Norma Legal Oficial del día 12 de Marzo del año 2010 (12/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2010

establecido en el numeral 1.3.1 de las referidas Bases, se encontraba facultado para realizar todas las acciones necesarias para llevar a cabo el MORDAZA de Subasta hasta la Adjudicacion de la Buena Pro; Que, conforme al calendario del MORDAZA de Subasta, en fecha 12 de febrero del presente se llevo a cabo el Acto publico de Apertura de Sobres de Oferta y Adjudicacion de la Buena Pro, con lo que se dieron por concluidas las facultades otorgadas al referido Comite; asi mismo, en dicho acto no se cubrio el cien por ciento (100%) de la Energia Requerida en la Subasta por lo que esta fue declarada parcialmente desierta; Que, el Articulo 18º del Reglamento establece que en caso la Subasta sea declarada parcialmente desierta, se debera efectuar, cuando menos, una convocatoria dentro de un plazo no mayor de treinta (30) dias posteriores a dicha declaracion, con el objeto de completar la Energia Requerida no cubierta; Que, en consecuencia, al haberse producido la circunstancia referida en el considerando anterior, conforme a la normativa que regula los procesos de subasta de Suministro de Electricidad con Recursos Energeticos Renovables y las respectivas Bases, corresponde a OSINERGMIN conformar un MORDAZA Comite para la Conduccion del MORDAZA de Subasta en su MORDAZA Convocatoria; Que, en este contexto, el Ministerio de Energia y Minas mediante Oficio Nº 114-2010/MEM-VME de fecha 8 de marzo del presente, ha comunicado la designacion de los Abogados MORDAZA MORDAZA La MORDAZA Peramas y Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembros titular y suplente del Comite para la Conduccion del MORDAZA de Subasta, respectivamente; De conformidad con los dispositivos legales que anteceden y el Articulo 52º, inciso n), del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como integrantes del Comite para la Conduccion del MORDAZA de Subasta de Suministro de Electricidad con Recursos Energeticos Renovables en su MORDAZA Convocatoria, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion, a los siguientes funcionarios: Titulares: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gacon Riquel Ernes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA La MORDAZA Peramas Suplentes: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ernan MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 467258-1

ENTIDAD PRESTADORA : Terminales Portuarios EUROANDINOS PAITA S.A. MATERIA : Aprobacion de la difusion del Proyecto de Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora

VISTOS: La Carta Nº 014-10-TPE-PAITA recibida el 06 de febrero de 2010, mediante la cual Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A. remite en virtud al articulo 46º del Reglamento MORDAZA de Acceso de OSITRAN ­ REMA, su proyecto de Reglamento de Acceso; La Carta s/n recibida el 02 de marzo de 2010, mediante la cual Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A. remite su proyecto de Reglamento de Acceso que incorpora los requerimientos a las observaciones realizadas mediante Memorando Nº 091-10-GS-OSITRAN y Memorando Nº 01210-GAL-OSITRAN; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 0142003-CD/OSITRAN se aprobo el Reglamento MORDAZA de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Publico (REMA), habiendo sido modificado mediante Resoluciones de Consejo Directivo Nº 054-2005-CD-OSITRAN y Nº 0062009-CD-OSITRAN; Que, el REMA establece las reglas y procedimientos referidos al acceso a la infraestructura de transporte de uso publico, y precisa los criterios tecnicos, economicos y legales a los cuales deberan sujetarse los Reglamentos de Acceso de las Entidades Prestadoras; los contratos de acceso a la infraestructura de transporte de uso publico, incluida su forma y mecanismo de celebracion; y los pronunciamientos sobre el acceso a la infraestructura de transporte de uso publico que emite el OSITRAN, incluyendo los mandatos de acceso; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 12º del REMA, el acceso a la infraestructura de transporte de uso publico calificada como Facilidad Esencial, por parte de los usuarios intermedios, se regula por las reglas establecidas en: a) La Ley y demas dispositivos legales y reglamentarias pertinentes; b) Los Contratos de Concesion; c) El REMA; d) El Reglamento de Acceso de cada Entidad Prestadora aprobado por OSITRAN; e) Los Contratos de acceso; f) Los Mandatos de acceso; g) Las demas disposiciones que dicte OSITRAN sobre el particular. Que, el Articulo 13º del REMA dispone que cada Entidad Prestadora debera contar con un Reglamento de Acceso aprobado por OSITRAN, con el fin de entregar a los potenciales usuarios intermedios toda la informacion relevante necesaria para solicitar el Acceso; Que, asimismo, el articulo 14º del REMA establece el contenido minimo del Reglamento de la Entidad Prestadora; Que, mediante Carta Nº 014-10-TPE-PAITA de Vistos, la Entidad Prestadora Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A. remite en virtud al articulo 46º del REMA, su proyecto de Reglamento de Acceso; Que, luego de efectuar la evaluacion correspondiente en funcion a las disposiciones contenidas en el REMA, la Gerencia de Supervision y la Gerencia de Asesoria Legal de OSITRAN requirieron a la Entidad Prestadora precisar y corregir algunos aspectos contenidos en su proyecto presentado, lo cual ha sido atendido mediante la MORDAZA de la Carta s/n recibida el 02 de marzo de 2010; Que, el Articulo 47º del REMA establece lo siguiente: "Articulo 47º.- Difusion del Proyecto de Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora. La Resolucion que apruebe la difusion del Proyecto de Reglamento de Acceso o su propuesta de modificacion seran publicados en el Diario Oficial El Peruano por cuenta

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Aprueban difusion del Proyecto de Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora Terminales Portuarios Euroandinos Paita S.A.
RESOLUCION DE GERENCIA DE SUPERVISION Nº 007-2010-GS/OSITRAN MORDAZA, 9 de marzo de 2010

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