Norma Legal Oficial del día 22 de Febrero del año 2010 (22/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 22 de febrero de 2010

VISTOS: La Resolucion Nº 121-2007-CONAFU de fecha 18 de MORDAZA de 2007 y el Acuerdo Nº 471-2009CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU de fecha 26 de octubre de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional; Que, de conformidad con el articulo 2º de la Ley Nº 26439: "son atribuciones del CONAFU:... g) Elaborar la reglamentacion que senale los requisitos, procedimientos y plazos, para la autorizacion provisional o definitiva de funcionamiento y para la evaluacion de las universidades con autorizacion provisional"; en concordancia con el articulo 3º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, que expresamente senala: "Son atribuciones del CONAFU: k) Elaborar y aprobar el Reglamento General y los Reglamentos especificos que senalen los procedimientos, requisitos y plazos de todos los procesos administrativos necesarios para el cumplimiento"; Que mediante Resolucion Nº 121-2007-CONAFU de fecha 18 de MORDAZA de 2007 se aprueba el Reglamento para Concurso de Plazas docentes por contrato en cuyo articulo 27º se establece el puntaje minimo que debe obtener un postulante en la evaluacion del curriculum para pasar a la Evaluacion de la Clase Modelo el postulante debe alcanzar un puntaje minimo de: 15, 25 y 30 puntos, para los niveles remunerativos de docente auxiliares, asociados y principales respectivamente. El articulo 38º se establece que el MORDAZA Calificador consolida las calificaciones realizando la sumatoria de el Curriculum de MORDAZA + la Clase Modelo o Aptitud Academica + Entrevista Personal; y formula el cuadro de merito respectivo. El puntaje minimo exigido para declarar ganador del concurso a un postulante deben obtener un puntaje minimo de 32, 42 y 47, en los niveles remunerativos de docentes auxiliares, asociados y principales respectivamente; Que, posteriormente mediante Resolucion Nº 4502009-CONAFU de fecha 10 de setiembre de 2009, se aprueban las bases y con Resolucion Nº 451-2009CONAFU de fecha 10 de setiembre de 2009 se modifican las tablas de calificacion dando lugar a la modificacion de los puntaje minimos establecidos en el Reglamento para Concurso de Docentes por Contrato; Que, para compatibilizar el puntaje minimo establecidos en las Bases para concurso de Docentes Nombrados y Contratados, en la evaluacion de la Hoja de MORDAZA para pasar a la siguiente etapa del concurso y el Puntaje minimo establecido para ser declarado ganador del concurso de Plazas docentes; Que, en la Sesion del Pleno del CONAFU, de fecha 26 de octubre de 2009, por Acuerdo Nº 471-2009-CONAFU, acordo: Modificar los articulos 27º y 38º de la Resolucion Nº 121-2007-CONAFU de fecha 18 de MORDAZA de 2007; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento del articulo 38º incisos d) y e) del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Unico.- MODIFICAR los articulos 27º y 38º de la Resolucion Nº 121-2007-CONAFU de fecha 18 de MORDAZA de 2007, los mismos que quedaran redactados de la siguiente manera: Articulo 27º.- El puntaje minimo que debe obtener un postulante en la evaluacion del curriculo para pasar a la otra etapa es: a) 20 puntos para la plaza equivalente a auxilia. b) 30 puntos para la plaza equivalente a asociado y, c) 40 puntos para la plaza equivalente a principal: Articulo 38º.- El MORDAZA Calificador consolida las calificaciones obtenidas mediante la siguiente formula: Puntaje Total = Hoja de MORDAZA + Clase Modelo o Aptitud Academica + Entrevista Personal; y formula el cuadro

de meritos respectivo. El puntaje minimo exigido para declarar ganador del concurso a un postulante es: d) Nivel de auxiliar 37 puntos e) Nivel de Asociado 47 puntos f) Nivel de Principal 52 puntos Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ASCUNA Presidente MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA Secretaria General 459877-1

Modifican plazo de MORDAZA de la solicitud del PDI Modificado de las Universidades
RESOLUCION Nº 653-2009-CONAFU MORDAZA, 15 de diciembre de 2009 "Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades" VISTO: La Resolucion Nº 196-2007-CONAFU de fecha 10 de MORDAZA de 2007, el Informe Legal Nº 382-2009CONAFU-CJ de fecha 4 de setiembre de 2009, el Oficio Nº 824-2009-CONAFU-CDAA de fecha 9 de setiembre de 2009, el Acuerdo Nº 451-2009-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 13 de octubre de 2009 y el Acuerdo Nº 560-2009-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 10 de diciembre de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades ­ CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Elaborar la reglamentacion que senale los requisitos, procedimientos y plazos, para la autorizacion provisional o definitiva de funcionamiento y para la evaluacion de las Universidades y Escuelas de Posgrado con autorizacion provisional"; en concordancia con el articulo 3º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, que expresamente senala: "Son atribuciones del CONAFU: ... k) Elaborar y Aprobar el Reglamento General y los Reglamentos especificos que senalen los procedimientos, requisitos y plazas de todos los procesos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones"; Que, en el articulo 4º del referido Estatuto, se establece que: "Son fines del CONAFU: a) Promover una educacion universitaria de calidad, en concordancia con los fines de la Universidad, establecidos en la Ley Universitaria vigente. b) Desarrollar en el MORDAZA una cultura de evaluacion institucional orientada a la acreditacion universitaria. c) Certificar el cumplimiento de las condiciones establecidas por el articulo 7º de la Ley Nº 26439 - Ley de Creacion del CONAFU, para otorgar la autorizacion de funcionamiento provisional de una Universidad o de una Escuela de Posgrado"; Que, por Resolucion Nº 196-2007-CONAFU de fecha 10 de MORDAZA de 2007, se resuelve aprobar la Directiva "Procedimiento para modificar el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI), aprobado por el CONAFU y aprueba la nueva Directiva para modificar el Proyecto de Desarrollo Institucional Modificado de las Universidades bajo competencia del CONAFU; Que, en el anexo de la MORDAZA MORDAZA mencionada se establece, el procedimiento para modificar el Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI) de las Universidades bajo competencia del CONAFU, donde se indica que la solicitud para la aprobacion del PDI Modificado por cualquiera de las causales descritas en la mencionada Directiva, solo podra presentarse hasta el MORDAZA ano de Funcionamiento Provisional de la Universidad;

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