Norma Legal Oficial del día 02 de Junio del año 2010 (02/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

419941

Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 501345-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 243-2010-MEM/DM MORDAZA, 1 de junio de 2010 VISTO: El Expediente Nº 33057395, organizado por la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A. ­ EGESUR S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11000475 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Tacna, sobre solicitud de modificacion de autorizacion para la generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 323-96EM/VME, publicada el 20 de MORDAZA de 1996, se otorgo la transferencia de autorizacion de ELECTROPERU S.A. a favor de EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A. ­ EGESUR S.A. Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 5542007-MEM/DM, publicada el 15 de diciembre de 2007, se aprobo la modificacion de la referida autorizacion a favor de EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A., consistente en la reubicacion geografica de los grupos y equipos electricos, y el cambio de denominacion de la "Central Termica Calana" a "Central Termica Independencia-Egesur", en aplicacion del Decreto Supremo Nº 041-2004-EM, publicado el 24 de noviembre de 2004, con una capacidad instalada de 25,6 MW, ubicada en el distrito de Independencia, provincia de MORDAZA y departamento de Ica; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 388-2008MEM/DM, publicada el 06 de setiembre de 2008, se aprobo la modificacion de autorizacion, donde se amplio el plazo de ejecucion de las obras de la Central Termica Independencia-Egesur por cuatro (04) meses contados a partir del termino del plazo establecido en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 554-2007-MEM/DM; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 2262009-MEM/DM, publicada el 15 de MORDAZA de 2009, se aprobo la modificacion de autorizacion, donde se amplio el plazo de ejecucion de las obras de la Central Termica Independencia-Egesur por seis (06) meses contados a partir del termino del plazo establecido en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 388-2008-MEM/DM, el cual concluiria el 16 de junio de 2009; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 408-2009MEM/DM, publicada el 28 de setiembre de 2009, se aprobo la modificacion de autorizacion, donde se amplio el plazo de ejecucion de las obras de la Central Termica Independencia-Egesur por cuatro meses y medio (4,5) contados a partir del termino del plazo establecido en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 226-2009-MEM/ DM, el cual concluiria el 31 de octubre de 2009; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 0322010-MEM/DM, publicada el 27 de enero de 2010, se aprobo la modificacion de autorizacion, donde se amplio el plazo de ejecucion de las obras de la Central Termica Independencia-Egesur por siete (07) meses contados a partir del termino del plazo establecido en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 408-2009-MEM/DM, el cual concluiria el 31 de MORDAZA de 2010; Que, la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A., mediante los documento con registros de ingreso Nº 1994352 de fecha 31 de MORDAZA de 2010, ha solicitado nuevamente la modificacion de la autorizacion a fin de obtener un plazo adicional de cinco (05) meses para la culminacion de las obras del gasoducto a traves del cual se abastecera de gas natural a la Central Termica Independencia-Egesur para su puesta en servicio;

Que, mediante el Informe Legal Nº 009-2010-EM-DGE se califico las razones expuestas por la titular como caso fortuito o fuerza mayor; Que, dichas circunstancias corresponden a la figura de fuerza mayor prevista en el articulo 1315º del Codigo Civil, por lo que constituyen eventos imprevisibles, extraordinarios e irresistibles, y tienen una vinculacion directa con el incumplimiento de las obligaciones contempladas en la Resolucion Ministerial Nº 032-2010MEM/DM, por lo que justifica que la mencionada empresa quede eximida de la responsabilidad generada por dicho incumplimiento; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el articulo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 00993-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 1262010-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas, y el item AE02 del Anexo Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese las razones de caso fortuito o fuerza mayor sustentadas por EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A., al MORDAZA del literal e) del Articulo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Articulo 2º.- Aprobar la modificacion de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica Independencia-Egesur de la que es titular la EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA DEL SUR S.A., y que debera efectuar las obras de instalacion para el abastecimiento del gas dentro del plazo adicional de cinco (05) meses contados a partir del termino del plazo establecido en el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 032-2010-MEM/DM, el cual concluira el 31 de octubre de 2010. Ante la falta de ejecucion de las obras correspondientes a la referida central termica de acuerdo con el plazo adicional previsto, quedara sin efecto la modificacion a que hace referencia el presente articulo. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 501345-2

INTERIOR
Designan Director de Sistema Administrativo III de la Oficina General de Planificacion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0531-2010-IN/0301 MORDAZA, 1 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo III, de

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