Norma Legal Oficial del día 17 de Marzo del año 2010 (17/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, miercoles 17 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

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colgado en Internet con acceso solo a la Judicatura Nacional, a primera hora del dia. (5) La incorporacion del articulo 18 de la Ley General de Residuos Solidos en los contratos de adquisiciones de bienes y servicios celebrados por la organizacion. (6) El fomento de una nueva cultura ambiental dentro de la institucion. Que, las alternativas propuestas por la magistrada en su ensayo, constituye una ventana de oportunidades para responder a los retos del siglo XXI como institucion frente a la conservacion del medio ambiente, promoviendo un desarrollo sostenible en coherencia con los documentos internacionales en dicha materia; es por ello, que el mismo debe ser elevado a la Presidencia del Poder Judicial y a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para el analisis del caso y su posible aplicacion, la cual consideramos de suma importancia, no sin MORDAZA agradecerle a la magistrada MORDAZA MORDAZA por la iniciativa de presentar su ensayo ante este despacho. Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el articulo 90, inciso 3), 4) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; la Presidencia, RESUELVE: Primero.- AGRADECER a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Superior Titular de la Primera Sala Penal Reos Libres, por la elaboracion del ensayo titulado "La gestion de los Residuos Solidos y el Desarrollo Sostenible en el Poder Judicial" que contribuye a la labor jurisdiccional y al uso sostenible de nuestros recursos. Segundo.- DISPONER que el ejemplar del ensayo presentado por la magistrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sea elevado a la Presidencia del Poder Judicial y a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su respectivo analisis y toma de decision respecto a su aplicacion en este Poder del Estado. Tercero.- COMISIONAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Superior Titular de la Primera Sala Penal Reos Libres, para que represente a la Corte de MORDAZA Norte en toda actividad ligada a la conservacion del medio ambiente. Cuarto.- Pongase la presente resolucion a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia de Personal y Escalafon, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Administracion Distrital. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PUERTAS Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte 469004-1

VISTOS: El Oficio Multiple Nº 1039-2009-CONAFU-P de fecha 29 de MORDAZA de 2009, el Oficio Nº 209-2009/UCTP recibido con fecha 02 de setiembre de 2009, el Oficio Nº 1779-2009-CONAFU-P de fecha 16 de octubre de 2009, el Oficio Nº 305-2009/UCT-P recibido con fecha 12 de noviembre de 2009, el Oficio Nº 0047-2009-CONAFUCDAA recibido con fecha 22 de febrero de 2010 y el Acuerdo Nº 068-2010-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU de fecha 22 de febrero de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, y emitir resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el articulo 3º inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el articulo 10º del referido Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 8º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, se establece que: "Del Referente Institucional. Las Universidades y Escuelas de Posgrado bajo competencia del CONAFU, poseen un Proyecto de Desarrollo Institucional Aprobado; en este documento se programan los estandares institucionales y de las carreras profesionales que seran objeto de la evaluacion y certificacion por el CONAFU"; Que, en el articulo 23º del Reglamento, se establece que: "Responsables de MORDAZA Profesional y Coordinadores de Facultad. Para el inicio de las actividades academicas el CONAFU emitira opinion favorable para la designacion por la Comision Organizadora de los Responsables de las Carreras Profesionales. Para el inicio del tercer ano de funcionamiento, la Comision Organizadora en funcion del grado de desarrollo e implementacion alcanzado del Proyecto de Desarrollo Institucional, solicitara al CONAFU la adecuacion de las carreras profesionales al regimen facultativo de la Ley Universitaria, con cuya aprobacion se designara a los Coordinadores de Facultad. A partir del tercer ano de funcionamiento, las funciones de la Comision Organizadora seran ejercidas por la Comision de Gobierno y en el MORDAZA ano de funcionamiento correspondera ejercerla al Consejo Universitario"; Que, en el articulo 24º del Reglamento, se establece que: "El Responsable de MORDAZA Profesional o Coordinador de Facultad debera acreditar los requisitos establecidos en el articulo 37º de la Ley Universitaria Ley Nº 23733, y tener la especialidad relacionada con la MORDAZA profesional o facultad que le corresponde organizar y dirigir. Su dedicacion es a tiempo completo"; Que, "Cada Universidad organiza y establece su regimen academico por Facultades de acuerdo a sus caracteristicas y necesidades; y asimismo, las Facultades son las Unidades fundamentales de Organizacion y formacion academica y profesional, y en ellas se estudia una o mas disciplinas o Carreras, segun la afinidad de sus contenidos y objetivos", de conformidad con los articulos 9º y 10º de la Ley Universitaria: Ley 27333; Que, por Oficio Multiple Nº 1039-2009-CONAFUP de fecha 29 de MORDAZA de 2009 el Presidente del CONAFU, solicita a la Universidad Catolica de MORDAZA el cumplimientos de los articulos Nº 23º al 26º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion de Institucional de Universidades bajo la Competencia del CONAFU aprobada por Resolucion Nº 100-2005CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005;

ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Aprueban adecuacion de Carreras Profesionales al Regimen de Facultades de la Universidad Catolica de MORDAZA
RESOLUCION Nº 082-2010-CONAFU "Universidad Catolica de Trujillo" MORDAZA, 26 de febrero de 2010

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