Norma Legal Oficial del día 17 de Julio del año 2010 (17/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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1.2 De conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, el Anexo a que se refiere el parrafo anterior sera publicado en el MORDAZA Electronico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 2º.- De control por parte de la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao 2.1 Corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, verificar el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 28253 respecto al destino de los bienes a que se refiere el numeral 1.1 del articulo 1º del presente Decreto Supremo. Para tal efecto el beneficiario de la exoneracion dispuesta por la Ley Nº 28253 debera poner a disposicion de la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao la documentacion o informacion que esta requiera. 2.2 Lo dispuesto en el numeral precedente es sin perjuicio de las labores de control y fiscalizacion a cargo de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas

Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 0412010-MTC/12-CPO, el curso "Non Destructive Inspection & Evaluation" (Course 22518) se realizara en la Federal Aviation Administration Academy, del 3 al 6 de agosto de 2010, en la MORDAZA de Oklahoma, Estados Unidos de America; Que, el citado curso tiene como objetivo que el inspector designado este actualizado en la identificacion y evaluacion de los procesos a ser utilizados por los Operadores en las pruebas no destructivas, asi como estar capacitado para actualizar las guias de chequeo que sirven para evaluar y auditar este MORDAZA de pruebas tecnicas; Que, el costo del referido viaje sera financiado dentro del MORDAZA del Convenio de Gestion de Servicios PER/07/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Ley Nº 29132, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de la Beca/Mision Int. Nº 010-06-2010, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspector de Certificaciones de Operaciones y Aeronavegabilidad de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Oklahoma, Estados Unidos de MORDAZA, del 2 al 7 de agosto de 2010, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje seran cubiertos por el Convenio de Gestion de Servicios PER/07/801, de acuerdo a la autorizacion de Beca/Mision Int. Nº 010-06-2010 y al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,577.90 Viaticos US$ 1,100.00 Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto US$ 31.00 Articulo 3º.- Dentro de los siete (7) dias calendario siguientes de su retorno al MORDAZA, el profesional mencionado, debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el profesional mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema, debera presentar dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil para participar en cursos de actualizacion que se realizaran en los EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 108-2010-MTC
MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2010 VISTOS: Los Informes Nº 380-2010-MTC/12 y Nº 403-2010MTC/12 del 15 de junio de 2010 y 22 de junio de 2010 de la Direccion General de Aeronautica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiendose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y dentro de sus competencias se encuentra la de ejecutar la politica aerea nacional;

520638-5 RESOLUCION SUPREMA Nº 112-2010-MTC
MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2010 VISTO: El Informe Nº 381-2010-MTC/12 del 15 de junio de 2010 de la Direccion General de Aeronautica Civil; y,

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