Norma Legal Oficial del día 01 de Junio del año 2010 (01/06/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 1 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

419917

i) Adjudicacion de Suministro de Volumenes de Gas Natural por un determinado plazo. j) Finalizacion del MORDAZA de Oferta Publica, con la suscripcion de los Contratos de Suministro Las etapas de las Bases deberan contar con un Cronograma de ejecucion. El Productor, para la elaboracion de las Bases, como minimo, considerara lo siguiente: (i) Indicar el precio minimo de aceptacion de ofertas del Productor en $/MMBTU, el criterio y la formula de evaluacion que se aplicara para la asignacion de Volumenes de Gas Natural, los mismos que deberan cumplir con las normas que regulan la prioridad en el abastecimiento y en la asignacion de volumenes de gas natural emitidas por el Ministerio de Energia y Minas a traves del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 066-2008-EM y, de ser el caso, por el Decreto de Urgencia Nº 023-2009 y el Decreto Supremo Nº 067-2009-EM, asi como por las normas que los complementen o sustituyan. (ii) Indicar los Volumenes y plazos de entrega de Gas Natural a ser ofertados en el MORDAZA de Oferta Publica. (iii) Establecer las condiciones del Suministro, conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia. (iv) Establecer las obligaciones de los Postores, y la documentacion que deberan presentar, asi como el modo y forma de la misma. El Productor debera incluir en las Bases, como minimo, lo establecido en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial N°186-2010-MEM/DM, asi como lo dispuesto en los articulos 2° y 3º del Decreto Supremo Nº 018-2010-EM. (v) Establecer los criterios y plazo en que se resolveran las cuestiones vinculadas con el empate de Propuestas. (vi) Establecer el precio de las Bases, el cual debera ser justificado por el Productor. (vii) Modelo de Contrato de Suministro a suscribir con el Postor al que se le adjudique Volumenes de Gas Natural. Articulo 5.- Aprobacion de las Bases El Productor debera poner en conocimiento de OSINERGMIN su intencion de convocar a MORDAZA de Oferta Publica, por lo menos con treinta (30) dias calendario de anticipacion a la fecha de publicacion de la Convocatoria, acompanando las Bases y los formatos descritos en el articulo 12º del presente dispositivo legal, segun corresponda. OSINERGMIN efectuara la revision de la informacion contenida en las Bases y la declarada por el Productor, a fin de verificar que estas se ajusten al presente dispositivo legal, a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 018-2010EM, asi como a lo indicado en la Resolucion Ministerial N° 186-2010-MEM/DM y, de ser ese el caso, proceder, a traves del Consejo Directivo de OSINERGMIN, a aprobar las citadas Bases. De presentarse observaciones por parte de OSINERGMIN, el Productor tendra un plazo de cinco (05) dias utiles prorrogables por una sola vez y por el mismo plazo, para proceder con su levantamiento, caso contrario se declara que las Bases no han sido aprobadas al no haberse subsanado las observaciones formuladas. En dicho supuesto el Productor presentara nuevamente su solicitud para la aprobacion de Bases, debiendo cumplir con las disposiciones contenidas en el presente procedimiento. Articulo 6.- De la Convocatoria La Convocatoria del MORDAZA de Oferta Publica debera ser publicada por el Productor, como minimo durante dos (2) dias calendario consecutivos en el Diario Oficial El Peruano y en un (1) diario de difusion nacional, por lo menos con veinte (20) dias calendario de anticipacion, contabilizados entre la MORDAZA publicacion y la fecha prevista para la recepcion de solicitudes de Suministro. La Convocatoria debera ser remitida a OSINERGMIN al dia siguiente de la MORDAZA publicacion. La publicacion de la Oferta Publica debera especificar los siguientes datos: a) Lugar, fecha y hora de MORDAZA de las Solicitudes de Suministro, asi como del acto de apertura de los sobres respectivos. b) Cantidad ofertada de Gas Natural y plazo de Suministro, expresada en MMPCD.

