Norma Legal Oficial del día 02 de Julio del año 2010 (02/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO:

421591

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 150-2010-MDSJM
DECRETO DE ALCALDIA N° 0008-2010-MDSJM-A
San MORDAZA de Miraflores, 30 de junio del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO el Informe Nº 456-2010-MDSJM, de fecha 30 de Junio del 2010, emitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas, Defensa Civil y Catastro; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldia el organo ejecutivo de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza N° 150-2010-MDSJM publicada en el Diario Oficial El Peruano se aprobo el Beneficio de APLICAR una exoneracion de un 87.30% en el derecho pago del tramite de MORDAZA de Posesion y la rebaja de un 69.52% en el derecho de pago del tramite de Registro y Reconocimiento de Organizaciones Sociales de Base senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA, por 90 dias calendario; Que, en el Articulo 2º de la mencionada Ordenanza, se faculta al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia se establezca la prorroga en la vigencia de la misma; Que, mediante Informe de vistos, emitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas, Defensa Civil y Catastro, se informa que estando por vencer la fecha de vigencia de la Ordenanza No. 0150-2010-MDSJM, y teniendo en cuenta que muchos de los pobladores de nuestro Distrito aun no cuentan con la MORDAZA de posesion para iniciar proyectos de obras, se hace necesario prorrogar dicho plazo hasta el 31 de Agosto del 2010; Estando a lo MORDAZA expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo 1º.- Prorrogar hasta el 31 de Agosto del 2010, la vigencia de la Ordenanza Nº 150-2010-MDSJM que, establece APLICAR una exoneracion de un 87.30% en el derecho pago del tramite de MORDAZA de Posesion y la rebaja de un 69.52% en el derecho de pago del tramite de Registro y Reconocimiento de Organizaciones Sociales de Base senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA Tributaria en el distrito de San MORDAZA de Miraflores. Articulo 2º.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 195º numerales 4) y 10) de la Constitucion Politica del Peru modificada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680 y Nº 28607, el articulo 60º del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y los articulos 248º y siguientes del Codigo Civil, en uso de las atribuciones previstas en el numeral 3) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y, con el MORDAZA unanime de sus miembros y dispensa del tramite de comisiones y de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA REALIZACION DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO POR 61° ANIVERSARIO DEL DISTRITO DE SURQUILLO Articulo 1º.- Objeto de la disposicion: Autoricese la realizacion de un Matrimonio Civil Comunitario para el dia 24 de MORDAZA de 2010 con ocasion de las celebraciones por el Sexagesimo Primer Aniversario de Creacion Politica del distrito de Surquillo. Articulo 2º.- Reduccion y Exoneracion de derechos: Establecer en S/.60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles) el pago por todo concepto que deberan abonar las parejas contrayentes que cumplan con los requisitos para participar en la ceremonia autorizada en el articulo 1º, dejandose en suspenso la tasa contenida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- para el presente caso. Asimismo, las parejas contrayentes se encuentran exoneradas del pago de las tarifas respectivas por el otorgamiento de Certificado Medico Pre ­ Nupcial y Consejeria Preventiva. Articulo 3º.- Dispensa de publicacion: De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 252° del Codigo Civil, autorizar al MORDAZA para que dispense a los contrayentes de la publicacion del aviso por periodico del matrimonio civil a que alude el articulo 250° del Codigo Civil, siempre que se presenten todos los requisitos que exige el articulo 248º del Codigo Civil asi como los requisitos que el MORDAZA exige para dicho fin, correspondiendo, en todo caso, a la Sub Gerencia de Promaped, Demuna, Matrimonios y Divorcio No Contencioso, la publicacion del aviso respectivo en las vitrinas municipales, en el MORDAZA electronico de la Municipalidad de Surquillo, asi como en las vitrinas parroquiales de todo el distrito. Articulo 4º.- Organos ejecutantes: Encargar al Senor MORDAZA la adopcion de las acciones administrativas que correspondan a efectos de la realizacion del matrimonio civil comunitario senalado en el articulo 1º, correspondiendo a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Social, Educacion y Juventudes su ejecucion conforme a Ley. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

513119-1

513799-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Aprueban la realizacion de Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
ORDENANZA Nº 241-MDS
Surquillo, 17 de junio de 2010

Otorgan beneficios por pago total adelantado de tributos municipales
ORDENANZA Nº 242-MDS
Surquillo, 25 de junio de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, estando a lo dispuesto en el articulo 73º

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