velar por el cumplimiento de las condiciones de calidad, continuidad, mantenimiento y seguridad en la prestacion de los servicio publico de transporte y de infraestructura necesaria para el mismo, correspondiendole formular objetivos y directrices con el fin de procurar una eficaz prestacion y organizacion del servicio; Que, el articulo 100° de la Ordenanza Nº 812-MML (Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima), establece que: "La Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte es el organo responsable de la formulacion de estudios, proyectos, programas y planes estrategicos en materia de transporte regular y no regular de MORDAZA y viabilidad para la provincia de Lima"; Que, el articulo 102° de la Ordenanza N° 812MML establece que: "La Subgerencia de Regulacion del Transporte es el organo responsable del registro y expedicion de las autorizaciones para la circulacion del

servicio de transporte publico y para el uso especial de vias en la provincia de Lima; Que, de conformidad con el Informe N° 1513-2009MML/GTU-SETT de fecha 22 de septiembre de 2009, se advierte que de acuerdo a la Resolucion de Subgerencia Nº 820-2009-MML/GTU-SRT, de fecha 27 de febrero de 2009, se autoriza la implementacion de paraderos de Transporte Publico en el intercambio vial de la Av. Universitaria- Av. Colonial; considerando a los paraderos ubicados en la Av. MORDAZA MORDAZA (S-N y N-S) MORDAZA del cruce con la Av. Colonial; la propuesta de implementar un paradero de transporte publico en la cuadra 4 de la Av. MORDAZA MORDAZA (S-N) a la altura del Jr. MORDAZA Arredondo, se encuentra dentro de los parametros de distancia entre paraderos aprobado mediante RDM Nº 180-2004-MML/ DMTU de fecha 17 de junio de 2004; Que, de conformidad a la evaluacion realizada y en atencion de la solicitud de los pobladores de las Urbanizaciones MORDAZA, Cipreses y Unidad Vecinal Nº 03 en el Cercado de MORDAZA, se considera tecnicamente factible la implementacion de un paradero de transporte publico en la Av. MORDAZA MORDAZA cuadra 4 MORDAZA del cruce con el Jr. MORDAZA Arredondo; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ordenanza N° 104-MML, la Ordenanza N° 812-MML, y demas normas vigentes; SE RESUELVE: Articulo 1°: Autorizar el Paradero de Transporte Publico en la Av. MORDAZA MORDAZA con el Jr. MORDAZA Arredondo, en el distrito de El Cercado de MORDAZA, cuya ubicacion se detalla en el Anexo I. Articulo 2°: El Paradero Autorizado sera de MORDAZA universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte publico en esas vias. Articulo 3°: El Paradero Autorizado podra ser identificado mediante la senalizacion horizontal y/o vertical respectiva, ademas por el mobiliario MORDAZA (modulo), en cada una de las vias senaladas en el anexo I. Articulo 4°: La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variacion que la autoridad administrativa considere tecnicamente necesaria, para la implementacion del MORDAZA Sistema Metropolitano de Transporte. Articulo 5°: Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros, deberan informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizara en los respectivos paraderos autorizados. Articulo 6°: Encargar a la Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA los trabajos de mantenimiento y senalizacion de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Articulo 7°: Encargar a la Subgerencia de Fiscalizacion de Transporte, la supervision, fiscalizacion y cumplimiento de la presente Resolucion, en coordinacion con la Policia Nacional del Peru encargada del control del MORDAZA de acuerdo a su competencia y facultades, de tal manera que permita garantizar el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados. Articulo 8°: Disponer la publicacion del Anexo I en la pagina Web de la Gerencia de Transporte Urbano. Articulo 9°: La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Regulacion del Transporte Gerencia de Transporte MORDAZA 459900-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.