Norma Legal Oficial del día 28 de Julio del año 2010 (28/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2010

Ley, son unicos y de aplicacion obligatoria a nivel nacional, ademas determinan las responsabilidades de los sujetos implicados en los procedimientos de habilitacion MORDAZA y de edificacion; Que, en la Novena Disposicion Final de la Ley Nº 29090, precisa que la presente Ley entra en vigencia al dia siguiente de la publicacion de los Reglamentos (Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, Reglamento de los Revisores Urbanos y Reglamento de Verificacion Administrativa y Tecnica); Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2008VIVIENDA, Nº 025-2008-VIVIENDA y Nº 026-2008VIVIENDA, publicados el 27 de setiembre del 2008, se aprueban el Reglamento de Licencias de Habitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, Reglamento de los Revisores Urbanos y Reglamento de Verificacion Administrativa y Tecnica, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el Numeral 9 del Articulo 4º de la Ley 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, las municipalidades distritales en el ambito de su jurisdiccion, tienen competencia para la aprobacion de proyectos de habilitacion MORDAZA y de edificacion, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, en el Articulo 38º del Decreto Supremo Nº 0242008-VIVIENDA - Decreto que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion, se indica que mediante Resolucion de la Municipalidad Distrital o Provincial, segun corresponda, podran aprobarse en via de regularizacion las habilitaciones urbanas ejecutadas; asimismo el Articulo 23º de la Ley Nº 29090 establece que la resolucion de aprobacion de las habilitaciones urbanas ejecutadas, expedida por la municipalidad distrital debera contener la resolucion que apruebe el proyecto de habilitacion MORDAZA en via de regularizacion; Que, segun el Certificado de Zonificacion y Vias Nº335-2010-MML-GDU-SPHU de fecha 09 de MORDAZA del 2010, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, senala que el terreno ubicado en el Lote Nº 6 de la Manzana B de la Urbanizacion Parcelacion Semirustica MORDAZA MORDAZA ­ 1ra. Etapa, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, se encuentra calificado como Vivienda Taller ­ VT, conforme a la Ordenanza Nº 1081-MML; Que, en el aspecto vial segun el Plan del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA al 2010, aprobado mediante Ordenanza Nº 341 de fecha 06 de diciembre del 2001, el terreno no se encuentra afecto por ninguna Via Metropolitana del Plan Vial; Que, el Articulo 20º de la MORDAZA TH.010 del Reglamento Nacional de Edificaciones, las Habilitaciones para uso de Vivienda Taller contaran con las mismas caracteristicas de diseno que las Habilitaciones para uso de Vivienda o Urbanizaciones MORDAZA 3. Consiguientemente el Articulo 9º de la MORDAZA TH.010 del Reglamento Nacional de Edificaciones, indica que las Habilitaciones para uso de Vivienda o Urbanizaciones MORDAZA 3 corresponden a las Habilitaciones Urbanas de Densidad Media a ser ejecutadas en Zonas Residenciales de Densidad MediaR3; Que, el Articulo 10º de la Ordenanza 836-MML publicada en fecha 22.09.2005, el cual establece los aportes reglamentarios para habilitaciones urbanas en la Provincia de MORDAZA, senala que: "Los Aportes a que se encuentran obligados los titulares o responsables de las Habilitaciones Urbanas con fines Residenciales podran efectuar la redencion en dinero, hasta MORDAZA de la expedicion de la Resolucion que apruebe la Recepcion de Obras de la Habilitacion MORDAZA, de acuerdo a la valorizacion arancelaria, unicamente cuando el area resultante del Aporte sea menor al lote normativo, o en el caso de Habilitacion MORDAZA de Lote Unico para ejecutar simultaneamente un Conjunto Residencial"; Que, a traves del Recibo de Pago Nº 2463583 de fecha 08 de junio del 2010, pagado en la Tesoreria de esta Corporacion Municipal se ha acreditado la cancelacion de la Liquidacion Nº 007-2010-SGHU-GDU/MDSJL, de los derechos respectivos, de conformidad con el Articulo 40º del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA;