c) Lote de donde proviene el Volumen de Gas Natural a ofertar. d) Fecha del inicio de la entrega del Gas Natural. e) El precio de las Bases expresado en nuevos soles. f) Otros criterios propios del MORDAZA de Oferta Publica. Articulo 7.- De las Propuestas Las Propuestas presentadas por los Postores deberan contener, conforme lo establecido en la Resolucion Ministerial N° 186-2010-MEM/DM, como minimo lo siguiente: a) La Decision de condicionar o no la Solicitud de Suministro, a que el Productor adjudique el total del Suministro de Gas Natural solicitado por el Postor. b) Los tres ultimos estados financieros debidamente auditados de la Sociedad. En caso no cuente la Sociedad con dicha informacion debera ser completada con los estados financieros de la Sociedad Controladora, o con otros documentos equivalentes que acrediten la solvencia economico ­ financiera del Postor. c) Testimonio de Constitucion y Estatuto de la Sociedad con sus modificaciones, si las hubiera, debidamente inscritas en la Oficina Registral respectiva y la MORDAZA literal de la Partida Registral con una antiguedad no mayor a un (1) mes. d) La documentacion que respalde razonablemente los Volumenes de Gas Natural que solicita, para lo cual debera presentar una memoria descriptiva de las instalaciones industriales que seran abastecidas con Gas Natural, Punto o Puntos de Recepcion y Entrega y, de ser el caso, el historial de consumo de combustibles alternativos; asi como la fecha de inicio para la recepcion del Gas Natural, plazo por el que solicita el Suministro de Gas Natural expresado en anos, entre otros. e) La documentacion que acredite la personeria del apoderado o representante legal del Solicitante. f) Garantia de seriedad bancaria (Carta Fianza Bancaria), la garantia debera ser por: i. Un monto equivalente al 5% del valor del volumen solicitado por el Postor, el cual debe ser valorizado a 1.55 $/MMBTU.; o ii. Un monto equivalente a dos meses de Suministro de Gas Natural El que resulte menor. g) Garantia de Fiel Cumplimiento (Carta Fianza Bancaria), la garantia debera ser por un monto equivalente a dos meses del Suministro de Gas Natural. El Postor que no cumpla con los requerimientos exigidos en las Bases, sera notificado por el Productor de tal circunstancia, para lo cual contara con el plazo de cinco (5) dias calendario para el levantamiento de observaciones, caso contrario el Postor perdera los derechos resultantes dentro del MORDAZA de Oferta Publica, sin que ello de lugar a reclamo alguno. Articulo 8.- Del Acto de Apertura, evaluacion de Propuestas, Adjudicacion de Suministro y Finalizacion del MORDAZA de Oferta Publica Los sobres conteniendo la documentacion Tecnica y Financiera asi como las Propuestas Economicas seran abiertos en acto publico. En dicho acto se debera elaborar un acta ante Notario Publico, en donde conste lo actuado y sera firmada por los presentes que deseen hacerlo. MORDAZA de la mencionada acta debera ser remitida al dia siguiente del acto de apertura a OSINERGMIN. La evaluacion de Propuestas, Adjudicacion de Suministro y Finalizacion del MORDAZA de Oferta Publica se realizara acorde con lo establecido en las Bases aprobadas, en el Decreto Supremo Nº 018-2010-EM, en la Resolucion Ministerial N° 186-2010-MEM/DM y en la presente norma. Articulo 9.- Impugnacion Los Postores podran impugnar alguno o algunos de los puntos relacionados con el acto de apertura de las solicitudes. La impugnacion debera quedar asentada en el acta de apertura, debiendose remitir una MORDAZA del acta a OSINERGMIN, al dia siguiente del acto de apertura. El Productor debera resolver las impugnaciones planteadas dentro de los siete (7) dias calendario contados

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.