Norma Legal Oficial del día 12 de Junio del año 2010 (12/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de junio de 2010

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

420531

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, a los siguientes efectivos de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, para que participen en la Conferencia Final de Planeamiento del Ejercicio Multinacional UNITAS Fase MORDAZA 2010, con la MORDAZA de MORDAZA del Peru, del 12 al 18 de junio de 2010: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. COMODORO CAPITAN DE FRAGATA CAPITAN DE FRAGATA CAPITAN DE FRAGATA MORDAZA MORDAZA CAPITAN DE CORBETA CAPITAN DE CORBETA CAPITAN DE CORBETA CAPITAN DE CORBETA MAYOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TECNICO SUPERVISOR TECNICO TECNICO MORDAZA MORDAZA NICKERSON MORDAZA FITZGERALD MORDAZA SCHUERMANN MORDAZA MORDAZA MORDAZA BOLANIO MORDAZA BEAUFORT MORDAZA MORDAZA TED NUNAMAKER MORDAZA LIERSCH MORDAZA MORDAZA MORDAZA EDWARDS MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA GIUDICI SUNG AHN MORDAZA LILJEGREN MORDAZA GORE MORDAZA MORDAZA MORDAZA WOODIN KEALII AIPIA

Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, a los siguientes efectivos de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, para participar en la Conferencia MORDAZA de Enfermedades Infecciosas ­ Mejorando las Capacidades Diagnosticas para la Influenza en la Region, a realizarse del 13 al 18 de junio de 2010: 1. 2. 3. 4. CAPITAN DE FRAGATA CAPITAN DE NAVIO CAPITAN DEL EJERCITO MORDAZA PRIMERO DEL EJERCITO MORDAZA MORDAZA MORDAZA CUBANO MORDAZA MORDAZA MORDAZA GARNIER

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 506323-5

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 506323-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 605-2010-DE/SG MORDAZA, 10 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DGS) Nº 601 y 602 de fecha 03 de junio de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el mes de junio se llevara a cabo la Conferencia MORDAZA de Enfermedades Infecciosas en la que participara personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899;

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Banco de la Nacion
DECRETO SUPREMO Nº 126-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2005-EF se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del Banco de la Nacion, el mismo que fue modificado por la Resolucion Ministerial N° 634-2007-EF/10; Que, por el articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, los participantes pueden formular observaciones a las Bases, siendo obligacion del Comite Especial absolverlas de manera fundamentada y sustentada mediante un pliego absolutorio que sera notificado a traves del Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE); en caso que el Comite Especial no acogiera las observaciones formuladas por los participantes, estos podran solicitar que las Bases y los actuados del MORDAZA MORDAZA absueltos por el Titular de la Entidad en MORDAZA instancia cuando el valor referencial es menor a trescientas (300) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); Que, asimismo el articulo 53º del citado Decreto Legislativo ha dispuesto que las discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes o postores en un MORDAZA de seleccion, solamente podran dar lugar a la interposicion del recurso de apelacion, siempre y cuando el valor referencial del MORDAZA no supere las 600 UIT; Que, la Ley N° 28449, Ley que establece las nuevas reglas del Regimen de Pensiones del Decreto Ley N° 20530 y los lineamientos aprobados por Resolucion Ministerial N° 405-2006- EF/15 reconocen el derecho a pension de sobrevivientes orfandad por estudios a los hijos mayores de 18 anos de edad que se encuentren cursando estudios de niveles basico y superior de manera ininterrumpida; Que, asimismo la citada Ley N° 28449 establece que la pension de viudez se otorga al varon solo cuando se encuentre incapacitado para subsistir por si mismo, carezca de rentas o ingresos superiores al monto de la pension y no este amparado por algun sistema de seguridad social; Que, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General en sus articulos 208° y 209° regula el procedimiento

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