Norma Legal Oficial del día 17 de Julio del año 2010 (17/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
· Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bechi Representante del Hospital MORDAZA MORDAZA

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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 265-2007-MPL publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 16 de Noviembre de 2007, se creo la Comision Ambiental Municipal del Distrito de Pueblo Libre, como organo de coordinacion del Concejo Municipal, constituido por los representantes de las entidades publicas, privadas y la sociedad civil del distrito, que forma parte integrante del Sistema Nacional de Gestion Ambiental; Que, el articulo 3º la mencionada ordenanza establece la conformacion de la Comision Ambiental Municipal de Pueblo Libre, senalando que los miembros que MORDAZA electos, ejerceran el cargo por un periodo de dos (02) anos; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 06-2008-MPL publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 22 de MORDAZA de 2008, se formalizo la conformacion de la Comision Ambiental Municipal de Pueblo Libre, por lo que habiendose vencido la vigencia del mandato de los representantes electos, procede su renovacion; Que, la Oficina de Participacion Vecinal mediante Informe Nº 014-2010-MPL-OPV de fecha 09 de Junio de 2010 y Memorando Nº 094-2010-MPL-OPV de fecha 21 de Junio de 2010, senala que en cumplimiento de la disposicion mencionada en el considerando precedente, ha realizado las coordinaciones con las entidades que conforman la Comision Ambiental Municipal, remitiendo la relacion de los representantes designados a efectos que se proceda a la conformacion de la mencionada Comision; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- FORMALIZAR la constitucion de la Comision Ambiental Municipal ­ CAM de Pueblo Libre, la misma que estara integrada por las siguientes personas: · Sr. Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, quien la presidira. · Sr. Manual Capari MORDAZA (Titular) · Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Alterno) Representantes del MORDAZA Municipal de Pueblo Libre, elegidos por las Asociaciones Civiles sin fines de lucro, Fundaciones y Comites con residencia en el distrito · Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante de la Asociacion de Jardineros de Pueblo Libre, elegido entre los Micro y Pequenos Empresarios del Distrito · Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Representante del Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru. · Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Titular) · Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Alterno) Representantes de la Administracion Tecnica del Distrito de Riego Chillon - MORDAZA - Lurin. · Sr. Liver MORDAZA Siguenas (Titular) · Sr. MORDAZA MORDAZA Balcazar (Alterno) Representantes de la Universidad Alas Peruanas elegidos entre las Universidades Privadas del distrito. · Sra. MORDAZA MORDAZA Vicuna (Titular) · Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Alterno) Representantes de la Unidad de Gestion Educativa Local ­ UGEL Nº 3 · Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Titular) · Sra. MORDAZA Edy MORDAZA MORDAZA (Alterno) Representantes elegidos entre los Presidentes de las Juntas Zonales del distrito

· Sr. MORDAZA MORDAZA Goyburu Representante de la Compania de Bomberos Voluntarios MORDAZA Nº 36 Articulo Segundo.- PRECISAR que en el caso de los representantes electos, estos ejerceran su cargo por un periodo de dos (02) anos, contados a partir de la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA

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Disponen el embanderamiento de viviendas, instituciones y locales comerciales con motivo del aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru y del aniversario del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2010-MPL
Pueblo Libre, 12 de MORDAZA de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades son organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el proximo 28 de MORDAZA se celebra el 189º Aniversario de la Declaracion de la Independencia del Peru; asimismo, el 14 de Agosto se conmemora el 453º Aniversario de la Instauracion Espanola en el Pueblo de La MORDAZA (hoy Distrito de Pueblo Libre); Que, es necesario resaltar los hechos historicos trascendentes con el proposito de fortalecer y reafirmar nuestra conciencia civica, fomentando la realizacion de actividades simbolicas tradicionales como el embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del articulo 20º y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, instituciones publicas y privadas y locales comerciales del Distrito de Pueblo Libre, entre el 20 de MORDAZA y el 31 de Agosto de 2010, con motivo de la Celebracion del 189º Aniversario de la Independencia del Peru, asi como por el 453º Aniversario del Distrito de Pueblo Libre. Articulo Segundo.- RECORDAR a los titulares de las viviendas particulares e instituciones no estatales, que de conformidad con el Decreto Ley Nº 11323 del 31 de Marzo de 1950, es obligatorio el uso de la Bandera Nacional (de forma rectangular, con los MORDAZA nacionales, sin escudo de armas); encontrandose reservado el Pabellon Nacional (con el Escudo Nacional al centro) para uso de los edificios del Estado. Articulo Tercero.- EXHORTAR a los vecinos del distrito a fin que efectuen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor MORDAZA y ornato general de la ciudad. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento del presente

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