Norma Legal Oficial del día 14 de Julio del año 2010 (14/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2010

Articulo 5º.- Conformacion La Comision esta integrada por cinco (5) miembros de los cuales cuatro (4) son designados por Resolucion Ministerial del Ministro de Justicia y uno (1), en representacion del Despacho Presidencial, es designado por Resolucion Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros. La preside uno de los miembros designados por el Ministro de Justicia. La Comision se encuentra adscrita al Ministerio de Justicia y reporta sus actividades al Despacho Ministerial. Articulo 6º.- Funciones Son funciones de la Comision: a) Conocer, evaluar y calificar las solicitudes de MORDAZA presidenciales. b) Proponer al Presidente de la Republica, a traves del Ministro de Justicia, mediante el correspondiente informe, la concesion de MORDAZA presidenciales. Articulo 7º.- Atribuciones En ejercicio de sus funciones, la Comision tiene las siguientes atribuciones: a) Dispone la actualizacion o regularizacion de los documentos presentados por el solicitante de la MORDAZA presidencial. b) Solicita a las entidades publicas pertinentes y personas juridicas en general, la informacion y documentacion que se considere necesaria para el mejor examen de las solicitudes de MORDAZA presidenciales. c) Convoca a instituciones publicas o privadas de reconocido prestigio en la proteccion de derechos humanos para conocer sus opiniones sobre temas relacionados con las MORDAZA presidenciales. d) Entrevista o conferencia a traves de cualquier medio auditivo y/o visual con los solicitantes, a fin de corroborar la informacion proporcionada, asi como para obtener mayores elementos de juicio para emitir opinion. e) Entrevista a cualquier persona o autoridad cuyo testimonio la Comision considere pertinente en relacion con el caso. f) Solicita a los centros hospitalarios y/u organizaciones medicas la presencia y el informe de un profesional medico en la especialidad que se requiera, para que revise y explique los documentos acompanados a la solicitud, y de ser el caso, asista a la Comision en las entrevistas que sostenga con los internos solicitantes para la verificacion correspondiente. g) Solicita a los profesionales medicos que elaboraron el informe medico, el protocolo medico y el acta de junta medica penitenciaria su presencia ante la Comision para que expliquen el contenido de los referidos documentos, lo que debera quedar registrado mediante medio tecnico audiovisual. h) Eleva sugerencias al Despacho Ministerial con la finalidad de coadyuvar al cumplimiento de los fines de la Comision. La presente relacion es enumerativa y no taxativa. Articulo 8º.- Objetividad En la formulacion de las propuestas para la concesion de MORDAZA presidenciales, la Comision actua y opina apreciando, con criterio objetivo, los elementos aportados y los obtenidos con arreglo a sus atribuciones. Articulo 9º.- Informe y Propuesta El informe que elabore la Comision consignara sucintamente los criterios adoptados, segun sea el caso, las razones que sustentan su recomendacion y la conclusion. Articulo 10º.- Sesiones, Quorum y Acuerdo. La Comision sesiona ordinariamente dos veces al mes y extraordinariamente cuando su Presidente la convoque. En caso de ausencia justificada del Presidente de la Comision, la sesion es presidida por el miembro que elija la mayoria.

El quorum para celebrar las sesiones ordinarias de la Comision sera de tres miembros. Los acuerdos que aprueben la propuesta de MORDAZA presidenciales, se adoptan con tres votos conformes. Articulo 11º.- Del Acta Por cada sesion de la Comision, se levantara un acta en la que se consignara lo siguiente: a) La fecha, dia y hora en la que se realiza la sesion; b) La asistencia de los miembros; c) MORDAZA del quorum; d) El MORDAZA en contra de alguno de ellos, expresando sucintamente sus razones; e) La reserva o abstencion del pronunciamiento; f) La suscripcion del acta por parte de los comisionados asistentes y del Secretario Tecnico; y, g) Cualquier otra informacion que la Comision considere conveniente. CAPITULO II DE LA PRESIDENCIA Articulo 12º.- Funciones del Presidente Son funciones del Presidente de la Comision: a) Convocar, presidir y dirigir las sesiones de la Comision. b) Elaborar la agenda de las sesiones de la Comision. c) Someter a consideracion de la Comision los expedientes para su evaluacion y calificacion y emitir su voto. d) Remitir al Ministro de Justicia las propuestas aprobadas en sesion de la Comision. e) Revisar y firmar las actas de las sesiones conjuntamente con los miembros de la Comision. f) Coordinar permanentemente con el Despacho Ministerial de Justicia lo referido a temas de indole funcional. g) Suscribir las comunicaciones de la Comision. h) Emitir MORDAZA dirimente en caso de empate en las sesiones de la Comision. i) Proponer al Ministro de Justicia la designacion del Secretario Tecnico de la Comision. j) Supervisar la labor de la Secretaria Tecnica de la Comision. k) Rechazar de plano las solicitudes de MORDAZA presidenciales que tengan impedimento legal o constitucional expreso. CAPITULO III DE LOS MIEMBROS Articulo 13º.- Funciones de los miembros Son funciones de los miembros de la Comision: a) Estudiar las solicitudes y expedientes de MORDAZA presidenciales. b) Opinar sobre las solicitudes y expedientes de MORDAZA presidenciales y emitir el MORDAZA correspondiente. c) Participar con voz y MORDAZA en las sesiones de la Comision. d) Revisar y firmar las actas de las sesiones de la Comision. CAPITULO IV DE LA SECRETARIA TECNICA Articulo 14º.- Finalidad de la Secretaria Tecnica La Comision cuenta con una Secretaria Tecnica a cargo de un Secretario Tecnico designado por Resolucion Ministerial. Dicho organo esta encargado de brindar el apoyo tecnico administrativo necesario para el mejor desempeno de las funciones de la Comision. La Secretaria Tecnica tendra a su cargo un equipo tecnico y de apoyo a las funciones de la Comision. Articulo 15º.- Funciones de la Secretaria Tecnica Son funciones de la Secretaria Tecnica:

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