Norma Legal Oficial del día 02 de Julio del año 2010 (02/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2010

y el articulo 79º numeral 3.3 de la Ley Organica de Municipalidades, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972, POR UNANIMIDAD de votos de sus miembros y la dispensa del tramite de comisiones y de aprobacion de actas, aprobo la siguiente: ORDENANZA OTORGA BENEFICIOS POR PAGO TOTAL ADELANTADO DE TRIBUTOS MUNICIPALES Articulo 1°.- Objeto de la Norma.- Extiendanse los beneficios previstos en el numeral 1.1. del Articulo 1º de la Ordenanza N° 234-MDS para aquellos contribuyentes que realicen el pago total y al contado, al 27 de MORDAZA de 2010, del Impuesto Predial y las seis (06) cuotas de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2010. Articulo 2°.- Contribuyentes excluidos.- Se encuentran excluidos de los alcances de la presente Ordenanza, los siguientes: 2.1. Contribuyentes que cuenten con saldos pendientes de pago, resultantes del levantamiento catastral por el ano 2010, mientras no cumplan con su cancelacion total hasta el 27 de MORDAZA de 2010. 2.2.- Contribuyentes que a la fecha vengan gozando de otro MORDAZA de beneficios tributarios, exoneraciones, inafectaciones o similares. 2.3.- Personas juridicas 2.4.- Propietarios que tengan unicamente predios registrados bajo usos distintos al de MORDAZA habitacion. Articulo 3º.- Vigencia de la Ordenanza N° 234-MDS.Mantiene vigencia la Ordenanza N° 234-MDS y sus normas reglamentarias, en aquellos aspectos que no se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

513122-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban Ordenanza que incentiva la promocion de la inversion privada en la MORDAZA del Centro Historico del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000036
Callao, 22 de junio de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 22 de junio de 2010; aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL: CONSIDERANDO: Que, Constitucion Politica del Peru, en los articulos 74º y 195º faculta a los gobiernos locales para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos y en el articulo 194º, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 9º inciso 9, establece que son atribuciones del Concejo Municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley y en el articulo 40º, MORDAZA parrafo, senala que mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley. Asimismo, en el articulo 73º inciso 4, establece que en materia de desarrollo y economia local, las municipalidades provinciales asumen las competencias y ejercen las funciones de caracter exclusivo y compartido, sobre el planeamiento y dotacion de infraestructura para el desarrollo local, fomento de las inversiones privadas en proyecto de interes local, promocion de la generacion de empleo y el desarrollo de micro y pequena empresa MORDAZA o rural, fomento de la artesania, fomento del turismo local sostenible y fomento de programas de desarrollo rural y en el articulo 82º, numeral 15 establece que los gobiernos locales tienen la potestad de fomentar el turismo y regular los servicios destinados a ese fin; Que, el Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, establece la potestad municipal para otorgar exoneraciones con los limites que establece la Ley; Que, la Municipalidad Provincial del Callao como parte de sus objetivos a corto plazo, se ha propuesto mejorar la calidad de MORDAZA de sus vecinos, iniciando una serie de proyectos que se vienen desarrollando para el impulso turistico de la MORDAZA en beneficio del pueblo chalaco; generando empleo y transformando nuestra MORDAZA en un lugar limpio, agradable, ordenado y seguro y que conlleve a un mejor estilo de MORDAZA acorde a la modernizacion planificada por la actual gestion municipal; Que, dentro de estos proyectos se encuentra la recuperacion del Centro Historico del Callao, promoviendose para tal fin el incentivo del impulso economico de la MORDAZA comprometida dentro del cuadrante que forma la Av. MORDAZA Grau, Av., Dos de MORDAZA, Jr. MORDAZA, Av. Manco Capac, Jr. Mariscal MORDAZA, Jr. MORDAZA Secada y el Jr. Pichincha del Callao, con la finalidad de incentivar el impulso de la actividades comerciales y de servicios de la indicada zona; Que, en la sesion de la fecha se adopto el Acuerdo de Concejo Nº 000166, el mismo que aprueba el incentivo de la inversion privada en el Centro Historico del Callao comprendido dentro del cuadrante correspondiente a la avenida MORDAZA Grau, avenida 2 de Mayo; MORDAZA MORDAZA, avenida Manco Capac, MORDAZA Mariscal MORDAZA, MORDAZA Paz Soldan, MORDAZA MORDAZA Secada y MORDAZA Pichincha, incentivando el impulso de actividades comerciales, economicas y de servicios en esta MORDAZA el mismo que cuenta como antecedentes el Memorando Nº 265­2010­ MPC­GGDELC de la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, el Memorando Nº 6352010-MPC/GGPPR, la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion y el Informe Nº 500-2010MPC-GGAJC, de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion todos los cuales opinan favorablemente a la promulgacion de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente:

ORDENANZA QUE INCENTIVA LA PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA EN LA MORDAZA DEL CENTRO HISTORICO DEL CALLAO
Articulo 1º.- El objeto de la presente Ordenanza Municipal es incentivar la promocion de la inversion privada en la MORDAZA denominada "Callao, Centro Historico" para el impulso de las actividades comerciales y de servicios especificos en la MORDAZA comprendida dentro del cuadrante que forman la Av. MORDAZA MORDAZA Grau, Av. Dos de MORDAZA, Jr. MORDAZA, Av. Manco Capac, Jr. Mariscal MORDAZA, Jr. Paz Soldan, Jr. MORDAZA Secada y el Jr. Pichincha, del Callao. Articulo 2º.- Exonerar, excepcionalmente y por unica vez, el pago de la tasa por derecho de Licencia Municipal de Funcionamiento establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos­TUPA de esta Municipalidad, a los conductores que deseen abrir aperturar locales comerciales ubicados dentro de la MORDAZA indicada en el parrafo anterior y que inicien su tramite durante el periodo de vigencia de la presente ordenanza. Articulo 3º.- Exonerar excepcionalmente y por unica vez el pago de la tasa por derecho de Autorizacion para Anuncios y Toldos establecidos en el Texto Unico

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