Norma Legal Oficial del día 12 de Junio del año 2010 (12/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

420560
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de junio de 2010

Que, la Ley Nº 29332 ­ Ley que crea el Plan de incentivos a la mejora de la gestion municipal, de fecha 21 de marzo de 2009, tiene por objeto incentivar a los Gobiernos Locales a mejorar los niveles de recaudacion de los tributos municipales, la ejecucion del gasto en inversion y la reduccion de los indices de desnutricion cronica infantil a nivel nacional; Que, la Ley Nº 29465 ­ Ley de presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2010, de fecha 8 de diciembre de 2009, crea el Programa de Modernizacion Municipal que se crea en virtud de la presente disposicion, para el periodo 2010-2013, con el objeto de generar condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la economia local; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2020-EF, de fecha 12 de enero de 2010, se aprobaron los Procedimientos para el cumplimiento de Metas y la Asignacion de los Recursos del Programa de Modernizacion Municipal, dispositivo que tiene como finalidad promover condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economia local, incentivando a las municipalidades a incrementar la recaudacion de los impuestos municipales a traves de la mejora de la gestion financiera, y generar las condiciones favorables al clima de negocios a traves de la mejora en la provision de servicios publicos, infraestructura basica y simplificacion de tramites, entre otros; Que, la Primera Disposicion Final de las Disposiciones Complementarias del dispositivo acotado precedentemente contempla que en un plazo de quince dias calendario, contados a partir de la vigencia de la MORDAZA mediante Resolucion de Alcaldia se designara a un funcionario responsable de coordinar con las distintas areas de la Municipalidad el cumplimiento de las metas establecidas; Que, el Articulo 36º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece que: "Los gobiernos locales promueven el desarrollo economico de su circunscripcion territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia social.", precisando el articulo 38º que: "El ordenamiento juridico de las municipalidades esta constituido por las normas emitidas por los organos de gobierno y administracion municipal, de acuerdo al ordenamiento juridico nacional"; Que, el Art. 36º numeral 3 y Articulo 38º numeral 5 de la Ley Nº 27444 senala que las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, y que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar Decreto de Alcaldia en el caso de los gobiernos locales; Que, el Articulo 44º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, establece que los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal; Que, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General en sus articulos 40 numeral 1 y 44º numeral indica que las entidades estan prohibidas de solicitar para el inicio, prosecucion o conclusion de un procedimiento, informacion o la documentacion que la contenga. Del mismo modo no procede establecer derechos de tramitacion en

los procedimientos administrativos, cuando su tramitacion implique para la entidad la prestacion de un servicio especifico e individualizable a favor del administrado, o en funcion del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en los casos en que existan tributos destinados a financiar directamente las actividades de la entidad; Que, mediante Ordenanza Nº 208-CDLO, de fecha 30 de junio de 2005 se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, dispositivo publicado en el Diario Oficial El Peruano el 30 de octubre de 2005, ratificado conforme al Acuerdo de Concejo Nº 331 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de fecha 27 de octubre de 2005, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de Noviembre de 2005; Que, con Informe Nº 033-2009/MDLO/GR de la Gerencia de Rentas, el funcionario responsable de coordinar con las distintas areas de la Municipalidad el cumplimiento de las metas establecidas, relacionadas a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 002-2010-EF, hace llegar a la Gerencia Municipal el detalle de los requisitos y costos del procedimiento de Certificados de Parametros Urbanisticos y Edificatorios solicitando que los requisitos y costos se aprueben mediante Decreto de Alcaldia; Que, a merito de ello la Oficina de Asesoria Juridica con Informe Nº 487-2010-MDLO/OAJ senala que se aprecia que los proyectos alcanzados procura la modificacion del MORDAZA en el procedimiento especifico: "Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios" para lo cual se ha considerado las modificaciones en los procedimientos efectuados por la normativa emitida con posterioridad a dicho texto tales como la Ley Nº 29090 - Ley de regulacion de habilitaciones urbanas y de edificaciones, y sus reglamentos aprobados con Decretos Supremos Nº 024-2008-VIVIENDA, Nº 0252008-VIVIENDA y Nº 026-2008-VIVIENDA; Que, acorde a los fundamentos de hecho y derecho la Oficina de Asesoria Juridica opina que via Decreto de Alcaldia se proceda a aprobar las modificaciones al el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los Olivos; en consecuencia se necesario la modificacion; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20º, inciso 6), y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- MODIFIQUESE el TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA, especificamente en el procedimiento senalado en el presente de la SUB GERENCIA DE URBANISMO Y TRANSPORTE, conforme al Cuadro Anexo que forma parte del presente. Articulo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO de la GERENCIA MUNICIPAL y ENCARGAR a la SECRETARIA GENERAL la publicacion del presente en el Diario Oficial El Peruano y a la GERENCIA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION la publicacion en la pagina web de la entidad. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ANEXO
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - LOS MORDAZA DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO Y BASE LEGAL SUB GERENCIA DE URBANISMO Y TRANSPORTE 1) CERTIFICADO DE PARAMETROS a) Formulario Oficial debidamente URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS firmado por el propietario b) 01 Plano de Ubicacion (Esc. LEY Nº 29090 (25.09.07) Art. 14 y 1/500) y Localizacion (Esc. 31. 1/10,000), detallando linderos, REG. NAC. DE EDIFICACIONES nombres de las calles y avenidas ORDENANZA Nº 1015 MML principales c) En caso de Acumulacion de Lotes, indicarlo . 1.0% 36.00 5 SUBGERENCIA ADMINISTRACION DOCUMENTARIA Y ARCHIVO SUB GERENCIA DE URBANISMO Y TRANSPORTE RECONSIDERACION : Sub Gerencia de Urbanismo y Transporte APELACION : Alcaldia El termino para la interposicion de los recursos administrativos es de (15) dias perentorios y deberan resolverse en el plazo de (30) dias REQUISITOS DERECHO DE PAGO % UIT S/. AUTO - EVAL. PREVIA (dias DEPENDENCIA MATICO habiles) DONDE SE INICIA EL TRAMITE POSIT. NEGAT. AUTORIDAD QUE APRUEBA AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO ADMINISTRATIVO

506063-1

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