Norma Legal Oficial del día 28 de Marzo del año 2010 (28/03/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de marzo de 2010

NORMAS LEGALES

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de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado el extremo 2.3.1 del recurso de reconsideracion interpuesto por Empresa de Distribucion Electrica de Luz del Sur S.A.A., contra la Resolucion OSINERGMIN Nº 012-2010-OS/CD, por las razones expuestas en el numeral 2.3.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarar fundado en parte el extremo 2.5.1 del recurso de reconsideracion interpuesto por Empresa de Distribucion Electrica de Luz del Sur S.A.A., contra la Resolucion OSINERGMIN Nº 012-2010-OS/CD, por las razones expuestas en el numeral 2.5.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Declarar infundado todos los demas extremos del recurso de reconsideracion interpuesto por la Empresa de Distribucion Electrica de Luz del Sur S.A.A. contra la Resolucion OSINERGMIN Nº 012-2010-OS/CD, por las razones expuestas en los numerales 2.1.2, 2.2.2, 2.4.2, 2.6.2, 2.7.2, 2.8.2, 2.9.2, 2.10.2, 2.11.2, 2.12.2, 2.13.2, 2.14.2, 2.15.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 4º.- Las modificaciones que motive la presente Resolucion en la Actualizacion de la Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision con Costos 2009, deberan consignarse en resolucion complementaria. Articulo 5º.- Incorporese los Informes Nº 0121-2010GART ­ Anexo 1 y Nº 113-2010-GART ­ Anexo 2, como parte integrante de la presente resolucion. Articulo 6º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Igualmente debera ser consignada, junto con su Anexo en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 473684-2 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 073-2010-OS/CD MORDAZA, 25 de marzo de 2010 Que, con fecha 28 de enero de 2010, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (en adelante "OSINERGMIN"), publico la Resolucion de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 012-2010-OS/CD (en adelante "RESOLUCION"), mediante la cual se Aprobo la "Actualizacion de la Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision con Costos 2009", contra la cual el 19 de febrero de 2010, la Empresa Electrocentro S.A. (en adelante ELECTROCENTRO), dentro del termino de ley, presento recurso de reconsideracion, siendo materia del presente acto administrativo el analisis y decision de dicho recurso impugnativo. 1. ANTECEDENTES: Que, el Articulo 139º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, senala que OSINERGMIN debe establecer y mantener actualizada y disponible, para todos los interesados, la Base de Datos que corresponda para su aplicacion en la determinacion de las tarifas y compensaciones por el uso de los sistemas de transmision electrica; Que, al respecto, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 343-2008-OS/CD (en adelante "Resolucion 343") se aprobo la "Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision" (en adelante

"Base de Datos"), la cual se modifico en merito a lo resuelto con las Resoluciones OSINERGMIN Nº 464-2008-OS/CD y Nº 465-2008-OS/CD; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 051-2009OS/CD se aprobo la "Modificacion de la Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision y su Actualizacion con Costos 2008" (MOD INV V2). Esta Base de Datos fue posteriormente modificada en merito a lo resuelto en las Resoluciones OSINERGMIN Nº 089-2009-OS/CD y Nº 183-2009-OS/ CD, y renombrada como MOD INV V3; Que, asimismo, con fecha 09 de diciembre de 2009, mediante Oficio Multiple Nº 1228-2009-GART, se requirio informacion de costos de suministros a todas las empresas titulares de instalaciones de transmision, la misma que se ha tomado en cuenta para la actualizacion la de Base de Datos; Que, en cumplimiento del Articulo 3º de la Resolucion 343, mediante la RESOLUCION se aprobo la "Actualizacion de la Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision con Costos 2009" (MOD INV_2010); Que, con fecha 19 de febrero de 2010, ELECTROCENTRO, dentro del termino de ley, interpuso recurso de reconsideracion, contra la RESOLUCION. 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACION Que, ELECTROCENTRO solicita a OSINERGMIN reconsidere lo establecido en la RESOLUCION, de manera que modifique la "Actualizacion de la Base de Datos de los Modulos Estandares de Inversion para Sistemas de Transmision con Costos 2009", considerando dentro de sus analisis los costos de suministro, montaje, transporte y otros, presentado mediante Carta GR-1041-2009, y los sustentos complementarios que acompanan el recurso; en ese sentido, solicita: 1. Que se considere dentro del analisis los costos unitarios base, de las Obras que estan ejecutadas y/o en MORDAZA de ejecucion, en el periodo 2008-2009, que forman parte del Plan de Inversiones aprobado; 2. Que se considere los costos unitarios de suministro y especialmente los costos unitarios de montaje electromecanico que reflejan el costo equilibrado, del trabajo en la MORDAZA MORDAZA y MORDAZA presentados por ELECTROCENTRO, que comprende una altitud de entre 0 a 4000 msnm, con eficiencias, metrados y costos que aseguran un trabajo optimo; 3. Que se considere el porcentaje de flete correspondiente a cada region ya sea esta MORDAZA o sierra. Que, como prueba instrumental de su recurso de reconsideracion, ELECTROCENTRO adjunta como anexos 01 y 02, la Relacion de Costos Base por Unidad de las obras licitadas ejecutadas y en MORDAZA de ejecucion, y un Cuadro comparativo de los costos aprobados segun modulo y los costos base unitarios reales de las obras, respectivamente; 2.1 COSTOS BASE UNITARIOS DE LAS OBRAS LICITADAS 2.1.1 SUSTENTO DEL PETITORIO Que, ELECTROCENTRO solicita que OSINERGMIN considere dentro de su analisis los costos unitarios base, de las Obras que estan ejecutadas y/o en MORDAZA de ejecucion, en el periodo 2008-2009, que forman parte del Plan de Inversiones aprobado. Todo ello con la finalidad de poder obtener costos mas equilibrados, que garanticen la remuneracion de la inversion que esta realizando; Que, tal como lo senala la recurrente, conforme a lo establecido en los Articulos Nº 15 y 16º de la "Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento" aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017; esta obligada a realizar concursos publicos, a fin de contratar el suministro de materiales y la ejecucion de Obras. En ese sentido ELECTROCENTRO realiza las contrataciones mediante "Concurso Publico", para lo cual senala que los contratistas presentan sus propuestas de costos bases en por unidad

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