Norma Legal Oficial del día 26 de Marzo del año 2010 (26/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 26 de marzo de 2010

Articulo Tercero.- La Escuela autorizada debera colocar en un lugar visible dentro de su local una MORDAZA de la presente Resolucion Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) dias calendario, computados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- La Escuela autorizada debera presentar: a) En plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, presentara el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme a lo senalado en el numeral 43.6 del articulo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. c) En un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario de publicada la Resolucion Directoral que establece las caracteristicas especiales del circuito donde se realizaran las practicas de manejo, presentara MORDAZA de la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo senala el literal e) numeral 43.4 del articulo 43º del Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Sexto.- Remitir a la Direccion de Supervision, Fiscalizacion y Sanciones, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Setimo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 470871-1

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 147902007-MTC/15 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 01 de Diciembre del 2007 se autorizo a la empresa CEDIVE S.A.C., como Entidad Certificadora de Operatividad para operar un Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular ­ CITV en el local ubicado en MORDAZA "B" - Los Metales Nº 120, Urb. Industrial MORDAZA, Callao, al MORDAZA de la Directiva Nº 001-2007-MTC aprobada por R.D. Nº 4000-2007-MTC/15 y sus modificatorias; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, establece que "Las autorizaciones otorgadas a las Entidades Certificadoras de Operatividad autorizadas al MORDAZA de lo dispuesto por la Directiva Nº 001-2007-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 4000-2007-MTC/15 mantendran su vigencia original. Sin embargo, a partir de la entrada en vigencia del referido Reglamento, las mismas se denominaran Centros de Inspeccion Tecnico Vehicular-CITV (...)"; Que, el numeral 35.2 del articulo 35º del citado Reglamento establece que "un Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular ­ CITV podra realizar inspecciones tecnicas vehiculares a vehiculos livianos y pesados en una misma linea de inspeccion tecnica vehicular, unicamente si esta es del MORDAZA mixta y el equipamiento acreditado cumple con las exigencias establecidas para tal efecto por la normativa vigente en la materia"; Que, de acuerdo al Informe Nº 238-2010-MTC/15.03 de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada mediante los documentos indicados en Vistos, cumplen con lo establecido en el referido Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares y el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 0252008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la autorizacion otorgada a la empresa CEDIVE S.A.C. mediante Resolucion Directoral Nº 14790-2007-MTC/15, para realizar inspecciones tecnicas vehiculares a vehiculos pesados y livianos, empleando para ello dos (02) lineas de inspeccion tecnica MORDAZA mixta, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC. Articulo 2º.- Dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucon Directoral, la empresa CEDIVE S.A.C. debera presentar el Certificado de Homologacion de Equipos y la MORDAZA de Calibracion de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA. Articulo 3º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 471841-1

Amplian autorizacion otorgada a CEDIVE S.A.C. mediante R.D. N° 14790-2007-MTC/15 para realizar inspecciones tecnicas vehiculares a vehiculos pesados y livianos
RESOLUCION DIRECTORAL N° 554-2010-MTC/15 MORDAZA, 25 de febrero de 2010 VISTOS: Con parte diario Nº 018274 y 024681, la empresa CEDIVE S.A.C., solicita modificar su autorizacion como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular, cambiando de dos (02) lineas de inspeccion MORDAZA pesado a dos (02) lineas de inspeccion MORDAZA mixta, en el local ubicado en MORDAZA "B" - Los Metales Nº 120, Urb. Industrial MORDAZA, Callao y poder verificar las condiciones, requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos livianos y pesados de acuerdo a la normatividad vigente;

Modifican la Resolucion de Acuerdo de Directorio Nº 005-2006-APN-DIR y aprueban silabos correspondientes a los cursos basico y de gestion de seguridad portuaria
RESOLUCION DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 007-2010-APN/DIR Callao, 16 de marzo de 2010

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