Norma Legal Oficial del día 14 de Julio del año 2010 (14/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

422171

Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral al Instituto MORDAZA del Peru -IMARPE, al Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana ­IIAP, a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CAMOGLIANO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 517895-1

Declaran en abandono el procedimiento administrativo para la ampliacion del plazo de autorizacion de incremento de flota otorgado por R.D. Nº 033-2008PRODUCE/DGEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 422-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 30 de junio del 2010 Visto los escritos de registro Nº 00006127 de fechas 19 de enero y 12 de marzo del 2010, presentado por MORDAZA MELIDA MORDAZA MORDAZA SARMIENTO. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 033-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 17 de enero de 2008, se otorgo a MORDAZA MELIDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de arrastre de media agua, de MORDAZA MORDAZA con 80 m3 de volumen de bodega, equipada con red de arrastre de media agua de 76 mm. (3 pulgadas) de tamano de abertura minima de malla en el copo para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo, con sistema de preservacion a bordo RSW. Que el articulo 191º de la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta (30) dias, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Que mediante los escritos del visto, MORDAZA MELIDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita ampliacion del plazo de la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral Nº 033-2008-PRODUCE/DGEPP por 24 meses mas sustentando razones economicas y de fuerza mayor, senalando asimismo que la construccion de la embarcacion se encuentra en un 50% de avance. Que mediante Oficio Nº 1729-2010-PPRODUCE/ DGEPP-Dch de fecha 25 de marzo de 2010, se requiere por MORDAZA oportunidad a MORDAZA MELIDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a fin cumpla con subsanar las observaciones referidas a su expediente; consistentes en lo establecido en el requisito 9 del Procedimiento 13 del Texto Unico de Procedimiento Administrativos-TUPA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, (Ademas en caso de prorroga de la Autorizacion de Incremento de Flota) por cuanto no ha acreditado suficientemente, la ampliacion del plazo solicitado, toda vez que no existen motivos que justifiquen el impedimento para culminar la construccion de la embarcacion que se consideren de caracter extraordinario, imprevisible e irresistible. Asimismo, las razones de caracter economico no resultan explicitas, por lo que debera sustentar las razones por la que el MORDAZA judicial (cuyos actuados adjunta) incide economicamente en la implementacion del incremento de flota otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 033-2008-PRODUCE/DGEPP. Que a la fecha, la recurrente no ha cumplido con subsanar las observaciones formuladas a su solicitud de

autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion de 80.00 m3 de volumen de bodega para el acceso al recurso, jurel y caballa a pesar que la notificacion fue recepcionada en fecha 27 de marzo del 2010, como consta en el cargo que obra en su expediente, por lo que el procedimiento administrativo se ha paralizado por causas imputables al administrado; en consecuencia, procede declarar el abandono del procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191º de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 3802010-PRODUCE/DGEPP, y con la opinion favorable del Area Legal correspondiente; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Nº 012-2001-PE, por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE y en virtud del articulo 191º de la Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo de solicitud de ampliacion del plazo de autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion pesquera de 80 m3 de volumen de bodega, otorgado por Resolucion Directoral Nº 033-2008-PRODUCE/DGEPP; presentado por MORDAZA MELIDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CAMOGLIANO MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 517895-2

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de la Empresa Pesquera Faisa S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 425-2010-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 30 de junio del 2010 Visto el escrito de Registro Nº 00024615-2010 de fecha 26 de marzo, su adjunto Nº 1 de fecha 12 de MORDAZA, asi como el escrito de registro Nº 00037275-2010 de fecha 12 de MORDAZA del 2010, presentados por la EMPRESA PESQUERA FAISA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva a la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 576-97-PE de fecha 16 de octubre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado entre otros a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARBAIZA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

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