Norma Legal Oficial del día 02 de Junio del año 2010 (02/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de junio de 2010

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

419989

del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el presente procedimiento, se encuentra regulado por las Directivas Nros. 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, sobre Tramites de Inscripcion de la Primera de Dominio de Predios a favor del Estado, aprobadas con Resolucion Nº 011-2002/SBN y Resolucion Nº 014-2004/SBN, respectivamente. Que, segun se desprende del Informe Tecnico Legal Nº 014-2010-GRA-OOT, el Informe Nº 236-2010-GRA/ OOT e Informe Nº 237-2010-GRA/OOT emitidos por la Oficina de Ordenamiento Territorial, se tiene que se ha seguido el procedimiento establecido en la mencionada Directiva y que se cuenta con los requisitos exigidos en la MORDAZA legal. Que, en virtud de lo senalado y de la documentacion acompanada, consideramos que es procedente que el Gobierno Regional de MORDAZA, emita la resolucion correspondiente a fin de que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado, el terreno eriazo de 1 829.47 M2 m2., ubicado a la altura de la Av. MORDAZA Grau del distrito de MORDAZA Union, provincia de Caraveli y departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo establecido en las Directivas Nº 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, la presente resolucion es visada por los funcionarios que suscribieron el informe tecnico legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 408 -2010-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 337-2007-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de domino a favor del Estado, de un terreno eriazo de 1 829.47 M2, ubicado a la altura de la Av. MORDAZA Grau del distrito de MORDAZA Union, provincia de Caraveli y departamento de MORDAZA, conforme a los documentos tecnicos que sustentan la presente resolucion y que son parte integrante de la misma. Articulo 2º.- Disponer que la presente resolucion sea publicada por unica vez en el Diario Oficial El Peruano y, un extracto, en el diario de mayor circulacion en la Region. Articulo 3º.- La Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamientos Territorial del Gobierno Regional de MORDAZA, solicitara a la MORDAZA Registral Nº XII Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, realice la inscripcion en primera de dominio a favor del Estado Peruano del terreno descrito en el articulo primero. Dada en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veinticinco (25) dias del mes de MORDAZA del dos mil diez. Registrese y comuniquese BERLY MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Regional 500704-2

Que, segun obra de los antecedentes la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal ­COFOPRI, ha asumido para fines operativos la titularidad del predio ubicado en el Asentamiento Humano Pueblo Tradicional MORDAZA, Maz. 9, lote 1, distrito de MORDAZA, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA, de una extension de 9 603.20 m2. Que, en el ano 2002, COFOPRI afecta en uso esta propiedad a la Municipalidad Distrital de MORDAZA, para que sea destinado al desarrollo especifico de sus fines, por un plazo indeterminado. El referido predio se encuentra inscrito en la Partida P06185131 del Registro de Predios. Que, el Reglamento del Titulo I de la Ley Nº 28687, referido a "Formalizacion de la Propiedad Informal de Terrenos Ocupados por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares", aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2006-VIVIENDA, establece en su octava disposicion complementaria y final, lo siguiente: "Octava.- Afectaciones en uso a favor de la SBN Mediante Resolucion de la Superintendencia de Bienes Nacionales se podra disponer la inscripcion de dominio, a favor del Estado, representado por la SBN, en las partidas registrales de los lotes que COFOPRI hubiere afectado en uso, conforme al Capitulo VIII del Decreto Supremo Nº 013-99-MTC. El registrador, por el solo merito de dichas resoluciones extendera el asiento respectivo." Que, a su vez el Reglamento de Formalizacion de la Propiedad a cargo de la COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, establece en el articulo 63, correspondiente al Capitulo VIII , Lotes de Equipamiento Urbano. "Articulo 63.- De la administracion, registro y control de los lotes afectados en uso y del cambio de titularidad en el registro Para el registro en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, a cargo de la Superintendencia de Bienes Nacionales, se remitira periodicamente MORDAZA del plano de trazado y lotizacion inscrito de la posesion informal. Los titulos de afectacion en uso otorgados tendran merito suficiente para su registro en el SINABIP. Al inscribirse las afectaciones en uso en el Registro de Predios, simultaneamente y de oficio el registrador debera extender el asiento de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales". (el subrayado es nuestro) Que, de acuerdo a lo establecido en la mencionada normatividad legal debe disponerse la inscripcion de dominio del referido inmueble a favor del Estado. Que, el inciso b) del articulo 62 de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Entrega y Recepcion de Funciones Sectoriales y Recursos Asociados, del Sector Economia y Finanzas ­ Superintendencia de Bienes Nacionales al Gobierno Regional de MORDAZA en materia de Administracion y Adjudicacion de terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, el articulo 32 del Reglamento de la Ley, respecto al tramite y aprobacion de los actos de adquisicion, administracion y disposicion de bienes estatales, senala que este se realiza ante y por los Gobiernos Regionales, para aquellos de su propiedad o del Estado que esten bajo su administracion.

Disponen inscripcion de dominio a favor del Estado de inmueble ubicado en la provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 054-2010-GRA/PR-GGR VISTO: El Informe Nº 317-2010-GRA/OOT, de la Oficina de Ordenamiento Territorial sobre inscripcion de dominio a favor del Estado de inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Pueblo Tradicional MORDAZA, Maz. 9, lote 1, distrito de MORDAZA, provincia de Caraveli, departamento de Arequipa.

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