Norma Legal Oficial del día 12 de Junio del año 2010 (12/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de junio de 2010

en las Instituciones Educativas Publicas, que funcionan en el mismo local escolar", que se adjunta y forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion NORMAS PARA LA ADMINISTRACION COMPARTIDA DE LA INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO EDUCATIVO EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS QUE FUNCIONAN EN EL MISMO LOCAL ESCOLAR TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DE LA FINALIDAD, OBJETIVOS Y ALCANCES Articulo 1º. Finalidad Establecer normas y procedimientos sobre la administracion compartida de las Instituciones Educativas Publicas que perteneciendo a diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, utilizan la misma Infraestructura, mobiliario y equipamiento educativo. Articulo 2º. Objetivos a) Optimizar el uso racional de la infraestructura y equipamiento de las Instituciones Educativas Publicas, que funcionan en el mismo local escolar. b) Dinamizar la administracion compartida de las Instituciones Educativas Publicas, contribuyendo a mejorar la calidad y sostenibilidad de los servicios educativos. Articulo 3º. Alcances La presente MORDAZA comprende a las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico Productiva, que perteneciendo a diferentes niveles y modalidades educativas ocupan, o que posteriormente requieran ocupar la misma infraestructura, mobiliario y equipamiento Educativo y que en adelante se denominara solo "Institucion Educativa". TITULO II DE LA ORGANIZACION, GESTION ADMINISTRATIVA, SEGURIDAD Y RESPONSABILIDAD CAPITULO I DE LA ORGANIZACION Articulo 4º. Naturaleza Las instituciones educativas publicas de los diferentes niveles y modalidades educativas que ocupan o que posteriormente requieran ocupar el mismo local escolar, son de administracion compartida, que se expresa en la coordinacion para el uso pedagogico de toda la infraestructura, muebles y equipamiento educativo, a traves de la articulacion y armonizacion permanente de sus planes de trabajo y actividades educativas, bajo responsabilidad administrativa de sus directores. Articulo 5º. Consejo Directivo La Institucion Educativa, de administracion compartida, esta bajo la conduccion de un Consejo Directivo, conformado por los directores de los diferentes niveles y modalidades educativas que funcionan en el mismo local escolar. Articulo 6º. Presidencia del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la Institucion Educativa para fines de su administracion integral y representacion legal, es presidido por uno de los Directores, en forma rotativa por un periodo de dos anos, de acuerdo a la concertacion interna entre las Instituciones Educativas Publicas de los diferentes niveles y modalidades que la conforman.

El Presidente del Consejo Directivo ademas de cumplir las funciones propias del nivel o modalidad educativa al que pertenece, tendra las siguientes responsabilidades: a) Administrar la documentacion y bienes patrimoniales comunes y de uso compartido por todos los integrantes de la Institucion Educativa. b) Conducir y actualizar el inventario unico y control de los bienes del Estado, los adquiridos por la propia Institucion Educativa asi como las donaciones recibidas y que MORDAZA de uso compartido por los integrantes de la Institucion Educativa. Articulo 7º. Del Director de Nivel o Modalidad Educativa Independiente de lo senalado en el Articulo 5º, cada Director de nivel o modalidad educativa que forma parte de la Institucion Educativa, es responsable de la administracion correspondiente al nivel o modalidad educativa a su cargo, asumiendo plenamente la representacion legal y las funciones de Direccion de su nivel o modalidad segun corresponda, establecidas en el Articulo 55º de la Ley Nº 28044 Ley General de Educacion y el Articulo 19º del Reglamento de la Gestion del Sistema Educativo aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2005ED y normas complementarias, sin mas limitaciones que las previstas en la Ley Articulo 8º. Reuniones ordinarias de coordinacion. El Consejo Directivo se reune en sesion ordinaria por lo menos una vez al mes, para coordinar asuntos relacionados con la administracion compartida, cuyos acuerdos obraran en el libro de Actas a cargo de la presidencia. Los acuerdos seran adoptados por consenso y son vinculantes para las partes. Articulo 9º. Reuniones extraordinarias de coordinacion. Las Sesiones extraordinarias son convocados por el Presidente del Consejo Directivo y en su ausencia por el Director con mayor tiempo de servicios oficiales, con una anticipacion no menor de cuarenta y ocho horas a su realizacion y se efectuan a solicitud de uno o mas Directores de nivel o modalidad educativa integrantes para tratar asuntos del servicio o institucionales que requieran atencion colegiada. Articulo 10º. Organos de Participacion, concertacion y vigilancia. El Consejo Educativo Institucional CONEI, se conforma en cada modalidad educativa, salvo que por comun acuerdo del Consejo Directivo de la Institucion Educativa, se decida constituir un solo CONEI. En este ultimo caso, se formula su Reglamento Interno en las que se establecen las normas y procedimientos para su adecuado funcionamiento. Articulo 11º. Instrumentos de Gestion. La formulacion de los instrumentos de gestion de la Institucion Educativa, se efectuara teniendo en cuenta lo siguiente: a) El Proyecto Educativo Institucional sera formulado por el Consejo Directivo y aprobado por el Director que lo preside. b) El Reglamento Interno, Plan Anual de Trabajo, Plan de Supervision Educativa, Cuadro para Asignacion de Personal, Proyectos de innovacion, Informe de Gestion Anual y demas instrumentos de gestion, seran formulados y aprobados por cada Institucion Educativa que la integra. CAPITULO II DE LA GESTION ADMINISTRATIVA Articulo 12º. Tramite documentario En la Institucion Educativa, cada nivel o modalidad educativa organiza y determina al responsable del tramite documentario y archivo. El Consejo Directivo determinara las pautas para los tramites que MORDAZA comunes a los niveles y modalidades integrantes de la Institucion Educativa.

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