Norma Legal Oficial del día 09 de Marzo del año 2010 (09/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, martes 9 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

415269

Precisan solicitudes relativas al cambio de la Placa Unica Nacional de Rodaje que seran consideradas en el Registro de Propiedad Vehicular como solicitudes de inscripcion de acto MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 114-2010-MTC/02 MORDAZA, 5 de marzo de 2010 CONSIDERANDO: Que, el articulo 32 de la Ley No. 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, prescribe que todo vehiculo automotor que circule por las vias publicas esta obligado a exhibir la Placa Unica Nacional de Rodaje, cuya clasificacion, caracteristicas y procedimiento para su obtencion es establecida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiendo a esta misma entidad la manufactura y expedicion de la misma, de acuerdo a las normas pertinentes; Que, mediante Decreto Supremo No. 017-2008MTC, modificado por los Decretos Supremos Nos. 0152009-MTC, 043-2009-MTC y 006-2010-MTC, se aprobo el Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje, regulando la misma como elemento de identificacion vehicular durante la circulacion de los vehiculos por las vias publicas terrestres, estableciendo su clasificacion y caracteristicas tecnicas, asi como los procedimientos para su obtencion, manufactura y expedicion, con el objeto de alcanzar los estandares de seguridad internacional para evitar su falsificacion, adulteracion, destruccion o empleo indebido, conforme a los lineamientos establecidos en la Ley No. 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Que, de acuerdo con el articulo 17 del referido Reglamento, los usuarios deben tramitar el cambio de placa en el Registro de Propiedad Vehicular, entre otros, cuando: i) Se disponga un cambio de placas general o parcial; ii) Un vehiculo destinado al transporte particular o por cuenta propia es destinado al servicio policial o como vehiculo de emergencia o viceversa; iii) Un vehiculo destinado para el transporte de mercancias es modificado como vehiculo de emergencia, de acuerdo a la normativa vigente; iv) Un vehiculo ingresado al MORDAZA bajo al regimen de importacion temporal es nacionalizado de modo definitivo, con arreglo a la normatividad vigente; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo No. 0172008-MTC y modificatorias, establece que se realizara obligatoriamente el cambio de placas, involucrando tambien el cambio de matricula de la misma, cuando se tramite la inscripcion registral de los duplicados de la placa unica nacional de rodaje de los vehiculos inscritos MORDAZA del 01 de enero del 2010. Asimismo, la referida disposicion, establece que tambien se encuentra comprendido en dicho MORDAZA, como acto de inscripcion registral, el cambio de placas voluntario; Que, los procedimientos MORDAZA descritos, establecidos por el MORDAZA Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje no se encuentran, a la fecha, reglamentados por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), razon por la cual, las solicitudes presentadas por los usuarios relacionadas con los referidos actos registrales, no estan siendo atendidas; en tal sentido, a efectos de viabilizar las citadas solicitudes en el Registro de Propiedad Vehicular, resulta necesario precisar que las mismas MORDAZA consideradas como solicitudes de inscripcion de acto MORDAZA, puesto que dicho procedimiento se encuentra regulado por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP); Que, por otro lado, a fin de asignar correctamente la placa gubernamental a que se refiere el articulo 8 del Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo No. 017-2008-MTC y modificatorias, resulta necesario precisar a quienes se comprende como

entidades, organismos o dependencias del sector publico nacional; De conformidad con la Ley No. 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley No. 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; y el Decreto Supremo No. 017-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Placa Unica Nacional de Rodaje; SE RESUELVE: Articulo 1.- Solicitud para el cambio de la Placa Unica Nacional de Rodaje La solicitud contemplada en el articulo 56 del Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje, para el cambio de placa unica nacional de rodaje, como rogatoria de los supuestos a), e), f) y g) del numeral 17.3 del articulo 17 del citado Reglamento; para el duplicado de la placa unica nacional de rodaje de los vehiculos inscritos hasta el 31 de diciembre de 2009 y para el cambio de placa voluntario segun las disposiciones del MORDAZA General Extraordinario de Cambio de Placa, seran consideradas en el Registro de Propiedad Vehicular como solicitudes de inscripcion de acto MORDAZA, las cuales se presentaran mediante formato aprobado por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) con firma legalizada del propietario ante notario publico o autenticada por fedatario autorizado. Articulo 2.Asignacion de Placas Gubernamentales Para los efectos de la asignacion de la placa gubernamental a que se refiere el numeral 8.2.7 del articulo 8 del Reglamento de Placa Unica Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo No. 0172008-MTC, se considera como entidades, organismos o dependencias del sector publico nacional a todos aquellos pertenecientes a los tres (3) Poderes del Estado que cuentan con personeria juridica de Derecho Publico y que estan comprendidos en los niveles de gobierno nacional, regional y local, incluidos sus respectivos organismos publicos descentralizados, fondos publicos y empresas estatales, asi como tambien a las universidades publicas y a los organismos constitucionalmente autonomos. Los MORDAZA del fondo, asi como de las letras y numeros, de la placa gubernamental seran los mismos que correspondan a las placas ordinarias conforme al Anexo I del citado Reglamento, dependiendo de la clasificacion del vehiculo al que se le asigna. El procedimiento de asignacion tambien sera el que corresponda a las placas ordinarias. Articulo 3.- Vigencia La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 465423-1

Otorgan autorizaciones a personas juridica y naturales para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en los departamentos de MORDAZA, La MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 137-2010-MTC/03 MORDAZA, 18 de febrero de 2010 VISTO, el Expediente Nº 2006-007508 presentado por la empresa RADIO LIDER S.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el

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