Norma Legal Oficial del día 16 de Julio del año 2010 (16/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

422307

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan apertura de la Oficina Registral Auxiliar en el Instituto MORDAZA Perinatal (Maternidad de Lima), a cargo de la Jefatura Regional MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 614-2010/JNAC/RENIEC MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2010 VISTO: El Oficio Nº 002756-2010/GOR/RENIEC (07JUL2010) e Informe Nº 000172-2010/GOR/RENIEC (07JUL2010), de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Oficio Nº 002101-2010/GPP/RENIEC (09JUL2010), emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el Informe Nº 001314-2010-GPP/SGP/RENIEC (09JUL2010), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto y el Informe Nº 001216-2010/GAJ/RENIEC (12JUL2010), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 11º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC), establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la facultad de designar las oficinas registrales en todo el pais. Asimismo, esta autorizado para efectuar las modificaciones convenientes para el mejor servicio a la poblacion, creando o suprimiendo las dependencias que fueren necesarias; Que, de igual modo los articulos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, senalan que cada oficina registral estara dotada de los mecanismos suficientes para atender a la poblacion, facultando al Jefe Nacional la decision sobre la creacion, supresion de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la poblacion, y otros; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 439-2007/JEF/ RENIEC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de MORDAZA de 2007, se dispuso autorizar la implementacion de Oficinas Registrales en los hospitales del MINSA y EsSalud, donde se efectuan las inscripciones de los nacimientos y defunciones que ocurren en los nosocomios a cargo de dichas instituciones; asi, como la tramitacion del DNI a los recien nacidos y menores de edad; Que, asimismo, dentro del MORDAZA de incorporacion de los Registros Civiles al RENIEC, mediante Resolucion Jefatural Nº 510-2010-JNAC/RENIEC publicado en el diario Oficial El Peruano el 11 de junio del 2010, se revoco las facultades registrales senaladas en el articulo primero de la acotada resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; la misma que se MORDAZA efectiva a partir del 12JUL2010; por lo cual las inscripciones que se lleven a cabo desde la citada fecha seran de exclusiva competencia del RENIEC; Que, como consecuencia de ello, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante los documentos de visto, propone se autorice el funcionamiento de una Oficina Registral Auxiliar dentro de las instalaciones del Instituto MORDAZA Perinatal (Maternidad de Lima) a partir del 12JUL2010; Que, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto mediante el Oficio Nº 002101-2010/GPP/RENIEC (09JUL2010), emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, manifiesta que, de acuerdo con el Informe Nº 001314-2010-GPP/SGP/RENIEC (09JUL2010), de la Sub Gerencia de Presupuesto, el egreso que la autorizacion de la apertura de la Oficina Registral Auxiliar

dentro de las instalaciones del Instituto MORDAZA Perinatal (Maternidad de Lima), es factible de ser atendida con cargo a los Recursos Ordinarios del Presupuesto por Resultado, del Pliego 033:RENIEC, y su afectacion sera en la medida que se ejecuten las actividades correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26497, Ley Organica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado con Decreto Supremo Nº 015-98PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 4482010/JNAC/RENIEC (20MAY2010); y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la apertura de la Oficina Registral Auxiliar en el Instituto MORDAZA Perinatal (Maternidad de Lima), a cargo de la Jefatura Regional MORDAZA, teniendo como inicio de actividades el 12 de MORDAZA de 2010. Articulo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales e Imagen Institucional, la implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion Jefatural, debiendo comunicar a los medios de comunicacion del contenido de la misma para la publicidad a la poblacion en general. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 519875-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Financiera Universal S.A. la apertura de agencia en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 7081-2010 MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2010 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Universal S.A. para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en la avenida San MORDAZA Nº 761, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervision Bancaria "C"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 ­ Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la Financiera Universal S.A. la apertura de una agencia ubicada en la avenida

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