Que, mediante Resolucion Sub Gerencial Nº 079-2010MDSJL-GDU/SGHU de fecha 07 de junio del 2010, se aprobo la valorizacion del area de 92.07 m2, correspondiente al deficit de aporte reglamentario de Recreacion Publica y Servicios Publicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de la Aprobacion de Proyecto de Habilitacion MORDAZA Ejecutada en Via de Regularizacion de Lote Unico, sobre el terreno de 1,023.00 m2, constituido por el predio ubicado en la Av. MORDAZA MORDAZA Nº 431 ­ 439, Lote Nº 06 de la Manzana B de la Urbanizacion Parcelacion Semirustica MORDAZA MORDAZA ­ 1ra. Etapa, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Dicha valorizacion fue cancelada a la Tesoreria de la Municipalidad Distrital con Recibo de Pago Nº 2463582 de fecha 08 de junio del 2010; Que, la administrada ha cumplido con acompanar los documentos establecidos en las normas vigentes para el presente procedimiento del terreno materia de tramite; Que, de conformidad con la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Articulos 51º y 52º, para la procedencia de una pretension administrativa es necesario establecer la capacidad procesal del administrado para comparecer ante la administracion, asi como el interes legitimo de este para obrar y que este sea actual y cierto; y, si esto es asi, de conformidad con el Articulo 75º de la Ley acotada, corresponde a la administracion verificar si los documentos y/o recaudos que el administrado presenta, cumplen con los requisitos exigidos por la entidad y en aplicacion del MORDAZA de Presuncion de Veracidad, plasmado en el Articulo 42º de la Ley acotada, suponer que estos proceden con verdad en sus atribuciones, sin perjuicio de las probanzas que pueda ejercer la administracion para el logro del objetivo del servicio pretendido, debiendo causar conviccion a la autoridad administrativa para su procedencia; Que, obra MORDAZA de la Ficha Nº 75671 que continua en la Partida Nº 43031503 del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, la misma que en su asiento senala a la empresa LATINUM GROUP S.A.C., como propietario del terreno materia de tramite, acreditandose de esta manera la legitimidad para obrar en el presente procedimiento; Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe Nº 2332010-MDSJL-GDU/AL de fecha 01 de MORDAZA del 2010, de la Asesoria Legal de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y su modificatoria Ley Nº 29476, Decreto Supremo Nº 024 - Decreto que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencias de Edificacion y su modificatoria D.S. Nº 003-2010-Vivienda, Reglamento Nacional de Edificaciones, Ordenanza Nº 1081-MML, Ordenanza Nº 341-MML, Ordenanza Nº 836-MML y de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Proyecto de Habilitacion MORDAZA Ejecutada en Via de Regularizacion de Lote Unico, para uso Vivienda ­ Taller (VT) del terreno de 1,023.00 m2, ubicado en el Lote Nº 6 de la Manzana B de la Urbanizacion Parcelacion Semirustica MORDAZA MORDAZA ­ 1ra. Etapa, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, De conformidad con el Plano de Lotizacion y el Plano de Ubicacion y Localizacion, signados para efectos de Registros como Plano Nº 0172010-HU-SGHU-GDU/MDSJL y Nº 018-2010-HU-SGHUGDU/MDSJL, respectivamente; solicitada por Latinum Group S.A.C. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a Latinum Group S.A.C. a culminar en el plazo de treinta y seis (36) meses las Obras de Habilitacion MORDAZA de conformidad con los planos signados con el Nº 017-2010-HU-SGHU-GDU/ MDSJL y Nº 018-2010-HU-SGHU-GDU/MDSJL, debiendo sujetarse los trabajos a los planos firmados y sellados por los entes oficiales, teniendo en cuenta lo siguiente: DISENO URBANO.- El Cuadro de Areas que se aprueba es el siguiente:

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