Norma Legal Oficial del día 12 de Junio del año 2010 (12/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

420539

funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autonomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modificatoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoria economica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideracion los dispositivos legales MORDAZA mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 ­ Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; la Ley N° 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; la Ley Nº 27238 - Ley de la Policia Nacional del Peru y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2000-IN; la Ley Nº 29334 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0042005-IN. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al extranjero en Comision del Servicio del Suboficial Superior de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA a la MORDAZA de Buenos Aires ­ MORDAZA del 14 de junio al 18 de junio de 2010, para ejecutar la extradicion del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitado por la autoridad judicial, por la presunta comision del Delito contra el Patrimonio ­ robo agravado, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Otros y el Delito Contra la Tranquilidad Publica ­ Asociacion Ilicita para Delinquir en agravio del Estado peruano. Articulo 2°.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasionen el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Suboficial Superior de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viaticos (Art. 5º DS 047-2002-PCM) 5 x 200 US.$ 1,000.00 TOTAL US.$ 1,000.00 Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viaticos (Art. 5º DS 047-2002-PCM) 5 x 200 US.$ 1,000.00 TOTAL US.$ 1,000.00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada. Articulo 4°.- Dentro de los siete (07) dias calendarios de efectuado el viaje, el personal policial designado debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 506613-12

RELACIONES EXTERIORES
Disponen reabrir la Embajada del Peru en el Estado de Kuwait
RESOLUCION SUPREMA Nº 233-2010-RE MORDAZA, 11 de junio de 2010 VISTA: La Resolucion Suprema Nº 0435-1990-RE, que cierra por supresion, entre otras, la Embajada del Peru en Kuwait; CONSIDERANDO: Que, el Peru debe continuar ampliando su vinculacion con los paises que presentan condiciones favorables de intercambio economico y cooperacion, especialmente aquellos ubicados en las regiones de mayor dinamismo; Que, el Estado de Kuwait es una nacion de importancia en la region del Golfo Arabigo, que se constituye en un centro de negocios hacia otras regiones, contando para ello con el Fondo Kuwaiti para el Desarrollo Economico Arabe, ademas de la Autoridad Kuwaiti de Inversiones; Que, en los ultimos anos las relaciones peruanokuwaities han adquirido dinamismo a traves de los contactos establecidos entre MORDAZA Cancillerias y el mutuo interes de desarrollar una base juridica moderna mediante la suscripcion de convenios actualmente en negociacion en las areas de promocion y proteccion reciproca de inversiones y cooperacion relativa a bienes culturales; Que mediante Nota Nº 227/2010-PERU, de la Representacion Permanente del Estado de Kuwait ante la Organizacion de las Naciones Unidas con sede en Nueva MORDAZA, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado de Kuwait manifiesta su aceptacion para la apertura de la Embajada del Peru en dicho MORDAZA, expresando asimismo su plena disposicion para prestar el apoyo logistico, administrativo y tecnico que sea necesario para su consecucion; De conformidad con lo establecido en el articulo 118º inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley Nº 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reabrir la Embajada del Peru en el Estado de Kuwait, con sede en la MORDAZA de Kuwait, su capital.

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