Norma Legal Oficial del día 02 de Junio del año 2010 (02/06/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

419963

que la sanciona con dieciseis (16) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la resolucion del contrato atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 16. GLOBAL BUSINESS SOLUTIONS PERU S.A.C., Mediante Resolucion Nº 700-2010-TC-S3 de 14.04.2010, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 582-2010-TC-S3 de 12.03.2010, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM. 17. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Mediante Resolucion Nº 733-2010-TC-S4 de 19.04.2010, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 595-2010-TC-S4 de 15.03.2010, que la sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM. 18. SAGEN PERU WORK S.A.C., Mediante Resolucion Nº 734-2010-TC-S4 de 19.04.2010, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 605-2010-TCS4 de 15.03.2010, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por presentar documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) numeral 1 del articulo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 19. SEKUR PERU S.A., Mediante Resolucion Nº 711-2010-TC-S3 de 15.04.2010, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 619-2010-TC-S3 del 15.03.2010, que la sanciona con cinco (05) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 20. SERVICENTRO EDUARDO´S S.R.L., Mediante Resolucion Nº 692-2010-TC-S3 de 13.04.2010, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 636-2010TC-S3 de 16.03.2010, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la no suscripcion injustificada del contrato, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 21. BENETTON INDUSTRIAL SUPPLY S.A., Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion al contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nª 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 638-2010-TC-S3 del 16.03.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 22. MORDAZA VIEDA MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la

MORDAZA de documentos falsos y/o inexacta, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 648-2010-TC-S4 del 30.03.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 23. ZEUS SECURITY AND SERVICE S.A.C., Mediante Resolucion Nº 651-2010-TC-S3 de 30.03.2010, se declaro fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 349-2010-TC-S3 del 16.02.2010, reformando el periodo de sancion de diez (10) a ocho (08) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 24. COMERCIAL Y FERRETERIA MORDAZA E.I.R.L. (COMERCIAL Y CONSTRUCTORA MORDAZA E.I.R.L.), Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por participar en MORDAZA de seleccion, sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infraccion tipificada en el numeral 5) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 656-2010-TC-S4 del 05.04.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 25. MORDAZA GALLO MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos y/o inexacta y por haber contratado con el Estado estando impedido para ello, causales tipificadas en el numeral 9) y 4) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 658-2010-TC-S4 del 07.04.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 26. MORDAZA GALLO MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por dieciseis (16) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos y/o inexacta y por haber contratado con el Estado estando impedido para ello, causales tipificadas en el numeral 9) y 4) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 660-2010-TC-S1 del 07.04.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 27. MORDAZA VILLARAN MORDAZA RUBER, Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos y/o inexacta, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 671-2010-TC-S4 del 09.04.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 28. MORDAZA INDUSTRIAL E.I.R.L., Inhabilitacion por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion al contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 674-2010-TC-S3 del 09.04.2010, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.